Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

La Senadora por Tamaulipas, Sandra Luz García, afirmó que más allá de realizar ceremonias y eventos para conmemorar el centenario de la Constitución, se le debe de dotar de figuras que obliguen a cumplirla, tal y como es la acción por omisión legislativa propuesta.

·          La iniciativa de omisión legislativa es por inactividad o silencio por parte de Legisladores y del propio Ejecutivo

·          Cuando el Poder Legislativo o Ejecutivo no hayan aprobado alguna Ley, decreto o norma de carácter general o reglamentaria de la Constitución

·           En el caso de omisión de normas generales, se obliga a la autoridad correspondiente a expedirla o cumplir lo ordenado en un plazo no mayor a noventa días naturales.

·          La reforma contempla que puede interponerse acción ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación y declare la existencia de una omisión legislativa.

·         El objeto de la iniciativa es incorporar la acción por omisión legislativa en nuestra Carta Magna.

La acción por omisión legislativa es una figura jurídica que existe en diversos países y en diversas entidades federativas y consiste en la intervención del poder judicial ante la inactividad o silencio por parte del legislador para crear, reformar o adicionar una Ley que por orden de la Constitución debe hacerse; es decir, ante el incumplimiento del legislador ante un mandato constitucional se faculta al poder judicial para ordenar se cumpla con la obligación mandatada y en caso de que el Legislativo insista en seguir incumpliendo, se le faculta para emitir los lineamientos mínimos para hacer realidad los derechos consagrados en la carta magna.

Existen ocasiones en que nosotros, como partes integrantes del Congreso de la Unión y también el Ejecutivo, no cumplimos con un mandato constitucional de realizar actos materialmente legislativos; en específico, que el Congreso realice actos de creación o reforma de leyes y el Ejecutivo de reglamentos, por lo que el objeto de la presente iniciativa es incorporar la acción por omisión legislativa en nuestra Carta Magna.

Es importante señalar que existen casos en que únicamente se sanciona la omisión total de legislar; sin embargo, también puede existir omisión legislativa parcial, que es cuando el congreso legisla de forma deficiente un mandato constitucional, generando lagunas legales que tienen que ser cubiertas por el Poder Judicial.

La Senadora por Tamaulipas afirmó que más allá de realizar ceremonias y eventos para conmemorar el centenario de la Constitución, se le debe de dotar de figuras que obliguen a cumplirla, tal y como es la acción por omisión legislativa propuesta.

Por su parte recordó que la acción por omisión legislativa ya existe en algunas entidades federativas como Quintana Roo, Tlaxcala, Chiapas y Veracruz y de igual manera fue incorporada en la primera Constitución de la Ciudad de México.

En ocasiones el Congreso de la Unión ha incumplido un mandato constitucional de hacer una Ley o expedir alguna reforma, dejando ineficaz el texto constitucional y en muchas ocasiones por falta de acuerdos, negligencia o incompetencia ha dejado a los ciudadanos en estado de indefensión; ejemplo de lo anterior se da con la Ley General de Desaparición Forzada de Personas o la Ley General de Tortura que debieron ser aprobadas a más tardar el 11 de febrero de 2016, Igualmente, la ley reglamentaria del artículo 29 Constitucional en materia de suspensión de garantias tiene casi siete años de retraso.

Por lo anterior, la presente iniciativa propone reformar y adicionar la fracción III del artículo 105 de la Constitución para conceder a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la facultad para conocer y resolver las acciones por omisión legislativa cuando el Legislativo o el Ejecutivo no hayan aprobado alguna ley, decreto o norma de carácter general o reglamentaria de esta Constitución, o habiéndolas aprobado se estime que no cumplen con los preceptos constitucionales. Esta acción podrá interponerse por el Presidente, por cualquier organismo constitucional autónomo en materia de su competencia, La Fiscalía General de Justicia, los estados y la ciudadanía en general, siempre que la solicitud cuente con el apoyo del cero punto trece por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores.

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Para la Senadora Panista Sandra Luz García, la omisión legislativa no debe dejarse en el olvido, ya que es responsabilidad de todos y cada uno cumplir y entregar resultados en tiempo y forma.

 

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