Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

altTipificar como  grave el delito de quienes de manera dolosa y furtiva capturen abulón o langosta, propuso el senador Carlos Mendoza Davis, al presentar iniciativa para reformar el artículo 420 del Código Penal Federal, ya que las sanciones contempladas en la legislación actual no han sido suficientes para erradicar la informalidad e ilegal de esa actividad, afirmó.

En nuestro país, aseveró, la pesca ilegal se ha agudizado a lo largo y ancho de nuestros litorales amenazando los recursos pesqueros y alcanza -según estimaciones de Conapesca y Sagarpa- 30 por ciento de la producción registrada, destacándose especies de alto valor comercial como el abulón y la langosta.

Afirmó que, por ello, el combate frontal a la pesca ilegal es necesario para erradicarla y coadyuvar con la sustentabilidad de las pesquerías de la cual depende el incremento en los empleos del sector, el desarrollo ordenado de la actividad y la seguridad de las familias que dependen económicamente de la pesca de estos productos.

“Hay que proteger nuestra riqueza castigando de manera ejemplar a quienes quieren apropiarse de ella sin tener autorización para hacerlo, hay que garantizar que nuestra producción genere riqueza,  la riqueza genere bienestar y nuestro bienestar genere la igualdad que todos vamos buscando”, puntualizó.

Dejemos claro en el Senado que nada ni nadie está por encima de la ley y que nadie que atente contra el trabajo honrado de los mexicanos podrá pasar por encima de ella, subrayó el también integrante de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.    

En el proyecto destaca el propósito de sancionar efectivamente y sin distinción a cualquier persona o conjunto de ellas que de manera dolosa capturen, transformen, acopien, transporten, destruyan o comercien con las especies abulón o langosta, dentro o fuera de los periodos de veda sin contar con la autorización correspondiente.

La iniciativa se turnó para su análisis a las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, Segunda.

--ooOOoo-- 

Calendario

Diciembre 2024
Lu Ma Mi Ju Vi Sa Do
25 26 27 28 29 30 1
2 3 4 5 6 7 8
9 10 11 12 13 14 15
16 17 18 19 20 21 22
23 24 25 26 27 28 29
30 31 1 2 3 4 5