Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

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El Senado armonizó las normas jurídicas que rigen al Ejército y Fuerza Aérea con las disposiciones de la Armada de México, con el fin de que la licencia por edad límite se conceda por una sola ocasión y con goce de las percepciones que recibe el personal que solicite la licencia.

La reforma precisa tres meses como mínimo al personal que cuente cuando menos con 20 años de servicio.

Dicho beneficio se otorgará desde los 20 años para el personal de tropa en el caso de los militares y clases y marinería para el de la Armada de México, y de 25 años para generales, jefes y oficiales, y almirantes, capitanes y oficiales.

Ello para que se le permita al militar conservar intactos sus derechos y sus haberes hasta que se adapte a su nueva situación laboral de retiro.

En el dictamen los senadores expresaron que por las características de sus actividades, al personal militar, le corresponde una licencia por edad límite para que cuando estén próximos al retiro forzoso, gocen de un período determinado para preparar su situación jurídica de retirado.

Con ello, se propicia el acercamiento a su núcleo familiar o a las personas afectivamente allegadas, dado que uno de los mayores temores es la adaptación al ámbito familiar, pues la naturaleza de las actividades del personal de las fuerzas armadas le impide tener contacto frecuente con su familia.

La licencia previa al retiro del servicio activo del militar, tiene un efecto directo sobre su estado de salud mediante la interacción con su familia y sus amigos, proporcionando un sentido de identidad social, de pertenencia y participación, agrega el texto.

El dictamen se remitió a la Cámara de Diputados.

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