Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

COMUNICADO-1025

  • Ministros de culto también deben ser investigados en caso de pederastia
  • Los órganos de protección a víctimas deben otorgar la debida atención a los afectados

La Comisión Permanente del Congreso de la Unión solicitó a las procuradurías o fiscalías generales de Justicia de las entidades federativas que procedan a investigar denuncias de conductas presuntamente delictivas de pederastia cometidos por cualquier persona, incluidos los ministros de cultos religiosos, y determinen las responsabilidades en el ámbito de su competencia.

Asimismo, pidió a los órganos de las entidades federativas, vinculados a estos temas, que otorguen la debida atención y acompañamiento a las víctimas de pederastia y a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas que brinde el apoyo necesario, en la esfera de sus atribuciones.

La proposición con punto de acuerdo hace énfasis en que el abuso sexual contra menores de edad, es un delito grave y, en consecuencia, el Ministerio Público está obligado constitucional y legalmente a investigarlo y a consignar a un juez penal a quien o quienes presuntamente los cometen.

El documento subraya que tuvo que pasar mucho tiempo para que El Vaticano reconociera abiertamente la existencia de agresiones, abuso sexual y pederastia clerical contra miles de niños, cometidos en muchas partes del mundo.

El sacerdote (Marcial) Maciel no es el único al que se le reconoce como perpetrador de este tipo de daños contra cientos de niños mexicanos durante largo tiempo, sino también están los casos de los sacerdotes, Eduardo Córdova Bautista, en San Luís Potosí, Nicolás Aguilar, en Puebla, Carlos López Valdés en el D.F. y Gerardo Silvestre Hernández, cura pederasta acusado de abuso sexual de al menos 45 niños indígenas de Oaxaca.

Destaca que estos sacerdotes, acusados jurídicamente, no han recibido ningún requerimiento ministerial ni judicial para responder por ellos.

Pese a múltiples denuncias de parte de las víctimas, no existió la voluntad de pedir la intervención de las autoridades civiles competentes, ni acciones que procuraran acercamiento con las víctimas para reparar el daño a su integridad física y moral, y tampoco el reconocimiento al daño sufrido por difamación, desprecio y abandono.  


---000---

Calendario

Mayo 2024
Lu Ma Mi Ju Vi Sa Do
29 30 1 2 3 4 5
6 7 8 9 10 11 12
13 14 15 16 17 18 19
20 21 22 23 24 25 26
27 28 29 30 31 1 2