Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Número-795

  • Notorios padecimientos físicos y mentales en ejemplares utilizados en espectáculos y actos circenses.
  • Difícil garantizar condiciones alimenticias, de especie y veterinarias que demandan los animales.

La Cámara de Senadores aprobó un dictamen para prohibir el uso de ejemplares de vida silvestre en circos, en la realización de actos que contravengan las disposiciones de conservación de vida silvestre fuera de su hábitat natural y faculta al Gobierno federal para expedir normas oficiales que determinen los principios básicos de trato digno y respetuoso en el entrenamiento animal.
Asimismo, plantea sancionar con el equivalente de 50 a 50 mil veces el salario mínimo a quien realice actos que contravengan las disposiciones de conservación de vida silvestre fuera del hábitat natural.
En el dictamen, integrado por dos iniciativas presentadas por el senador Jorge Emilio González, del PVEM, se destaca que resultado de las visitas de inspección de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) a los circos se advierte evidencia de los padecimientos físicos y mentales que sufren los animales, sobre todo los ejemplares de vida silvestre, a causa de sus experiencias en los espectáculos y actos circenses, que impiden la aplicación de la ley respecto del trato digno y respetuoso.
Las comisiones dictaminadoras también manifiestan que la problemática del maltrato animal tiene ya muchos años, por lo que suponen la solución está fuera de los límites normativos actuales, particularmente en el caso del manejo intensivo de vida silvestre en los circos.
Esto, a pesar de que existen factores de tipo económico que desincentivan el cumplimiento de las disposiciones regulatorias, también se observa que aún de cumplirse, el confinamiento de la vida silvestre por sí mismo les resta calidad de vida a los animales.
Asimismo, destacan que los ejemplares más utilizados en circos son los primates y los grandes felinos, los cuales, requieren de condiciones alimenticias, de especie y veterinarias que demandan recursos y especialistas en cantidad y calidad tales que en muchas ocasiones su bienestar es difícilmente garantizado en condiciones de confinamiento.
Este factor de tipo económico implica una disminución en la rentabilidad de los circos, por lo que como reflejan los informes de la Profepa, muchos de ellos incurren en medidas contrarias al trato digno y respetuoso.
Adicionalmente, las comisiones dictaminadoras exponen en el dictamen que la prohibición de usar ejemplares de vida silvestre en circos, actualmente nicho de ingresos para muchos ciudadanos, no viola la libertad de trabajo consagrada en el artículo 5° constitucional, ya que esta restricción obedece al interés colectivo de respetar todas las formas de vida a través de un medio ambiente sano para el bienestar social, por encima de los intereses particulares.
El dictamen que reforma diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al ambiente y de la Ley General de Vida Silvestre, fue aprobado con 90 votos a favor, uno en contra y dos abstenciones, y se turnó a la Cámara de Diputados.

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