Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL


Durante el Primer Periodo Ordinario de Sesiones del Segundo Año, el Senado de la República impulsó reformas para apoyar a los trabajadores, reforzar a la atención a mujeres embarazadas infectadas con VIH-Sida, impedir la publicidad engañosa, permitir convenios para la subrogación de guarderías infantiles y la expedición de una nueva ley para proteger la atmósfera.
Senado fortalece legislación para impedir publicidad engañosa  
Por unanimidad, el pasado ocho de octubre, el Senado aprobó una reforma para prohibir que en la comercialización de productos y servicios se utilicen como aval las “recomendaciones o certificaciones” expedidas por sociedades o asociaciones profesionales, cuando carezcan de las pruebas técnico-científicas que acreditan las cualidades o propiedades del producto o servicio.
En el dictamen se menciona que a pesar de los esfuerzos que el Congreso ha realizado para regular la publicidad engañosa “aún falta un camino por recorrer” para garantizar la protección de los consumidores.
La propuesta, que modifica el artículo 32 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, se aprobó con 99 votos a favor y se turnó a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.
Atención del SIDA en mujeres embarazada será prioritaria
El 2 de diciembre, el Senado respaldó la minuta que adiciona una fracción I Bis al artículo 61 de la Ley General de Salud, para que la atención de la transmisión del VIH/SIDA y otras infecciones de transmisión sSexual se considere de carácter prioritario en mujeres embarazadas.
Con ello, destacaron los legisladores, se evitaría la transmisión perinatal de la enfermedad y se reforzarán las acciones y estrategias adecuadas para que todos aquellos que la padecen y son portadores puedan tener acceso a los tratamientos antirretrovirales en el país, así como realizar pruebas de detección de VIH a todas las mujeres embarazadas.
El proyecto se envió al Ejecutivo federal.
Apoyo a trabajadores que no puedan pagar créditos del Infonavit
Además, en la sesión del 2 de diciembre, se aprobó una minuta que adiciona el artículo 71 a la Ley del Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores (Infonavit), a fin de establecer un modelo de cobranza social para apoyar a los derechohabientes que no puedan pagar con puntualidad las hipotecas contratadas, ya sea por pérdida involuntaria de su trabajo, paro técnico o disminución de sus ingresos.
El dictamen, que se validó con 78 votos a favor, establece que “con el objetivo de preservar y fortalecer el ahorro de los derechohabientes depositado en su subcuenta de vivienda y atendiendo los balances necesarios que su naturaleza social exige, el Instituto promoverá la búsqueda de soluciones que ayuden a los acreditados a conservar su patrimonio”.
Para ello, el Infonavit “llevará a cabo la recuperación de los créditos que hubiera otorgado partiendo de un esquema de cobranza social aprobado por el Consejo de Administración”, se expone en el documento que se envió al Ejecutivo federal.
Convenios de subrogación de servicios de guardería infantil
En el rubro relativo a la seguridad social, la Cámara de Senadores avaló una reforma para que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) pueda celebrar convenios de subrogación de los servicios de guardería infantil con patrones u organizaciones de patrones.
De acuerdo con la reforma al artículo 213 de la Ley del Seguro Social, que se aprobó el 13 de diciembre, estos servicios se deberán llevar a cabo “siempre bajo vigilancia y responsabilidad del propio Instituto”.
Los convenios fijarán el plazo de su vigencia, las características del servicio subrogado, los pagos que deban hacerse, la forma de cubrirlos, las causas y procedimientos de terminación, así como las demás condiciones pertinentes, en los términos de las disposiciones que expida el Consejo Técnico del IMSS.
Además, los patrones u organizaciones de patrones estarán obligados a proporcionar al Instituto los informes y estadísticas médicas o administrativas que éste les exige y a sujetarse a las instrucciones, normas técnicas, inspecciones y vigilancia prescritas por el Instituto.
Asimismo, el Instituto podrá convenir la reversión de una parte de la cuota patronal, en proporción a la naturaleza y cuantía de los servicios proporcionados, conforme a las disposiciones que emita el Consejo Técnico.
Ley General de la Calidad del Aire y Protección a la Atmósfera
Aprobada su expedición el 13 de diciembre, esta nueva ley busca reglamentar las disposiciones establecidas en la Constitución en materia de protección al ambiente, así como preservar la calidad del aire y de la atmósfera.
Ley General de la Calidad del Aire y Protección a la Atmósfera integrará en un solo ordenamiento jurídico todas las disposiciones que actualmente existen en la materia.
El ordenamiento contará con instrumentos eficaces y operativos que atiendan las deficiencias actuales en la gestión de la calidad del aire y que combatan la contaminación atmosférica, que es uno de los principales problemas de México.
Para ello, se establece el concepto de cuencas atmosféricas como unidad de gestión, donde los tres órdenes de gobierno implementarán políticas ambientales, tales como programas de control de emisiones, sistemas de monitoreo, promoción de buenas prácticas o procesos industriales e impulsará la participación social.
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