Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

El Senado recibió y turnó a comisiones la iniciativa del Ejecutivo Federal para reformar el artículo 41 de la Constitución, a fin de contemplar como una causal de nulidad de las elecciones federales o locales la compra o adquisición de cobertura informativa o tiempos en radio y televisión, fuera de los supuestos previstos en la ley.

La reforma constitucional en materia política prevé los supuestos mínimos --que deberán ser detallados en la legislación secundaria-- para que una elección pueda ser declarada inválida por violaciones graves, dolosas y determinantes cuando:

a) Se exceda el gasto de campaña en un cinco por ciento del monto total autorizado;

b) se   compre   cobertura   informativa   o   tiempos   en   radio   y televisión, fuera de los supuestos previstos en la ley y;

c) se reciban o utilicen recursos de procedencia ilícita o recursos públicos en las campañas.

Sin embargo, el Ejecutivo reconoció que el término “compre” previsto en el inciso b) de la Base VI del artículo 41 constitucional, “resulta limitado e insuficiente en relación con el propósito de la reforma constitucional”.

Ello, agregó, porque el acceso a la cobertura informativa o a los tiempos de radio y televisión, no siempre se llevará a cabo mediante una contraprestación consistente en un precio cierto y en dinero y, no obstante, el resultado en materia electoral puede ser el mismo.

Dicho acceso puede ser otorgado “de manera indebida” sin contraprestación alguna, como una donación, o bien, a cambio de prestaciones en especie, las cuales podrían ser lícitas o no y, en otros casos, como medio de pago para la liberación de obligaciones contraídas con el partido político o candidato de que se trate, e incluso, respecto de terceros.

De lo anterior se desprende que “el pago de un precio cierto y en dinero”, no es un elemento relevante para efectos de los fines que persigue la reforma, pues basta el acceso indebido a la cobertura informativa o los tiempos de radio y televisión para que se produzca una consecuencia en el proceso electoral, se expone en el documento.

La iniciativa, turnada a las comisiones de Puntos Constitucionales, Gobernación y de Estudios Legislativos, Primera, propone modificar el inciso b) con el propósito de que se contemple como una causal de nulidad la compra o adquisición de cobertura informativa o tiempos en radio y televisión, fuera de los supuestos previstos en la ley.

Lo anterior, se enfatiza en la propuesta, “implica un supuesto mucho más amplio, pues ya no sería necesario acreditar la obligación correlativa de la entrega del precio cierto y en dinero, sino únicamente la violación grave, dolosa y determinante, consistente en el supuesto de “adquisición” de cobertura informativa o tiempos de radio y televisión fuera de los supuestos previstos en la ley, independientemente de la contraprestación pactada”.

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