Número-118
- En este año se han recibido reclamos a causa de esta práctica por más de 650 mil pesos.
- La legisladora propone que proveedores acrediten técnica y científicamente publicidad de sus productos.
En lo que va de 2015, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) ha recibido alrededor de 300 denuncias por publicidad engañosa, sobre todo, en materia automotriz, turística, de telecomunicaciones y tiendas departamentales o de autoservicio, que en conjunto ascienden a un monto reclamado de más de 650 mil pesos.
Así lo reportó la senadora del Grupo Parlamentario del PRI, Ana Lilia Herrera Anzaldo, quien propuso modificar Ley Federal de Protección al Consumidor, a efecto de establecer que los proveedores deberán contar con un respaldo técnico y científico que acredite la información o publicidad de su producto.
Lo anterior, con el objetivo de que los datos sean exactos, comprobables y verdaderos, a fin de garantizar los derechos de los consumidores.
Asimismo, planteó que la Procuraduría Federal del Consumidor esté facultada para requerir en cualquier momento la información de un determinado producto, y así, acreditar que es exacta y verdadera.
La legisladora mencionó que las ofertas no siempre son verdaderas, precisas o comprobables, además de que los consumidores no cuentan con información técnica o científica que demuestren que la publicidad de los bienes y servicios que adquieren es cierta o que cumple con las características que exige la ley.
Por ello, destacó la necesidad de que la publicidad, etiquetas, precios, instructivos y garantías de bienes y servicios, sean claros y veraces para que el consumidor compre con pleno conocimiento.
En caso de que un proveedor venda un producto de mala calidad o no cumpla con las nomas, este debe reponer o devolver el monto pagado o en su caso indemnizar por los daños ocasionados, apuntó.
Por eso, esta iniciativa tiene el objetivo de que los consumidores cuenten con la información correcta para asegurar la protección de sus derechos, enfatizó.
La propuesta se turnó a las comisiones unidas de Comercio y Fomento Industrial y de Estudios Legislativos, Segunda para su análisis y dictaminación.
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