Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Presenta Torres Peimbert iniciativa para proteger el derecho a la información de los ciudadanos y la labor de los medios de comunicación.

El año pasado se hizo una reforma de gran calado en materia Político Electoral, y dentro de los transitorios se estableció, entre otras cosas, que el Congreso de la Unión tendría que emitir la Ley General de Delitos Electorales, y cumpliendo ese mandato se discutió y publicó en el Diario Oficial de la Federación, el 23 de mayo del presente año esta ley.

Sin embargo, dentro de esta Ley, explicó la senadora Marcela Torres Peimbert, el artículo 7° resulta ambiguo, por lo que consideró que una ley penal con errores en el diseño de los delitos puede ocasionar graves daños a la sociedad al ser mal interpretado por lo que consideró necesario enmendar esa falla.

En ese sentido, detalló que el artículo mencionado se establece que: “se impondrá de cincuenta a cien días de multa y prisión de seis meses a tres años, a quien solicite u ordene evidencia del sentido de su voto...”.

Por lo que al considerar está redacción imprecisa, la legisladora por Querétaro manifestó que “coloca en una situación de incertidumbre jurídica a la actividad de los encuestadores en el desarrollo de los comicios y por lo tanto a la libertad de prensa y al derecho a la información de la ciudadanía”.

Ante dicha situación, la panista manifestó que las encuestas electorales son una actividad permitida y constituyen herramientas fundamentales en el quehacer político de nuestro país, por lo que presentó una iniciativa en la sesión de la Comisión Permanente para proteger esta actividad que efectúan los medios de comunicación.

Por lo que con esta propuesta se pretende clarificar el artículo 7°, para que el marco jurídico en materia de delitos electorales se garantice el desarrollo de las encuestas, las cuales durante época electoral se requiera solicitar al ciudadano que de manera voluntaria manifieste su preferencia política o electoral, hasta antes de la publicación de la Ley General de Delitos Electorales, esto ocurría sin ningún tipo de limitación jurídica, lo cual debe quedar perfectamente claro.

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