Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL


El Senado de la República aprobó con 80 votos a favor un proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley de Puertos y de al Ley de Navegación y Comercio Marítimos, a fin de armonizar las tres leyes entre sí y con la normatividad internacional en materia de búsqueda, rescate, salvamento, seguridad y protección marítima.
Lo anterior en tanto que el comercio marítimo requiere desarrollar sus actividades en vías de navegación, puertos y terminales que brinden seguridad y que se encuentren protegidos por las autoridades competentes.
De esta manera, en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, se establece que corresponde a la Secretaría de Marina (SEMAR) ejercer la autoridad en las zonas marinas mexicanas en materia de búsqueda y rescate para la salvaguarda de la vida humana en el mar; vertimiento de desechos y otras materias al mar, y protección marítima y portuaria en coordinación con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).
Mientras tanto, en la Ley de Puertos se reconoce a los Centros Unificados para la Protección Marítima y Portuaria (CUMAR) –los cuales se establecieron desde hace seis años en los 14 principales puertos mexicanos para brindar seguridad y protección- como grupos de coordinación interinstitucional entre la SEMAR y la SCT.
Por protección marítima portuaria se entienden las medidas, mecanismos, acciones o instrumentos que permitan un nivel de riesgo aceptable en los puertos y en la administración, operación y servicios portuarios; así como en las actividades marítimas, en los términos que establezcan los tratados internacionales en los que México sea parte en la materia.
Asimismo, se precisa que los administradores portuarios deben proporcionar al CUMAR la información que les sea requerida relacionada con la protección marítima y portuaria, así como tomar en cuenta sus recomendaciones.
Las modificaciones al concepto de protección marítima portuaria, al CUMAR y a las atribuciones de la SEMAR se replican en la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, con lo cual se da sustento jurídico a la actuación de las autoridades que tienen injerencia en el ámbito; situación que permitirá al Estado mexicano garantizar el orden interno y cumplir con sus compromisos internacionales en materia marítima y portuaria.
El dictamen se envió al Ejecutivo Federal para efectos de su publicación.
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