Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Número-1019

  • Es necesario revertir las fallas en el combate a redes de complicidad entre funcionarios y delincuencia, así como en la aplicación de la extinción de dominio.
  • El artículo 22 de la Constitución requiere modificaciones para evitar que por jurisprudencia la Suprema Corte limite la actuación de la autoridad.

El Senado de la República hará una revisión del artículo 22 de la Constitución Política, a fin de poder incluir medidores de resultados y contar con herramientas más eficaces para revertir las redes de complicidades entre servidores públicos y la delincuencia organizada, apuntó la senadora Pilar Ortega Martínez, secretaria de la Comisión de Estudios Legislativos Segunda.
Además, se establecerán mecanismos más certeros para lograr mayor efectividad en la incautación de bienes relacionados con las bandas delictivas, puntualizó la legisladora al presidir la mesa “Operadores del Sistema”, en el marco del foro “Extinción de Dominio”, donde especialistas de organizaciones civiles y autoridades de la Procuraduría General de la República (PGR) expusieron los puntos críticos dentro del sistema de combate a la corrupción.
Eduardo Bohórquez López, director ejecutivo de Transparencia Mexicana, advirtió que el Sistema Anticorrupción no ha dado los resultados esperados. A pesar de la evidencia de redes de complicidad entre servidores públicos y delincuencia organizada, de 260 mil servidores que laboran en la Administración Pública Federal, solamente ocho han sido presentados ante el Ministerio Público y sólo cuatro fueron puestos a disposición de un juez, explicó.
En cuanto a deficiencias en materia de transparencia, únicamente se ha sancionado a 26 mil servidores públicos “con doble jalón de orejas de manera pública, que es una de las sanciones más duras que tenemos en nuestro derecho administrativo, por entregar tarde su declaración patrimonial”.
En materia de extinción de dominio, advirtió que la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) ha calificado con cero a México en el combate a la corrupción, pues desde la creación de la ley correspondiente, hace seis años, únicamente se registraron dos casos sin que hayan procedido.
Ante estas cifras, Bohórquez López se pronunció porque dentro del Sistema Anticorrupción se incluyan instrumentos que vayan más allá de la legislación jurídica: “se debe incorporar la figura de medición de resultados”, para establecer con claridad si los instrumentos aplicados en la detección y sanción a los participantes en redes de complicidades y en la extinción de dominio son útiles en la práctica.
El subprocurador Especializado en Investigación en Delitos Federales, de la (PGR), José Guadalupe Medina Romero, se pronunció por la revisión de la Ley de Extinción de Dominio y del artículo 22 de la Constitución, a fin de eliminar los obstáculos que actualmente impiden a la incautación de bienes a las bandas delictivas.
Explicó que la Ley de Extinción de Dominio se instrumentó desde 2009, sin embargo, “sus resultados dejan mucho que desear”, pues las medidas garantistas de derecho a la propiedad dejan en condición muy vulnerable la aplicación de la norma. Agregó: “los números son lapidarios: en seis años se han ejercitado en 64 ocasiones la ley de extinción, de las cuales 43 han sido favorables al interés del Estado, 11 en contra, dos desechadas, un desistimiento y actualmente siete en trámite. A nivel local, los números sobrepasan la acción de la autoridad federal, esa es la realidad”.
Reconoció que dichas medidas son primordiales para no afectar a terceros; empero cuando se trata de un régimen de excepción para combatir a la delincuencia organizada, “estamos hablando de la paz social y esta representa uno de los valores primordiales de la existencia misma del Estado”.
Es por lo anterior, refrendó, que se sugiere al Congreso una revisión de esta ley, a fin de hacer valer el derecho del Estado de combatir el crimen organizado, pues se requiere un equilibrio entre la seguridad jurídica y la aplicación de la justicia penal.
El director corporativo de Bienes del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, Alonso Carriles Álvarez, y el fiscal especializado en extinción de dominio, Jaime Enrique Rangel Díaz, coincidieron en sus respectivas exposiciones en la necesidad de fortalecer la incautación de bienes como un método idóneo para para combatir a la delincuencia, pues con esta medida se vulneran sus recursos patrimoniales.
Refirieron que un punto medular para que no procedan las acciones de incautación en el Distrito Federal ha sido la intervención de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al emitir diversas jurisprudencias respecto a las cargas probatorias, con lo que limita la autonomía de la autoridad penal al establecer que sólo puede proceder la extinción de dominio si se tiene acreditado el hecho ilícito con un auto de formal prisión y una sentencia.
El consultor en materia de justicia, Samuel González Ruiz, refrendó la propuesta de modificar el artículo 22 de la Carta Magna, a fin de superar los casos de jurisprudencia emitidos por los ministros de la SCJN, pues sus tesis sobrepasan la interpretación de las leyes.
Consideró que los ministros de la Corte actúan en cónclave, sin atender opiniones de la sociedad ni de expertos, y sobrepasan su función al hacer presuntos análisis que terminan en nuevas leyes, con lo que invaden las facultades del Congreso de la Unión, por lo que convocó a fortalecer la legislación con el aporte de foros abiertos, como los realizados por el Senado de la República.

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