Número-600
- El nuevo ordenamiento precisa las bases y principios generales en esta materia a los que deberán sujetarse todos los órdenes de gobierno.
- A propuesta de las comisiones dictaminadoras, se incorporaron al dictamen modificaciones a los artículos 15, 30, 34, 42, 50, 67, 69, 72, 113, 185, y 197.
El Pleno de la Cámara de Senadores abrió el debate sobre el proyecto de decreto por el que se expide la nueva Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que precisa las bases y principios generales en esta materia.
Ello, se precisa en las consideraciones del dictamen, con la finalidad de lograr una adecuada armonización y homogeneidad a nivel nacional, que garantice el cumplimiento a lo dispuesto por la reforma al artículo 6 de la Constitución Política.
La nueva Ley tiene por objeto proveer lo necesario, en el ámbito federal, para garantizar el derecho de acceso a la información pública en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos federales o realice actos de autoridad.
Establece que en la aplicación e interpretación de este ordenamiento deberá prevalecer el principio de máxima publicidad, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política, la Ley General, los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como en las resoluciones y sentencias vinculantes que emitan los órganos nacionales e internacionales especializados, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.
Plantea que las resoluciones del Instituto garante son vinculatorias, definitivas e inatacables para los sujetos obligados y que únicamente el Consejero Jurídico del Gobierno podrá interponer recurso de revisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuando considere que las resoluciones emitidas por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) puedan poner en peligro la seguridad nacional.
Prevé que no podrá clasificarse como reservada aquella información que esté relacionada con violaciones graves a derechos humanos o delitos de lesa humanidad, de conformidad con el derecho nacional o los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte
Además, sugiere que no se pueda invocar el carácter de reservado cuando se trate de violaciones graves de derechos humanos o delitos de lesa humanidad o información relacionada con actos de corrupción de acuerdo con las leyes aplicables.
Para el cumplimiento de sus objetivos, los sujetos obligados tienen que, según corresponda, contar con los Comités de Transparencia y las Unidades de Transparencia, así como vigilar su correcto funcionamiento de acuerdo con su normatividad interna.
Además, entre otros puntos, deben constituir y mantener actualizados sus sistemas de archivo y gestión documental, conforme a la normatividad aplicable; promover la generación, documentación, y publicación de la información en formatos abiertos y accesibles; proteger y resguardar la información clasificada como reservada o confidencial.
Los sujetos obligados no podrán emitir acuerdos de carácter general ni particular que clasifiquen documentos o expedientes como reservados, ni clasificar documentos antes de dar respuesta a una solicitud de acceso a la información.
El nuevo ordenamiento también propone que los fideicomisos y fondos públicos, considerados entidades paraestatales deberán dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en la Ley General y esta Ley por sí mismos, a través de sus propias áreas, unidades de transparencia y comités de transparencia.
Las personas físicas o morales que reciben y ejercen recursos públicos o ejercen actos de autoridad, cumplirán con las obligaciones de transparencia que determine el INAI.
Incluye un capítulo sobre Gobierno Abierto, en el que las cámaras del Congreso de la Unión, el Poder Ejecutivo Federal, el Poder Judicial de la Federación, los organismos constitucionalmente autónomos y demás sujetos obligados en el ámbito federal deberán establecer políticas internas para conducirse de forma transparente.
Además, tienen que generar las condiciones que permitan que permee la participación de ciudadanos y grupos de interés, crear mecanismos para rendir cuentas de sus acciones y promover la eficacia, tanto en la organización de su trabajo como en su propio desempeño.
A propuesta de las comisiones dictaminadoras, se incorporaron al dictamen modificaciones a los artículos 15, 30, 34, 42, 50, 67, 69, 72, 113, 185, y 197.
Entre las modificaciones, se elimina la competencia de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal o de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, para poner a disposición del público y actualizar la información sobre los anteproyectos de leyes y disposiciones administrativas de carácter general, a que se refiere el artículo 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Se agregaron cambios para poner a disposición del público y actualizar información de seguridad pública, procuración de justicia y política exterior. De esta manera, se tiene que dar a conocer la estadística desagregada de procesos, denuncias e investigaciones relacionadas a las conductas consideradas como delitos en materia de justicia para adolescentes y la relativa a la solución de controversias, a través de mecanismos alternativos en materia penal.
Además, se deberá poner a disposición del público y actualizar la información sobre el número de constancias de suscripción del Convenio a que hace referencia la fracción I del artículo 27 de la Constitución, para obtener concesiones para la exploración y explotación de minas y aguas en territorio nacional. Así como el número de constancias de suscripción para la adquisición de bienes inmuebles fuera de la zona restringida, así como el número de permisos otorgados para la constitución de fideicomisos.
Respecto al gobierno abierto, se agregan, entre otros puntos, que a los órganos del Poder Judicial de la Federación compete propiciar el acceso al público a audiencias y sesiones en las que se resuelvan asuntos jurisdiccionales, así como mecanismos de acceso público a las sesiones de los órganos colegiados administrativos.
Además, se precisa que el INAI coadyuvará en la promoción e implementación de políticas y del mecanismo de apertura gubernamental en el ámbito federal, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo III del Título Cuarto, de la Ley General.
A nombre de la Comisión de Anticorrupción y Participación Ciudadana, el senador Pablo Escudero Morales afirmó que en este dictamen “no hay ocurrencias, ni improvisaciones”, sino un trabajo puntual que ha recogido y dado seguimiento a los 12 años de experiencia del instituto garante de la transparencia.
