El Senado de la República analizará la minuta que reforma el artículo 203 del Código Penal Federal, que incrementa las penas y sanciones a quien cometa delitos relacionados con la explotación sexual de menores de edad.
Lo anterior, al recibir la modificación enviada por la Cámara de Diputados que propone aumentar la sanción a quien cometa el delito de turismo sexual, de 12 a 16 años y de 2 mil a 3 mil días multa.
También, plantea que las personas que cometan este tipo de delitos estarán sujetas a tratamiento psiquiátrico especializado.
En la reforma se establece que la pena prevista para los gestores, promoventes u oferentes del turismo sexual se homologue a la impuesta a quienes lo realizan o pagan.
Sancionar con tres años delitos culposos
De igual forma, los senadores revisarán una minuta de la colegisladora que establece cambios al artículo 60 del Código Penal Federal para que en el caso de delitos culposos, se instituya como sanción máxima de tres años el derecho para ejercer profesión, oficio, autorización, licencia o permiso.
Ello, toda vez que se trata de delitos culposos y la pena actual que establece 10 años en la suspensión para ejercer profesión, oficio, autorización, licencia o permiso, es excesiva.
Reformas al Código Federal de Procedimientos Penales
También, fue enviada al Senado para su análisis y dictaminación una reforma que deroga los numerales 14 y 15 de la fracción I del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, para que el marco normativo sea preciso y sólido al momento de ser aplicado.
Se señala que lo dispuesto en el numeral 14 de la fracción I del artículo 194 del Código Penal ya no tiene razón de ser, pues en el código sustantivo dicha disposición no existe.
En cuanto al numeral 15, se considera como delito grave la explotación del cuerpo de un menor de edad por medio del comercio carnal, previsto en el artículo 208, cuestión que resulta incongruente, toda vez que este tipo penal ahora se encuentra establecido en el actual Código Penal Federal, en el artículo 204.
Castigar tala ilegal
En otro tema, se recibió otra minuta en la que se modifican diversas disposiciones del Código Penal Federal para sancionar el “lavado” de madera y la tala ilegal.
Lo anterior, debido a que en México la tasa de deforestación es de 155 mil hectáreas por año y de las cuales 60 mil tienen su origen en la tala clandestina, además de que dos terceras partes de este recurso que se comercializa es ilegal.
Las cuatro minutas fueron remitidas a las comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos, Primera.
Canal del Congreso
La Cámara de Senadores también revisará las reformas al artículo 4 del Reglamento del Canal de Televisión del Congreso General para que la información que difunda se traduzca simultáneamente a lengua de señas mexicanas, o subtitularse con palabras en español, o ambas, en beneficio de las personas con discapacidad auditiva.
El documento se envió a las comisiones de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias y de Estudios Legislativos, Primera.
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