Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

• La deducibilidad abarcaría el pago de colegiaturas desde preescolar hasta posgrado

• La iniciativa es de autoría de la diputada Tania Margarita Morgan Navarrete

El senador panista Ernesto Ruffo Appel presentó una iniciativa que propone reformar la Ley del Impuesto sobre la Renta para añadir una fracción que plantea la creación de un estímulo fiscal para hacer deducibles el pago de colegiaturas en instituciones privadas de educación desde el nivel preescolar hasta el de posgrado.

A nombre de la diputada Tania Margarita Morgan Navarrete, autora de la iniciativa, el senador por Baja California afirmó que la propuesta “se sustenta en el principio de simetría tributaria o fiscal que obliga al sistema tributario a que todo gasto que implique la obtención de un ingreso para un contribuyente, permita por otro deducirlo o reducirlo hasta por el monto erogado, en virtud de que constituye una base gravable ya sujeta a imposición”.

En este sentido, Ruffo Appel aseguró que construir un país más equitativo exige, por tanto, que si unos contribuyentes no tienen la obligación de gastar en los pagos de colegiaturas, porque sus hijos reciben la educación de forma gratuita, entonces los otros, los que sí pagan deberían tener la oportunidad de que se les conceda un beneficio fiscal para poder reducir de sus ingresos el monto erogado por el pago de la educación de sus hijos o de ellos mismos.

Por lo anterior, y para beneficio del amplio sector de mexicanos que estudian o tienen a sus familiares estudiando en instituciones privadas, se propone la creación de un estímulo fiscal mediante la deducción en el Impuesto sobre la Renta (ISR) en correspondiente al pago de colegiaturas de los niveles educativos desde preescolar hasta posgrado.

De aprobarse en sus términos la adición de una fracción IX al artículo 151, el pago del ISR podrá deducirse siempre y cuando los pagos se realicen a instituciones educativas privadas que tengan autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios en los términos de la Ley General de Educación.

Asimismo, podrán deducirse siempre y cuando se trate del costo de la educación del alumno y no por pagos correspondientes a cuotas de inscripción o reinscripción, así como que los pagos se realicen mediante cheque nominativo del contribuyente, traspasos de cuentas en instituciones de créditos o casa de bolsa o mediante tarjeta de crédito, de débito o de servicios.

Para la aplicación de la deducción propuesta se deberá comprobar, mediante documentación que reúna requisitos fiscales, que las cantidades correspondientes fueron efectivamente pagadas en el año de calendario de que se trate a instituciones educativas dentro en el país.

En cuanto a las deducciones planteadas, se propone que la cantidad que se podrá disminuir no excederá, por cada persona, los límites anuales de deducción que para cada nivel educativo corresponda.

En este sentido, el límite anual de deducción por nivel educativo será para preescolar de 14 mil 200 pesos; para primaria de 12 mil 900; para secundaria de 19 mil 900; para nivel profesional técnico de 17 mil 100; para bachillerato o su equivalente de 24 mil 500; para licenciatura de 13 mil 300; y para posgrado de 11 mil 300 pesos.

La iniciativa, también fue suscrita por los senadores Ernesto Ruffo Appel y Carlos Mendoza Davis y se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados para su análisis y dictamen correspondiente.

 

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