Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

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altEl senador Fidel Demédicis Hidalgo propuso modificar el Artículo 165 de la recién promulgada Ley de Amparo, para eliminar el plazo de 48 horas para la suspensión del acto reclamado y otorgar la libertad inmediata, con la finalidad de evitar la victimización de inocentes, que tengan el riesgo de estar bajo la custodia de los Ministerios Públicos.
El Senado de la República, consideró, “se tiene que erigir como el gran defensor de los derechos humanos de los mexicanos y las mexicanas, y si no hacemos eso, entonces poco sentido tiene lo que aquí digamos con la Ley de Víctimas. Aprobamos una Ley de Víctimas, pero abrimos un portón para que se victimice a miles y miles de ciudadanos en este país”.
Demédicis Hidalgo detalló que en la reciente aprobación de la Ley de Amparo, se expusieron las razones por las que no debería aprobarse el Artículo 165 de la Ley, “porque se abría no una rendija sino una puerta enorme para la victimización de ciudadanos que cayeran en manos de una de las instituciones más desprestigiadas en materia de procuración de justicia, como es el Ministerio Público”.
Se proponía, dijo, que autorizada la suspensión del acto reclamado se diera inmediatamente y no en 48 horas porque es un exceso y además se pueden convertir en 96, a pesar de que el artículo 116 de la Constitución en su párrafo 10 señale que ningún indiciado podrá ser retenido por el Ministerio por más de 48 horas; plazo en que se deberá ordenar su libertad o ponerse a disposición de la autoridad judicial.
Cuestionó ¿qué puede suceder en 48 horas estando un ciudadano a disposición del Ministerio Público? “No creo que alguno de ustedes no conozca actos aberrantes de violación de derechos humanos de parte del Ministerio Público. No creo que alguno de ustedes desconozca que esa instancia violenta, de manera sistemática, los derechos humanos de quienes caen en sus garras”.
Aunque el artículo 16 diga que hay sanción para quien se exceda en las 48 horas, preguntó “¿quién va a vigilar esa situación de que se cumpla cabalmente lo que dice el Artículo 16 de la Constitución?”
Seguramente el Senado tendría que poner un visitador en absolutamente todos los ministerios públicos del país, hasta en los lugares más recónditos para garantizar que el Ministerio Público no se exceda de las 48 horas que le señala la ley, finalizó.
La iniciativa se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, Segunda.
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