Número-362
- Fortalece proceso de armonización contable al incorporar mayor precisión a las obligaciones de los entes públicos, consolidando la rendición de cuentas.
- Ejecutivo federal tendrá que reformar el Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
El Senado de la República recibió de la Cámara de Diputados un proyecto de decreto por el que se crean los consejos de armonización contable de las entidades federativas, que servirán de apoyo para el Consejo Nacional de Armonización Contable (Conac), en el seguimiento de las acciones que se realizan para la armonización contable de los tres órdenes de gobierno.
En el proyecto, que reforma y adiciona diversas disposiciones de las leyes General de Contabilidad Gubernamental y Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se precisa el objeto de fortalecer el presupuesto basado en resultados y concretar las atribuciones en materia de regulación y operación del Sistema de Evaluación del Desempeño en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), verificando cada trimestre los resultados de recaudación y ejecución de los programas y presupuesto de las dependencias y entidades.
Además, destaca que no se prevé la creación o modificación de unidades administrativas y plazas o creación de nuevas instituciones, por lo que no implica un impacto presupuestario.
En los artículos transitorios, se prevé que el Consejo Nacional de Armonización Contable, dentro de los 60 días naturales siguientes a la entrada en vigor del decreto, emitirá las reglas de operación que deberán cumplir las entidades federativas para la integración y funcionamiento de sus consejos de armonización contable.
Las entidades federativas deberán instalar sus consejos de armonización contable a más tardar a los 30 días naturales siguientes a la emisión de las reglas de operación.
Asimismo, precisa que el Ejecutivo federal deberá realizar las reformas necesarias al Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dentro de los 90 días naturales posteriores a la entrada en vigor del presente decreto.
El proyecto de decreto reforma y adiciona los artículos 4, 9, 10 bis, 11, 15, 25, 29, 32, 46, 47, 48, 55, 70 y 80 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, y los artículos 6 y 111 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Dicho proyecto se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Segunda.
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