Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Número-472

  • El senador del PAN mencionó que diversas empresas exigen que los usuarios paguen los meses faltantes para cancelar su contrato.
  • Se trata de un tema pendiente para garantizar los derechos de los usuarios de telecomunicaciones.

El senador José Rosas Aispuro Torres, del Grupo Parlamentario del PAN, presentó una iniciativa para garantizar a los usuarios su derecho a cancelar, sin ninguna penalización, cualquier servicio en materia de telecomunicaciones por fallas técnicas.
Se trata, dijo, de perfeccionar la reforma en materia de telecomunicaciones que aprobó el Congreso de la Unión en 2014 y en la que quedó pendiente este tema.
En el proyecto, que reforma y adiciona el artículo 191 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, el legislador mencionó que diversas empresas exigen que los usuarios paguen los meses faltantes para cancelar su contrato.
“Si tiene un contrato de 24 meses y el usuario sólo tiene con el servicio 12 meses, con mala calidad, y es su deseo cancelarlo, deberá pagar 12 mil pesos por incumpliendo de contrato, sin embargo, la pregunta obligada es cuánto pagan la empresa por sus fallas”, expresó Rosas Aispuro.
De acuerdo con una encuesta sobre los patrones de consumo y experiencia de los usuarios de telecomunicaciones, argumentó, 40 por ciento de los usuarios encuestados refirieron haber tenido algún problema con su servicio de telecomunicaciones, pero sólo entre 11 por ciento y 24 por ciento emitieron una queja.
En el caso de la telefonía móvil, 41 por ciento de encuestados declararon haber tenido problemas en el servicio como caída de llamadas, internet lento y falta de cobertura. Además, los tiempos de espera en la atención al cliente son la principal área de oportunidad para los prestadores de los servicios.
Refirió que el artículo 191 de la Ley vigente dispone que los consumidores podrán “cancelar el contrato sin necesidad de recabar autorización del concesionario o autorizado, ni penalización alguna cuando el plazo pactado concluya, excepto cuando se renueve el contrato por continuar usando y pagando los servicios de telecomunicaciones contratados originalmente”.
También establece como un derecho de los usuarios: “a la bonificación o descuento por fallas en el servicio o cargos indebidos, imputables al concesionario o autorizado, conforme a lo establecido en los contratos o cuando así lo determine la autoridad competente”.
Sin embargo está disposición no protege plenamente a los usuarios de telecomunicaciones, ya que el 40 por ciento de los usuarios encuestados por el Instituto Federal de Telecomunicaciones han tenido algún problema con el servicio contratado.
La iniciativa se turnó a las comisiones unidas de Comunicaciones y Transportes y de Estudios Legislativos.

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