Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Número-854

  • La propuesta crea la Unidad de Medida y Actualización.
  • Con esta reforma se elimina una restricción que evita crecimiento del salario, coinciden senadores.

Las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos, Segunda aprobaron con cambios la minuta que modifica los artículos 26, 41 y 123 de la Constitución, a fin de desvincular al salario mínimo como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia en el pago de obligaciones o supuestos que se establecen en leyes federales y estatales.
En sustitución de esta unidad de referencia, la propuesta de la Cámara de Diputados crea la Unidad de Medida y Actualización, cuyo valor será calculado por Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en los términos que señale la ley reglamentaria.
Con esta reforma, se deja en claro, en el texto constitucional, que el salario mínimo no podrá ser utilizado como índice, unidad, base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza.
Se establece que en un plazo máximo de un año --contado a partir de la entrada en vigor de este decreto-- el Congreso de la Unión, legislaturas locales y administraciones públicas de los tres órdenes de gobierno deberán realizar las adecuaciones correspondientes a leyes de su competencia, a efecto de eliminar las referencias al salario mínimo como unidad de cuenta, índice, base, medida y sustituirlas por las relativas a la Unidad de Medida y Actualización.
A propuesta del senador Javier Lozano Alarcón, del PAN, se modificó el artículo quinto transitorio, a efecto de precisar que el Congreso de la Unión deberá emitir la legislación reglamentaria para determinar el valor de la Unidad de Medida y Actualización dentro de un plazo que no exceda de 120 días naturales siguientes a la fecha de publicación del decreto.
Al respecto, el senador Enrique Burgos García, presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, dijo que con este avance se desprende el salario mínimo de todo lo que lo ha vinculado con aspectos relacionados a multas, infracciones, aportaciones a los partidos políticos, por lo que “es un paso importante, independientemente de la secuela o secuencias que puedan seguirse en lo futuro”.
El senador del PRI, Ernesto Gándara Camou, presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, expresó que esta minuta permite la desindexación del salario mínimo, con el objetivo de que regrese a su origen, que es garantizar un mejor ingreso para los trabajadores.
Para el senador Alejandro Encinas Rodríguez, titular de la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, se trata de un primer paso para eliminar una de las principales restricciones “que siempre se han argumentado para impedir el crecimiento en términos reales del salario mínimo”, que desde 1980 ha registrado una caída sistemática y que ha acumulado una pérdida de 70 por ciento de su poder adquisitivo.
El senador del PRI, Armando Neyra Chávez opinó que con la aprobación de esta reforma a la Carta Magna se da un avance para que la clase obrera del país cuente con un mejor salario.
A su vez, el senador panista Javier Lozano Alarcón coincidió en que es un primer paso para que pueda haber una revisión del incremento de los salarios mínimos, pero, precisó, no se debe generar una falsa expectativa de que hará un aumento en automático, “cuando no va ser así”.
Del PRD, la senadora Alejandra Barrales Magdaleno aclaró que “esta reforma no tiene nada qué ver con el salario mínimo”, por lo que sería irresponsable que se planteé que “esto va a mejorar, va a incrementar el salario mínimo a los trabajadores y nos parece obligado dejar claro que nada tiene qué ver con eso”.
Su compañera de bancada, la senadora Dolores Padierna Luna comentó que la desindexación es correcta, pero la reforma es incompleta, dado que no alcanza el objetivo final de reivindicar el salario mínimo como lo marca la Constitución.

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