Senadoras del Partido Revolucionario Institucional pidieron prever como constitutivas de violencia laboral contra la mujer la negativa ilegal de respetar sus oportunidades de ascenso y el que se les exijan certificados médicos de no embarazo.
La iniciativa con proyecto de decreto por el que se solicita reformar el artículo 11 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, las legisladoras precisaron que su finalidad es erradicar por completo la práctica de conductas de segregación laboral, establecidos culturalmente en función de género y no de las capacidades de cada persona.
En tribuna, la senadora Margarita Flores Sánchez subrayó que la búsqueda de la equidad y justicia para las mujeres es una labor que debe continuar y reforzarse a fin de contar los instrumentos jurídicos que permitan la erradicación de las formas de discriminación y violencia contra la mujer.
Flores Sánchez, en su exposición de motivos, indicó que desde hace más de tres décadas, los movimientos de mujeres, a nivel internacional y nacional, han señalado de manera insistente la necesidad de que los Estados reconozcan que la violencia contra la mujer no es un problema de índole personal o privado, sino un problema social.
Precisó que de acuerdo con un estudio de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, en América Latina la participación de las mujeres en el mercado laboral pasó de un 32 por ciento a un 53 por ciento, no obstante las mujeres comienzan con sueldos más bajos que sus colegas varones.
Destacó que en México la situación de incremento no dista de ser diferente, toda vez que, de acuerdo con la Organización Internacional del Trabajo, la tasa de participación femenina en el mercado laboral alcanza cerca de un 45 por ciento y más de la cuarta parte de los hogares mexicanos cuentan con una mujer a la cabeza.
Indicó que según el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, el 26.6 por ciento de las mujeres asalariadas, equivalente al 6.1 millones, han enfrentado alguna vez actos de discriminación laboral, tales como la negativa al acceso o permanencia al trabajo asalariado por cuestiones relacionadas con la edad, estado civil o la maternidad.
O bien, abundó, reducción de salario o menor salario, prestaciones y oportunidades para ascender al igual que los hombres; situación que se ve agravada en la mayoría de los casos con la solicitud de certificados médicos de no embarazo.
Recordó que el Estado mexicano ratificó la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, que prevé en su artículo 11 que “Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera del empleo, a fin de asegurar a la mujer condiciones de igualdad con los hombres, los mismos derechos.
Esta Convención, dijo, obliga a los Estados parte a adoptar las medidas adecuadas a fin de impedir la discriminación contra la mujer por cuestiones de matrimonio o maternidad.
En democracia, enfatizó, el Estado debe garantizar la igualdad de todos los derechos de las personas, pues la discriminación niega a las mismas la oportunidad de mejorar sus vidas, cambiar sus perspectivas familiares.
La iniciativa fue turnada a las comisiones Unidas para la Igualdad de Género, y de Estudios Legislativos, Segunda.
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