Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Número-1495

  • El trabajo doméstico está catalogado como informal y normalmente no cuenta con seguro médico ni prestaciones de ley.
  •  Asimismo, se enfrenta a situaciones de discriminación, falta de seguridad social y un salario insuficiente.

 

Uno de los sectores más vulnerables en el país son las personas que laboran como empleados domésticos, ya que se trata de un sector integrado mayoritariamente por mujeres, las cuales de manera cotidiana se enfrenta a situaciones de discriminación, falta de seguridad social y un salario insuficiente, aseguró la senadora del Grupo Parlamentario del PRD, Verónica González Rodríguez.

 

La legisladora indicó que en México las personas que trabajan en las labores del hogar suman un millón 966 mil 196, de las cuales 91 por ciento son mujeres. Ese sector genera 3 mil 61 millones de pesos, sin embargo, está catalogado como informal y normalmente no cuenta con seguro médico ni prestaciones de ley.

 

Señaló que actividades como la limpieza de la casa y labores como cocinar, planchar o cuidar enfermos o niños, constituyen parte de la economía de los hogares, difícilmente esas tareas tienen un salario digno, pues la mayoría de los pagos para las trabajadoras del hogar se encuentra debajo del salario mínimo, trabajan jornadas de más de doce horas por una paga que va de 300 a 600 pesos a la semana.

 

Aunado a ello, subrayó que también atraviesan por una serie de malos tratos y abusos que atentan contra la dignidad humana y la discriminación que conllevan por su apariencia, edad, condición socioeconómica y pertenencia étnica.

 

Por tanto, la iniciativa que se presenta, busca hacer congruente la legislación laboral con el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo, sobre el Trabajo Decente para las Trabajadoras y los Trabajadores Domésticos, cambiando el denominado “trabajadores domésticos” por el de “trabajo en el hogar”.

Asimismo, proponen establecer expresamente que la jornada laboral sea de ocho horas y que por cada semana de trabajo deberán designarse por lo menos dos días de descanso con goce de salario. En caso de que dichos días fuesen trabajados, el pago deberá ser cubierto en las mismas condiciones que establece la Ley Federal del Trabajo.

Al margen de otras prestaciones que se pudieren pactar entre las partes, se establece que las personas trabajadoras del hogar cuenten invariablemente con las prestaciones relativas a vacaciones, prima vacacional, pago de días de descanso, acceso a la seguridad social y aguinaldo.

Se establece una cláusula para prohibir la contratación de niñas, niños y adolescentes menores de 15 años para este tipo de actividades.

También se establece una serie de mecanismos tendientes a salvaguardad la integridad de los empleados del hogar como son el acceso a una actividad libre de violencia o de tratos crueles, inhumanos o degradantes; el respeto a su identidad cultural, lengua, ropa tradicional y la participación en sus actividades comunitarias en sus días de descanso.

Esta iniciativa se turnó a las comisiones de Puntos Constitucionales, de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos Primera, para su análisis y dictaminación.

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