Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Numero 440

  • Recomendaciones del GIEI deben servir como herramienta para luchar contra la impunidad, afirma.
  • Leyes deben garantizar condiciones para la búsqueda inmediata de la persona desaparecida, la investigación científica, transparente y expedita.

El senador Armando Ríos Piter, del Grupo Parlamentario del PRD, exhortó al Congreso a debatir, analizar y aprobar las reformas en materia de desaparición y desaparición forzada de personas, propuestas por el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI), de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
El legislador también solicita en su punto de acuerdo incorporar en la Ley las recomendaciones emitidas por diversas organizaciones de la sociedad civil, entregadas al Senado en agosto pasado.
Recordó que el Grupo Interdisciplinario envió una misiva al Senado para solicitar la aprobación de la reforma constitucional para “que se reconozca de manera expresa la desaparición forzada y para que se faculte al Congreso de la Unión para legislar en la materia”.
Entre otras, las recomendaciones plantean reformar la legislación militar en cuanto a que si un militar desaparece de manera forzada a otro militar dicha situación debe ser investigada por el fuero común o federal, y en ningún caso por el fuero militar, y derogar la disposición constitucional que consagra el arraigo.
“Debemos considerar y aprovechar el informe como una contribución en la lucha contra la impunidad y utilizarlo como herramienta para retomar el rumbo de la investigación, búsqueda y atención a los familiares y otras víctimas”, señaló.
Ríos Piter dijo que las leyes que se aprueben deben garantizar las condiciones para la búsqueda inmediata de la persona desaparecida, la investigación científica, transparente y expedita, así como contemplar sanciones a los actores materiales e intelectuales que hayan obstruido la investigación o la búsqueda.
Esta nueva figura jurídica debe asegurar una aplicación general y del más alto estándar, a partir de la presunción de vida de la persona desaparecida, detalló. Además, el procedimiento debe ser inmediato, gratuito, único, sencillo, y debe garantizar la protección, no sólo del patrimonio de la persona desaparecida, sino también el de sus familiares.
El punto de acuerdo fue turnado a la Comisión de Derechos Humanos.

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