Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL


Con 76 votos a favor, el Senado de la República aprobó un dictamen para reformar el artículo tercero de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente,a fin de homologar la definición de residuos peligrosos contenida en dicho ordenamiento con la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, y otorgar así claridad al marco jurídico ambiental.
De esta manera, se establecen como residuos peligrosos aquéllos que posean alguna de las características de corrosividad, reactividad, explosividad, toxicidad, inflamabilidad o que contengan agentes infecciosos que le confieran peligrosidad; así como envases, recipientes, embalajes y suelos que hayan sido contaminados cuando se transfieran a otro sitio y, por tanto, representan un peligro al equilibrio ecológico o el ambiente.
El concepto que prevalece es el contenido en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, ya que este cuerpo normativo es el encargado de regular específicamente la gestión integral de los residuos peligrosos.
El dictamen se remitió al Ejecutivo Federal para su publicación.
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