Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Número-1709

  • La Ley consta de 168 artículos, divididos en once títulos y ocho artículos que conforman su régimen transitorio, es de orden público, de observancia general en toda la República, expone la senadora Cristina Díaz.
  • Es reglamentaria del artículo 6° y 16, segundo párrafo de la Constitución en materia de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados.

 

El Senado de la República aprobó con 100 votos a favor y  tres en contra la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, reglamentaria de los artículos constitucionales 6° y 16, segundo párrafo de la Constitución en materia de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados.

 

Cabe destacar que las comisiones dictaminadoras propusieron modificaciones a los artículos 55 y 149, que en votación económica fueron aprobadas por el Pleno del Senado de la República.

 

Al presentar el dictamen, la senadora Cristina Díaz Salazar, presidenta de la Comisión de Gobernación, explicó que la Ley consta de 168 artículos, divididos en once títulos y ocho artículos que conforman su régimen transitorio; es de orden público, de observancia general en toda la República, reglamentaria del artículo 6° y 16, segundo párrafo de la Constitución en materia de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados.

 

Destacó que tiene por objeto establecer las bases, principios y procedimientos para garantizar el derecho que tiene toda persona a la protección de sus datos personales en posesión de los sujetos obligados y, abundó, también son objetivos de la ley distribuir competencias entre los organismos garantes de la Federación y las entidades federativas en materia de protección de datos personales.

 

Añadió que la Ley establece las bases mínimas y condiciones homogéneas que regirán el tratamiento de los datos personales y el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición mediante procedimientos sencillos y expeditos.

 

Indicó que en la Ley se regula la organización y operación del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, en lo relativo a sus funciones para la protección de datos personales en posesión de los sujetos obligados.

 

De igual forma, dijo, garantiza la observancia de los principios de protección de los datos; proteger los datos personales en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismos, de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial; órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos de la Federación, las entidades federativas y los municipios, con la finalidad de regular su debido tratamiento.

 

Además, busca garantizar que toda persona puede ejercer el derecho a la protección de los datos personales, así como promover, fomentar y difundir una cultura de protección de datos personales; establecer los mecanismos para garantizar el cumplimiento y la efectiva aplicación de las medidas de apremio que correspondan para aquellas conductas que contravengan las disposiciones previstas en la ley.

 

Otro de sus propósitos es regular los medios de impugnación y procedimientos para la interposición de acciones de inconstitucionalidad y controversias constitucionales, por parte de los organismos garantes locales y la Federación.

 

Subrayó que la presente Ley será aplicable a cualquier tratamiento de datos personales que obren en soportes físicos o electrónicos, con independencia de la forma o modalidad de su creación, tipo de soporte, procesamiento, almacenamiento y organización.

 

Hizo énfasis en que el Estado garantizará la privacidad de los individuos y deberá velar por que terceras personas no incurran en conductas que puedan afectarla arbitrariamente.

 

Al fijar la posición de su Grupo Parlamentario, el senador del PT, Manuel Bartlett Díaz, aseguró que ley propuesta es antifederalista, toda vez no protege con seriedad los datos personales de los ciudadanos, ya que las autoridades pueden contratar y subcontratar con particulares la administración de estos.

 

Sostuvo que la contratación y subcontratación es un esquema neoliberal, contrario a un derecho público, con el que la protección de datos personales se convierte en un negocio privado, donde se puede vender la información, además de que merma competencias de los órganos garantes de los estados. El dictamen, dijo, consiste en realidad en una autorización al Estado para que se haga lo que quiera con los datos personales.

 

El senador Zoé Robledo Aburto, al exponer el posicionamiento del Grupo Parlamentario del PRD, a favor, destacó que se tiene una buena ley que permite crecer a la democracia mexicana en la tarea de los datos personales. Se avanzó en temas como seguridad pública; ejercicio de los derechos ARCO sobre datos de personas fallecidas; transferencias y remisiones; principios de lealtad y de información; evaluación de impacto, medidas precautorias de verificación y compensatorias y en la designación de un oficial de protección de datos personales especializado en la materia.

 

No obstante, destacó que internet plantea un reto a la democracia, “el reto de nuestra democracia en el Siglo XXI será impedir que la religión se convierta en fanatismo, que nuestras leyes se conviertan en letra muerta, que la democracia se convierta en un juego para los cínicos y los corruptos y que el internet se convierta en una red de vigilancia y de control que transgreda la esfera privada de los ciudadanos”.

 

Por el Grupo Parlamentario del PAN, el senador Héctor Larios Córdova aseguró que la protección de datos personales son derechos humanos de reconocimiento reciente. En 2002, argumentó, se contó con la primera iniciativa de transparencia en el país, pero, no tenía límites.

 

En este sentido, subrayó que el límite de la transparencia es el respeto de los datos personales. Esta ley establece las medidas preventivas para proteger los datos personales, partiendo del principio de finalidad, es decir, que sólo pueden utilizarse para el propósito que se pidieron. 

 

Miguel Ángel Chico Herrera, del Grupo Parlamentario del PRI, dijo que la ley permite establecer las bases y procedimientos para garantizar el derecho que tiene toda persona a la protección de sus datos personales, en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes de la Nación, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos en el ámbito federal, municipal o de las entidades federativas.

 

Asimismo, sus planteamientos abonan a la dinámica de transparencia que demanda la sociedad mexicana, que requiere mecanismos de protección de la información personal, eficaces y que proporcionen seguridad a sus titulares.

 

Al iniciar la discusión en lo general, el senador Alejandro Encinas Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PRD, dijo que la ley general busca establecer las normas y bases mínimas a las que debe sujetarse la legislación local, la cual podrá plantear las disposiciones que considere convenientes.

 

El dictamen, señaló, determina que los datos personales sólo podrán ser utilizados con los fines que autorice el titular, y se conservarán durante el tiempo necesario para llevar a cabo la finalidad por la que se obtuvieron; además, sólo se podrán compartir con terceros si el titular lo autoriza; y se le debe informar si existiera una vulneración a la seguridad de las bases de datos.

 

Para referirse a favor, la senadora del PRD, Dolores Padierna Luna, dijo que se establecen los principios, las bases generales y los procedimientos que garanticen el derecho a la protección de datos personales en posesión de sujetos obligados; armoniza el apartado A del artículo 6° y el segundo párrafo del artículo 16 de la Constitución.

 

La senadora del Grupo Parlamentario del PRI, Lisbeth Hernández Lecona, señaló que la ley establece la distribución de las competencias entre la Federación, estados, Ciudad de México y municipios, así como regular la organización y operación del Sistema Nacional de Transparencia Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, en lo relativo a sus funciones para la protección de los mismos.

 

La senadora Luz María Beristain Navarrete, del Grupo Parlamentario del PRD, enfatizó que con el nuevo ordenamiento se reconoce la importancia del derecho a la intimidad y se advierte que es indispensable eliminar cualquier limitación a una vida plena sin más intromisiones que las estrictamente necesarias por parte del Estado. 

 

La senadora del PRD, Dolores Padierna Luna, presentó reservas a los artículos 3, 16, 23, 40, 49 y 59 y propuso adiciones a los artículos 58, 59, 60 y 169; en tanto que el senador Alejandro Encinas, también del PRD, propuso suprimir el artículo 55, los cuales no fueron admitidos a discusión por el Pleno, y en consecuencia fueron aprobados en los términos del dictamen.

 

El dictamen aprobado fue remitido a la Cámara de Diputados para efectos del artículo 72 Constitucional.

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