Número-710
- El decreto de enero en ningún momento abrió la posibilidad de vender los animales silvestres a colecciones privadas, ni permite la práctica de taxidermia.
- El dictamen se remitió a la Cámara de Diputados.
Con la aprobación de un dictamen que reforma las leyes generales de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de Vida Silvestre, la Cámara de Senadores amplió el plazo, de 180 a 270 días naturales, para la entrada en vigor de la prohibición del uso de animales en los circos, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el pasado 9 de enero de 2015.
El dictamen también precisa la prohibición del sacrificio de ejemplares de vida silvestre que fueron utilizados en circos, con lo que se evita cualquier resquicio legal que pudiera existir y que desvirtúe el espíritu del decreto de enero pasado.
Con esto, además se puede erradicar la práctica o las acciones que evitan el trato digno y respetuoso a los ejemplares de la vida silvestre.
También se establece que se permitirá el sacrifico de emergencia, por sufrimiento de lesiones o afecciones que causen dolor o sufrimiento incompatibles con su bienestar y vida, conforme a lo dispuesto por la normatividad vigente; y que en caso de muerte de algún ejemplar de vida silvestre utilizado en circos, sus poseedores, deberán acreditarla mediante certificado médico veterinario e informar, a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, que el deceso fue por causas naturales o sacrificio de emergencia.
Dicha Secretaría deberá realizar visitas de supervisión técnica a los circos que, al momento de entrar en vigor el decreto, aún no hayan entregado sus ejemplares de vida silvestre a zoológicos o a centros para la conservación de vida silvestre.
En el dictamen, los legisladores señalaron que no obstante los avances normativos en la materia, persisten diversos factores que ocasionan que éstos sean opacados, ya que se tiene conocimiento de que los ejemplares de fauna silvestre que formaron parte de la industria del circo son objeto de comercio para taxidermia.
Lo anterior supone el sacrificio de estas especies, con el argumento de la falta de recursos económicos por la pérdida de su fuente de ingresos y la limitada capacidad de los centros para la conservación e investigación de la vida silvestre, para el mantenimiento de la totalidad de animales que dejarán de ser utilizados por los circos.
Finalmente, se expone que el decreto de enero en ningún momento abrió la posibilidad de vender los animales silvestres a colecciones privadas, ni permite su uso en la práctica de taxidermia, por lo que es necesario verificar a cada circo para que no se realicen este tipo de actividades.
El dictamen se remitió a la Cámara de Diputados.
0-0-0