Senado de la República

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Durante el Primer Periodo Ordinario de Sesiones del Segundo Año, de la LXII Legislatura, el Senado de la República impulsó reformas a diversos ordenamientos legales, a fin de expedir el nuevo Código Nacional de Procedimientos Penales, ampliar el plazo para evaluación y certificación policial, indulto, traductores indígenas, además de la ratificación del Tratado de Armas.
CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES
El pasado cinco de diciembre el Pleno aprobó con 104 votos el dictamen que expide el Código Nacional de Procedimientos Penales, el cual busca transitar de un sistema de justicia inquisitorio a un modelo de corte acusatorio adversarial.
Con este ordenamiento se establecen nuevas normas en la investigación, procesamiento y sanción de delitos por parte de los órganos jurisdiccionales locales y federales, tales como la regulación de juicios orales, los cuales se llevarán a cabo en audiencias públicas para que tanto las partes en conflicto como el público en general puedan presenciarlas.
Asimismo, dispone que cuando el Ministerio Público considere necesaria la intervención de comunicaciones privadas para la investigación, el titular de la Procuraduría General de la República o los servidores públicos facultados podrán solicitar al juez federal de control la autorización de esta medida.
También se incluye la posibilidad de que los registros de las actuaciones en todo el procedimiento se realicen por escrito, audio o video y, en general, por cualquier soporte que garantice su reproducción.
AMPLÍAN PLAZO PARA EVALUAR Y CERTIFICAR A POLICÍAS
En tanto, el 17 de octubre la Cámara de Senadores avaló una adición a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con el objetivo de ampliar por 12 meses más el plazo establecido para concluir con la evaluación y certificación de los integrantes de las instituciones policiacas.
Además, los senadores hicieron un llamado a los tres órdenes de gobierno que hagan las previsiones presupuestales necesarias para cumplir con este objetivo y establezcan una partida específica en el siguiente ejercicio fiscal.
Así, los integrantes de las instituciones de seguridad pública, en un plazo de 12 meses, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, deberán obtener la certificación por parte de los centros de evaluación y control de confianza, de lo contrario serán separados del servicio.
Los legisladores mantuvieron la obligación del secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública de presentarse ante el Senado de la República para rendir un informe del avance del Programas a los seis meses de su entrada en vigor.
INDULTO ALBERTO PATISHTÁN GÓMEZ
Otra de las reformas relevantes que se llevaron a cabo en este periodo de sesiones es la referente al artículo 97 Bis del Código Penal Federal, el cual fue modificado con el objetivo de que el titular del Ejecutivo Federal pudiera conceder el indulto al profesor indígena Alberto Patishtán Gómez.
Avalada el 23 de octubre, esta medida contemplaba la liberación de Patishtán Gómez, además de establecer que las personas condenadas bajo procesos judiciales irregulares también pueden ser indultadas por parte del Ejecutivo Federal a petición de alguna de las cámaras del Congreso de la Unión.
Los legisladores explicaron que con esta enmienda el Presidente de la República podrá conceder un indulto por cualquier delito del orden federal o común en el Distrito Federal cuando existan indicios consistentes de violaciones graves a los derechos humanos de la persona sentenciada
TRATADO SOBRE COMERCIO DE ARMAS
El pasado 18 de septiembre, el Senado de la República aprobó el Tratado sobre el Comercio de Armas, que establece la responsabilidad de los estados firmantes a regular de manera efectiva la venta internacional de armas convencionales y evitar su desvío al mercado negro.
El convenio incluye el respeto a los intereses legítimos de los Estados de adquirir armamento para ejercer su derecho de legítima defensa y para operaciones de mantenimiento de la paz, así como de fabricar, exportar, importar y transferir armas convencionales.
Aprobado por el pleno con 80 votos a favor y cinco en contra, el dictamen también instituye la responsabilidad de las naciones de instrumentar sistemas nacionales de control para este tipo de artefactos.
De esta manera, los Estados parte se encuentran obligados a regular todas las transferencias internacionales --incluidas las actividades de importación, exportación, tránsito y corretaje-- de armas pequeñas y ligeras, así como sus municiones, partes y componentes.
El tratado se fundamenta en los principios del derecho inmanente de las naciones a la legítima defensa individual o colectiva, la solución de controversias por medios pacíficos y la no intervención en los asuntos que son esencialmente de la jurisdicción interna de cada Estado.
Además, tiene como base la renuncia a recurrir, en las relaciones internacionales, a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, fundamentos establecidos en la Carta de las Naciones Unidas.
GARANTIZAN TRADUCTORES INDÍGENAS
En otro asunto, el Senado de la República aprobó una minuta para garantizar el derecho de los pueblos indígenas a una defensa en materia penal y asesoría jurídica en la lengua originaria que corresponda.
Para ello, el 12 de noviembre se avaló que el Instituto Federal de Defensoría Pública actúe en coordinación con traductores e intérpretes que tengan conocimiento de la lengua y cultura a la que aquellos pertenezcan.
La minuta que reforma la Ley Federal de Defensoría se envió al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.
CLASIFICACIÓN DE SUSTANCIAS PSICOTRÓPICAS
Por unanimidad, la Cámara de Senadores aprobó reformas a las fracciones I y III del artículo 245 de la Ley General de Salud, a fin de incluir en la clasificación de sustancias psicotrópicas, la mefedrona, piperazina TFMPP, midazolam y el canabinoide sintético K2.
Con ello, se busca regular fármacos que propician adicciones o sirven como precursores en la fabricación de drogas.
Con estas modificaciones, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) aplicará las medidas de control y vigilancia necesarias respecto al uso terapéutico o, en su caso, procedan conforme lo marca la ley contra el uso indebido de cada una de ellas.
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