- Necesario que salario se actualice a la luz de la reforma constitucional de 2011 en materia de derechos humanos, sugiere Mario Delgado.
- El texto constitucional actual discrimina y no da trato igualitario, señala.
El senador Mario Delgado Carrillo, del PRD, presentó una iniciativa para modificar el artículo 123 de la Constitución, con la finalidad de que en materia de salario mínimo se garanticen los derechos humanos a la igualdad de género y se evite todo tipo de discriminación.
Explicó que su propuesta busca actualizar el salario mínimo general a la luz de la reforma constitucional de 2011, pues actualmente los derechos de los trabajadores forman parte también de los derechos humanos.
Es necesario precisar en el texto constitucional que esta percepción salarial sea suficiente en la satisfacción de necesidades normales y vitales; que sea suficiente en la satisfacción de las necesidades de todas las personas en el hogar, independientemente de que formen parte o encabecen una familia, señaló.
Agregó que se debe desterrar la actual discriminación hacia las personas que son jefas de familia, ya que el texto constitucional excluye a las mujeres que encabezan una familia del reconocimiento, protección y garantía del salario mínimo general, además que se atenta contra los derechos humanos a la igualdad y no discriminación.
Modificar la redacción del artículo 123 de la Carta Magna podría permitir que el salario mínimo general provea la educación obligatoria de las niñas, niños y adolescentes.
El senador Delgado Carrillo mencionó que si bien el debate sobre el incremento del salario mínimo es necesario, se debe actuar con racionalidad para evitar los extremos, de ahí que es fundamental actualizar los conceptos de salario mínimo ordenados por el constituyente de 1917, a la luz de los derechos humanos.
Opinó que la discriminación y ausencia de trato igualitario que contiene actualmente la Constitución en materia de salario mínimo debe eliminarse de ella.
La iniciativa se envió a las comisiones de Puntos Constitucionales, de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos, Primera.
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