Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Número-878

  • Se ocasionaba un grave problema de un sistema inquisitorio y uno acusatorio: senadora Angélica de la Peña.
  • El dictamen fue aprobado por unanimidad y se turnó al Ejecutivo Federal.

La Cámara de Senadores avaló que la Ley Federal de Justicia para Adolescentes entre en vigor una vez que el Código Nacional de Procedimientos Penales tenga plena vigencia y validez en la Federación, en todas las entidades federativas y del Distrito Federal.
Lo anterior, en los términos previstos en la declaratoria a que hace referencia el Artículo Segundo Transitorio del Decreto por el que se expide el Código Nacional de Procedimientos Penales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de marzo de 2014, sin que pueda exceder del 18 de junio de 2016.
Se modifica así, con 85 votos a favor, el Artículo Primero Transitorio del Decreto por el que se expide la Ley Federal de Justicia para Adolescentes, así como las leyes Orgánica del Poder Judicial de la Federación, Orgánica de la Administración Pública Federal, Orgánica de la Procuraduría General de la República y Federal de Defensoría Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2012.
Al pronunciarse a favor del dictamen, la senadora Angélica de la Peña Gómez, del Partido de la Revolución Democrática, señaló que con la aprobación de esta reforma se lograrán dos cuestiones. La primera, evitar la entrada en vigor de la Ley Federal de Justicia para Adolescentes infractores, aprobada en 2012.
Dicha ley, explicó, tenía un grave conflicto constitucional, pues hay un proceso de configuración a la constitución de un sistema garantista y por lo tanto, esta ley tiene que estar inscrita conforme lo establece la Constitución, de manera particular, en su Artículo 18.
Es decir, que no había apego total al precepto Constitución, ocasionando un grave problema de un sistema inquisitorio y uno acusatorio.
Debido a esta situación, agregó la legisladora, en el transitorio de la ley se otorgó una vacatio legis para que entrara en vigor hasta el 28 de diciembre de 2014. Sin embargo, diversos senadores presentaron iniciativas para alargar dicha vacatio legis, como lo hace el dictamen, para que no entre en vigor.
Esto, con el objetivo de lograr que exista un solo sistema nacional que no quite la obligación del ámbito local sino que se pueda determinar una ley nacional que garantice la aplicación del sistema de justicia para adolescentes infractores, totalmente armonizada, como lo establece la Convención sobre Derechos de la Niñez y las normas de Naciones Unidas para adolescentes que infringen ordenamientos penales.
La vacatio legis propuesta por un año más, permite la discusión del proyecto de ley; sobre todo a partir de que el proceso de la reforma legislativa recién aprobada, para reformar los artículos 18 y 73 constitucional, con el propósito de configurar un sistema nacional de justicia para adolescentes infractores, siga su curso en el Congreso Permanente, finalizó.
El decreto se remitió al Ejecutivo Federal para sus efectos.

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