Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Número-988

  • El internado de pregrado, el servicio social y las residencias médicas pueden cubrir guardias de hasta 36 horas continuas.
  • Jornadas laborales tan largas provocan un alto contenido de estrés, daños cognitivos, cerebrales, males cardiacos y por ende alguna negligencia médica.

A efecto de reducir la jornada laboral de los médicos a ocho horas, la senadora del PAN, Silvia Guadalupe Garza Galván propuso reformar Ley General de Salud y la Ley Federal del Trabajo, a efecto de favorecer la intensidad del trabajo de los profesionales médicos, y disminuir la carga negativa en el ambiente laboral.
Lo anterior, debido a que la residencia médica y el internado de pregrado son actividades que deben cumplir los médicos con muchas horas de guardia, lo que puede generar un alto contenido de estrés, daños cognitivos, cerebrales, males cardiacos, hipertensión, diabetes e inclusive depresión, y por ende puede derivar en alguna negligencia hacia algún paciente.
En este sentido, se precisa que hay días en que el médico debe cumplir 24 horas de guardia y luego trabajar en su turno normal, lo que lleva a afirmar que puede llegar a cumplir más de 30 horas sin dormir, “cuestión que no debe ni puede ser permitido en ninguna actividad humana, y mucho menos en una tan delicada”.
Asimismo, el Servicio Social Profesional se establece como un elemento más de la estructura curricular en estas disciplinas médicas, donde también existen guardias de hasta 36 horas continuas.
Por lo anterior, podemos afirmar que el internado de pregrado, el servicio social y las residencias médicas cuentan con los mismos vicios, esto es, existe una saturación de horas de servicio que afecta la salud del médico en formación y pone en riesgo a los pacientes, advirtió la legisladora.
Por tal motivo, la iniciativa establece que la jornada del médico residente no deberá exceder de ocho horas en el turno diurno y siete en el turno nocturno, con el objetivo de beneficiar la calidad de vida del médico en formación, lo que igualmente causará un aumento en su productividad.
También se establece que la jornada de trabajo podrá prolongarse por circunstancias extraordinarias, y esta no podrá exceder nunca de tres horas diarias, ni de tres veces por semana.
Igualmente, en los lineamientos y normas que se expidan para regular las actividades y horarios de los internos de pregrado y médicos residentes deberán garantizarse que se cuenten con las condiciones idóneas para realizar su actividad y la duración del servicio no podrá exceder de ocho horas en el día y siete en la noche.
Es indispensable asegurarle a la sociedad la existencia en nuestro país de médicos cada vez más capacitados y así propiciar una mejor calidad de atención médica, por lo que es necesario reorganizar el horario laboral de los médicos.
El documento se envió a las comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos, Primera.

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