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Con 77 votos a favor, el Senado avaló reformas a la Ley General de Salud, a fin de que la atención materno-infantil comprenda el diagnóstico y, en su caso, la atención oportuna a las mujeres embarazadas con VIH-Sida para evitar la transmisión perinatal del virus.
El senador panista Guillermo Tamborrel Suárez resaltó la necesidad de combatir el virus desde todos los frentes y con ello impedir que más personas, incluidos los recién nacidos, sean infectados.
En este sentido, dijo, “la ciencia ha avanzado de tal manera que permite que las mamás que tienen VIH-Sida tengan hijos sin transmitirles la infección”.
Resaltó que en México “todavía existen personas que desconocen cómo se transmite, previene y en qué consiste el VIH e, incluso, aquellos que son portadores o están infectados con el virus padecen un estigma y discriminación por parte de la sociedad”.
Por el PRD, el senador Antonio Mejía Haro dijo que “desde hace tiempo nuestro país debió haberse declarado libre de la transmisión perinatal del virus”, en virtud de que cuenta con tratamientos antiretrovirales gratuitos, pero se siguen presentando casos.
Destacó la importancia de implementar acciones de detección temprana del VIH de manera sistemática y no ofrecer sólo pruebas rápidas para prevenir el contagio.
Señaló que la perinatal es una de las formas de transmisión del Sida, pues una mujer con el virus puede infectar a su bebé en cualquier momento del embrazo, parto o a través de la leche materna.
En el dictamen se destaca que la epidemia “sigue siendo un problema público apremiante, que produce graves daños tanto en la salud de la población como a la economía de todo el mundo”.
Más de 30 millones de personas en el mundo, se agrega, han muerto por esta letal epidemia y cada día se producen más de 7 mil infecciones, sobre todo en los países de ingresos bajos.
Por eso, la reforma precisa que la atención de la mujer durante el embarazo, el parto y el puerperio debe comprender la detección temprana y en su caso tratamiento del VIH/SIDA y otras infecciones sexuales en mujeres embarazadas.
El dictamen se turnó a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.Aprueba Senado portabilidad de expedientes clínicos electrónicos
La Cámara de Senadores adicionó --con 75 votos a favor-- un artículo 109 Bis de la misma Ley para establecer que corresponde a la Secretaría de Salud emitir la normatividad a que deberán sujetarse los sistemas de información de registro electrónico que utilicen las instituciones del Sistema Nacional de Salud.
Lo anterior, para garantizar la interoperabilidad, procesamiento, interpretación y seguridad de la información contenida en los expedientes clínicos electrónicos.
Sobre el tema, el senador Ernesto Saro Boardman explicó que con esta medida se pretende que los expedientes clínicos electrónicos “tengan portabilidad” para que puedan ser transferidos de un sistema a otro, incluso a los privados.
El expediente clínico electrónico, se precisa en el dictamen, “es el medio en el cual el personal de salud, deberá registrar, anotar y certificar su intervención, relacionada con el paciente con arreglo a las disposiciones sanitarias”.Éste, se agrega, “permite la gestión de un único registro de salud longitudinal de cada paciente en un formato digital”.
La propuesta se envió al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales.
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