MILENIO
: 'Feche
1202.2018
ls.edón
,
RESOLUCION DEL TRIBUNAL ELECTORAL
Rebase de topes
anulará comicios
Elimina el organismo que la diferencia entre candidatos sea menor a
5°/o
carolina Rivera/llllllel
E
1Tribunal mectoral
del Poder Judicial de
laFederadón(Tepjf)
determinó que.
para
anular una
elección
por
rebase
de
topes
de gasto de
campda
ya
no
stri
necesario
que la diferencia entre
primer
y
segundo
~upres.sea
menor a
S
por dento.
Hastaahoralaam•lación
de
los
oornidos
porla
causal
de
rebase
de topes de
gasto
de
campda
se
ha
configurado
Wrlcam.ente
cuando la
di!erenda
entre los
dos principales contendientes
ha sido mínima; sin embargo,
· ahora
ya
no
eziste estalimitante.
Al
aprobar
la
jurisprudencia
con
el
rubro
"NuUdadde
elecd6n
por
rebase
de tope de
gastos
de
ca.m.pafta•, los magistrados re–
solvieron una contradicción de
aiterios
estableciendo
que
quien
busque anularuna
elecc:ión
que
supereS
por
dento de
diferencia
deberá acreditar
que
laviolación
fue
grave,
dolosa
y
determinante.
Mientras que cuando la dife–
rencia de votación
entre
primer
y segundo lugares seamenor a S
por ciento,
la
consecuencia será
presumir
que
la
irregularidad
fue
determinante para el resultado
de
la
elección,
sin
que ello
signi–
fique, demanera automática, la
declaratoria de nulidad
•La distribución de la carga
probatoria para acreditar esos
I
MIMCAJ.ai!U
• En esta
fase
los partidos pollticos
y
candidatos a puestos de elección popular no pueden difundir
sus
plataformas ni
realizar
actos
de
campal\a
·
¿QIIt...
lllllrt
....
y............
tlael
Espado
para
I!50IYer
difelenclas
soln
la
selecdón
interna de
CilldidalDs.
Aoondos
que
presenten
la
illeoloBfa,
valores
o
propnas
de
un
partido polltim.
, Invitar
a
los
dudadanos
a
participar
en
la
vida
democJilic¡
del
pals.
Incluir
posiciona–
mientos de
intl!rés
general
Y
con
carácter
informaliw
Alusión
genérica
al
cambio oala
continuidad
de
una
poUtica pública
•
Asistir aeventos
privados
1
yreuniones
para
exponer
temas generales y
de
interés público
•
Llamar
al
voto ni
incurrir en actos
anticipados de
campaha.
elementos dependerá de la dife–
rencia
de
votación
entre
primer
y
segundo lugares de la siguiente
manera:
cuando
seaigualomáyor
a S por-ciento, su acreditaqión
corresponde a quien sustenta
la invalidez.
En.
el caso en que dicho por–
centaje sea menor, la misma
constituye una presunción re-
ttt
tfacer propaganda a
favor oen contra de
algún partidoPOIItico
ocandidato.
Realizar entrevistaS
y
difundir noticias sobre
partidos políticos
y
precandidatos.
lativa
luris tantum,
y
la carga
de la prueba se revierte al que
pretenda desvirtuarlo", explicó
el magistrado ponente Felipe
Fuentes Barrera.