Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Número-787

  • Avala modificaciones de la Cámara de Diputados que flexibilizan la obtención de la Certificados de Energías Limpias.
  • Se ofrece mayor certidumbre jurídica a los inversionistas y bienestar a los mexicanos.

El Senado de la República remitió al Ejecutivo Federal la Ley de Transición Energética, la cual regulará el aprovechamiento sustentable de la energía, así como las obligaciones en materia de energía limpias y de reducción de emisiones contaminantes de la industria eléctrica.
Dicha ley, instituye también los Certificados de Energías Limpias, como el mecanismo para cumplir con las obligaciones en este rubro, además de que incluye sanciones.
Otro de sus objetivos es mantener la competitividad de los sectores productivos, en el marco del decreto de reformas constitucionales en materia de energía, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 20 de diciembre de 2013.
El Pleno senatorial aprobó, con 82 votos a favor, 9 en contra y cero abstenciones, las modificaciones realizadas por la Cámara de Diputados al artículo vigésimo segundo transitorio, dentro del Mecanismo de Flexibilidad aplicable a los requisitos de Certificados de Energías Limpias.
A partir de ello, se permitirá a los industriales que, sin multa, difieran hasta dos años la liquidación de hasta 50 por ciento de sus obligaciones, en cada periodo de obligación en la transición a energías limpias. Estos deberes deberán cumplirse a partir del año 2018.
Esto, en caso de que no hubiera en el mercado eléctrico disponibilidad, de cuando menos 70 por ciento de los certificados de energía limpia que el mercado requiere.
Al hablar en tribuna a favor de esta modificación, el presidente de la Comisión de Energía, David Penchyna Grub, afirmó que la Ley cumple con la responsabilidad de brindar mayor certeza jurídica a los inversionistas, así como garantizar el bienestar de los mexicanos.

-0-0-0-

Calendario

Diciembre 2024
Lu Ma Mi Ju Vi Sa Do
25 26 27 28 29 30 1
2 3 4 5 6 7 8
9 10 11 12 13 14 15
16 17 18 19 20 21 22
23 24 25 26 27 28 29
30 31 1 2 3 4 5