Senado de la República

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El Senado de la República aprobó un dictamen que reforma el Código Penal Federal y la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, con el propósito de incrementar las penas para la portación ilegal de armas de uso exclusivo del Ejército.

Aprobado con 89 votos a favor y uno en contra, el dictamen establece que se convertirán en delitos graves la portación de armas de uso exclusivo del Ejército y la posesión de cartuchos de alto calibre.

Al presentar el dictamen ante el Pleno del Senado, el Presidente de la Comisión de Justicia, senador Fernando Yunes Márquez, dijo que en el documento se establece una política para combatir el crimen basada en el incremento de la punibilidad de los delitos de portación de armas de fuego sin permiso, licencia y sin registro, así como la portación y posesión de armas de fuego, explosivos y accesorios exclusivos del Ejército, Fuerza Área y Armada.

Aseguró que incrementar las penas por la portación ilegal de armas de uso exclusivo del Ejército es una herramienta más de política anticrimen del Estado mexicano y servirá para la pacificación de México.

Las reformas y adiciones que se proponen al Código Penal Federal y a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos tienen como objetivo consolidar un marco legal que propicie una defensa enérgica de la seguridad pública, agregó el legislador panista.

Explicó que la legislación vigente permite portar algunas armas sin mayor consecuencia que una sanción administrativa, es decir, no existe una pena corporal para ello.

En este sentido, dijo que “la deficiencia en la legislación vigente pone en riesgo bienes jurídicos tutelados por el Estado, como lo son la vida, la paz, la salud y la seguridad interior y nacional”.

El incremento de la pena debe ser proporcional a las condiciones actuales del país, que ayuden a desincentivar la comisión de delitos con armas de fuego, no sólo por el riesgo que representan, sino también para el desarrollo armónico y sano de la sociedad, añadió.

El legislador explicó que se establece que, además de castigarse con pena de prisión, los jueces podrán tener la facultad de incrementar la pena proporcionalmente a las circunstancias específicas de cada caso.