{audio}2011/boletines/dic/2011-12-14/488.mp3{/audio}
Con 78 votos a favor, el Senado aprobó un dictamen para que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes garantice la competencia, oferta y desarrollo de los prestadores de servicios aeroportuarios en igualdad de condiciones.
En materia de concesiones, la reforma a la Ley de Aeropuertos dispone que la SCT dentro de los 15 días hábiles posteriores a la fecha límite para la recepción de proposiciones, podrá solicitar a la Cofeco que emita la opinión a la que se refiere el artículo 33 bis 1 de la Ley Federal de Competencia Económica”.
Plantea la dependencia tenga entre sus atribuciones, planear y formular las políticas y programas para el sector aeroportuario, “procurando la competencia y el desarrollo de prestadores de servicios de acuerdo a las necesidades del país”.
Además, establecer las reglas de tránsito aéreo, las bases generales para la fijación de horarios de aterrizaje y despegue, así como las prioridades de turno de las aeronaves, que garanticen equidad, competencia y oportunidad en la asignación de horarios entre los participantes del transporte aéreo.
Con los cambios serán causas de revocación de concesiones y permisos “limitar el número de prestadores de servicios complementarios o negar su operación mediante actos de simulación”.
Asimismo, los concesionarios deberán prestar los servicios aeroportuarios y complementarios, de conformidad con las leyes de Aeropuertos y de Aviación Civil, así como en lo dispuesto en tratados internacionales en la materia suscritos por México.
Los senadores manifestaron que con la reforma se pretende “superar el severo rezago que existe en la oferta de infraestructura aeroportuaria”, ya que México tiene 1.2 aeropuertos por cada 10 mil kilómetros cuadrados, 80 por ciento menos que los 10 países con más instalaciones aéreas.
En dictamen se resalta la desaparición de Líneas Aéreas Azteca, Aerocalifornia, Aviasa, Alma, Nova Air y Aladia en los últimos cuatro años, así como la crisis en la aviación comercial en 2010 generada por la suspensión de los servicios que prestaba Mexicana de Aviación.
Aunado a ello, se expone, en julio de 2009, la Administración Federal de Aviación de Estados Unidos, degradó a una segunda división a México por falta de supervisión de los aviones y de seguridad en las operaciones, por lo que se impedía que las líneas aéreas mexicanas ofrecieran nuevos servicios en los Estados Unidos de Norte América.
Por otro lado, la Comisión Federal de Competencia “no ha tomado acciones para evitar las prácticas monopólicas en el sector”, se agrega.
La reforma se turnó a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.Reforma Senado Ley de Expropiación
La Cámara de Senadores modificó con 71 votos a favor la Ley de Expropiación para establecer que de cuestionarse la titularidad de un bien o derecho expropiado, la indemnización correspondiente será depositada y puesta a disposición de la autoridad que conozca del procedimiento respectivo.
Ello, para que la asigne a quienes resulten titulares legítimos del bien o derecho, en los montos que corresponda.Con la reforma las declaratorias de expropiación emitidas por autoridades del Distrito Federal se publicarán en la Gaceta Oficial de dicha entidad y serán notificadas personalmente a los interesados.
Además, los avisos se realizarán dentro de los 15 días hábiles posteriores a la fecha de publicación del decreto y en caso de que no pudiere notificarse personalmente, por ignorarse quiénes son las personas o su domicilio o localización, surtirá los mismos efectos en una segunda publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
La propiedad privada, consideraron los legisladores, es un derecho que tienen los particulares para usar, gozar y disponer de un bien, con las limitaciones establecidas en la ley y de acuerdo con las modalidades que dicte el interés público.
Por ello, se enfatiza en el dictamen que se envió al Ejecutivo Federal, es necesario que los interesados se encuentren informados plenamente del procedimiento expropiatorio, mediante la debida publicación del acto por medios alcanzables a toda la población.
--oo0oo--