Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

La senadora Angélica de la Peña presenta una iniciativa a fin de disminuir significativamente el número de diputados federales por ambos principios (mayoría relativa y representación proporcional) hasta en una mitad y la de Senadoras y Senadores por el principio de primera minoría, sin afectar la representación proporcional.

Con ello la división geográfica electoral se reduciría a 125 distritos electorales y la asignación de diputados plurinominales sería también de 125 diputados en lascinco circunscripciones plurinominales.

La senadora del PRD explicó que con ello si bien la Cámara de Diputados y el Senado de la República tendrían un ahorro significativo al reducir a la mitad a las y los diputados y eliminar la figura de Senadoras y Senadores de primera minoria, no se vería afectada la pluralidad política del país.

“Actualmente existen propuestas encaminadas a eliminar de tajo la representación proporcional bajo un discurso de falsa austeridad y que de aprobarse llevaría al Congreso de la Unión a la época del llamado Partido de Estado”, acotó.

De la Peña Gómez señaló que la representación política es uno de los temas que en democracia tiene un valor fundamental, ya que mediante ésta las distintas voces, posiciones políticas e ideologías encuentran su caja de resonancia y su expresión en los órganos legislativos.

En palabras de Lorenzo Córdova, la pluralidad política de una sociedad se refleja de mejor manera en los sistemas de representación proporcional; los sistemas proporcionales contribuyen más al carácter representativo de las democracias por el resultado en la diversidad ideológica de la representación política que producen. Por otra parte, los sistemas de mayoría tienden, por su propia naturaleza, a acentuar el fenómeno de sobre y subrepresentación.

“Sin embargo, el tema de la representación política no es ajeno a la crítica y al escrutinio público. Hay que reconocer que actualmente se ha llegado a cuestionarse seriamente la falta de confianza y descrédito de la institución legislativa”, añadió la senadora perredista.

Hoy a raíz de la crisis económica y el aumento indiscriminado al precio de los combustibles, los cuestionamientos apuntan hacia el costo de los paridos políticos y de los representantes populares de la llamada representación proporcional .

Asimismo, la propuesta de la senadora incluye por otra parte proponemos que en el caso del Senado de la República sea obligación de todas y todos los Senadores independientemente de la vía en la que fueron electos informen a la ciudadanía al término de cada año legislativo de las actividades legislativas, de representación, oficiales y de Grupo Parlamentario que hayan realizado en dicho periodo, con la finalidad de garantizar en esta Cámara los principios de legalidad, fiscalización, transparencia y rendición de cuentas.

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 52, 53, 54 Y 56 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

ARTÍCULO ÚNICO. Se reforman los artículos 52, 53, 54 y 56 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar cómo sigue:

Artículo 52. La Cámara de Diputados estará integrada por 125 diputados electos según el principio de votación mayoritaria relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales, y 125 diputados que serán electos según el principio de representación proporcional, mediante el Sistema de Listas Regionales, votadas en circunscripcionales

Artículo 53. La demarcación territorial de los 125 distritos electorales uninominales será la que resulte de dividir la población total del país entre los distritos señalados. La distribución de los distritos electorales uninominales entre las entidades federativas se hará teniendo en cuenta el último censo general de población, sin que en ningún caso la representación de una entidad federativa pueda ser menor de dos diputados de mayoría.

Para la elección de los 125 diputados según el principio de representación proporcional y el Sistema de Listas Regionales, se constituirán cinco circunscripciones electorales plurinominales en el país. La Ley determinará la forma de establecer la demarcación territorial de estas circunscripciones.

Artículo 54. La elección de los 125 diputados según el principio de representación proporcional y el sistema de asignación por listas regionales, se sujetará a las siguientes bases y a lo que disponga la ley:

I a VI …

Artículo 56. La Cámara de Senadores se integrará por noventa y seis senadores, de los cuales, en cada Estado y en la Ciudad de México, dos serán elegidos según el principio de votación mayoritaria relativa.

Los treinta y dos senadores restantes serán elegidos según el principio de representación proporcional, mediante el sistema de listas votadas en una sola circunscripción plurinominal nacional. La ley establecerá las reglas y fórmulas para estos efectos.

La Cámara de Senadores se renovará en su totalidad cada seis años.Al término de cada año legislativo deberán informar a la ciudadanía de las actividades legislativas, de representación, oficiales y de Grupo Parlamentario realizadas en dicho periodo.

TRANSITORIO

ÚNICO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

 

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