Se trata, dijo, de una ley de vanguardia que cumple con los más altos estándares internacionales, que consolida y fortalece el derecho de acceso a la información y el Sistema Nacional de Transparencia, y que permitirá prevenir el abuso del Estado y cualquier indicio de autoritarismo, así como luchar contra la corrupción.
Aseguró que en las comisiones dictaminadoras se tuvo mucho cuidado para que no pudiera existir una sobrerregulación del tema, al añadir 261 obligaciones nuevas a las Fuerzas Armadas, en materia hacendaria, de población, seguridad pública, procuración de justicia, política exterior, medio ambiente, economía, salud, entre otras.
Por la Comisión de Gobernación, la senadora Cristina Díaz Salazar expresó que “esta Ley Federal de Transparencia atiende las demandas de los ciudadanos en materia de acceso a la información pública para que ésta sea clara, precisa y expedita”.
Consideró esencial que continúen los trabajos para brindar mayores instrumentos, a fin de que los mexicanos participen en el ejercicio de sus derechos y sea vigilantes activos del actuar público, concibiendo así una relación más estrecha entre gobernantes y ciudadanos.
La legisladora recordó que hace falta dictaminar una legislación sobre datos personales y archivos. La tarea, agregó, es permanente por lograr y consolidar un Estado de derecho de transparencia y rendición de cuentas.
El presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, Alejandro Encinas Rodríguez, afirmó que debe existir la convicción de que no existe régimen de excepción alguno para el Poder Legislativo, pues el periodo que se les concedió a la Cámara de Diputados y al Senado para establecer sus reglamentos de rendición de cuentas prescribió el último día del pasado mes de agosto.
Por tanto, refrendó, el Senado y la Cámara de Diputados, así como sus respectivos grupos parlamentarios y legisladores, “todos estamos obligados a partir del primero de septiembre --de 2016-- a rendir cuentas de los recursos que percibimos para el desempeño de las funciones y de las acciones o desempeño legislativo que tengamos. Ya veremos quién cumple y quién no, porque ahí es donde vienen los nuevos retos”.
Además, advirtió, existe la posibilidad de que la “cascada” de legislaciones en materia de transparencia, acceso a la información, archivos, datos personales, así como de instituciones que de ellas deriven, provoque que se anulen entre sí y conculquen el derecho de los ciudadanos.
Al fijar el posicionamiento del Grupo Parlamentario del PT, el senador Manuel Bartlett Díaz rechazó la posibilidad de que la nueva ley cumpla con la obligación de máxima publicidad, plasmada en el artículo 6 constitucional, pues una de las principales desventajas es que los integrantes del INAI se designan a partir del reparto de cuotas entre partidos mayoritarios en el Congreso, por ende, no existe garantía de que el Instituto actúe con independencia e imparcialidad.
En materia de delitos graves contra derechos humanos y lesa humanidad, aseveró, seguirá la supresión de la transparencia, pues la ley establece que sólo se podrá proporcionar información respecto a acciones de competencias legales cuando esté documentada, “cuando debiera ser público todo lo que afecte a la sociedad, al país, a la economía, aun cuando no esté documentado”.
Por el Grupo Parlamentario del PVEM, el senador Luis Armando Melgar Bravo señaló que con esta nueva ley se cumple de manera cabal con la reforma constitucional en la materia, y se da un paso histórico y fundamental para armonizar el marco jurídico del país en materia de transparencia y acceso a la información.
Se necesita culminar con este proceso legislativo, a fin de que a nivel federal exista una legislación que cumpla con los mandatos constitucionales y legales, que permitan materializar el derecho humano de acceso a la información y un país con leyes claras y transparentes, apuntó.
A nombre del Grupo Parlamentario del PRD, el senador Armando Ríos Piter aseguró que con la aprobación de este dictamen “se inicia el desafío para la construcción de un verdadero sistema de rendición de cuentas, que busque un equilibrio y pesos y contrapesos efectivos”.
Comentó que la poca transparencia que existe y prevalece en el gobierno federal, así como la ausencia o ineficiencia de mecanismos de fiscalización de los estados, ha fomentado los abusos y la corrupción.
A nombre del Grupo Parlamentario del PAN, la senadora Laura Rojas Hernández dijo que la Ley es la primera que desarrolla principios de parlamento abierto para el Congreso, y de justicia abierta para los órganos del Poder Judicial, a fin de que las autoridades no sean un ente aislado de los ciudadanos, sino que se escuche su voz.
En materia de derechos humanos, resaltó que el consenso es esperar a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelva sobre los casos de San Fernando, para legislar a partir de dichas resoluciones, por lo que le llamó a pronunciarse a la brevedad y así generar certeza jurídica en el tema.
La senadora Lilia Merodio Reza, del Grupo Parlamentario del PRI, aseguró que esta reforma representa un antes y un después, “un gran logro”, pues responde a las exigencias de los mexicanos. El país está en vías de la consolidación democrática, se ha apostado por mover a México y lo estamos logrando, precisó.
La legisladora subrayó que los sindicatos y fideicomisos tendrán la obligación de transparentar su actuar y rendir cuentas a los ciudadanos por el uso de recursos públicos, “avance fundamental para la vida pública en México”.
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