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El proyecto de decreto se turnó a las comisiones de Puntos Constitucionales, Comunicaciones y Transportes, Radio, Televisión y Cinematografía y de Estudios Legislativos, con opinión de las de Gobernación y de Justicia.
A nombre de la Mesa Directiva, el senador Ernesto Cordero Arroyo se pronunció porque la minuta se debata con responsabilidad.
La propuesta de la colegisladora plantea, entre otros puntos, que las telecomunicaciones son servicios públicos de interés general, por lo que el Estado garantizará que sean prestados en condiciones de competencia, calidad, pluralidad, cobertura universal, interconexión, convergencia, acceso libre y continuidad.
Prevé que la radiodifusión también sea considerada como un servicio de interés general, que sea prestado bajo principios de competencia y calidad y que brinde los beneficios de la cultura a toda la población, preservando la pluralidad de la información, así como el fomento de los valores de identidad establecidos en la Constitución.
Además, prohíbe la transmisión de publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa y se establecen las condiciones que deben regir los contenidos y la contratación de los servicios para su transmisión al público.
Con las reformas se crea el Instituto Federal de Telecomunicaciones como un órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tendrá a su cargo la regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes y la prestación de los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones.
A dicho organismo le corresponderá la competencia económica en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, así como el otorgamiento, revocación y autorización de concesiones o cambios de control accionarios, titularidad u operaciones de sociedades relacionadas con el rubro.
La propuesta de los diputados también sugiere una Comisión Federal de Competencia Económica autónoma para prevenir, investigar y combatir los monopolios, las prácticas monopólicas, las concentraciones y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados.
Tanto la Comisión como el Instituto, precisa, se integrarán por siete comisionados designados en forma escalonada a propuesta del Ejecutivo Federal y con la ratificación de la Cámara de Senadores.
Asimismo, contempla que la manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa sino en el caso de que ataque a la moral, “la vida privada” o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público.
Y dispone que toda personas tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión.
En los artículos transitorios, la minuta propone que el Congreso de la Unión realice las adecuaciones necesarias al marco jurídico a los 180 días naturales siguientes a la entrada en vigor de la reforma, a fin de establecer los tipos penales especiales que castiguen severamente las prácticas monopólicas y fenómenos de concentración.
Además, para homologar el régimen de permisos y concesiones de radiodifusión, a efecto de únicamente existan concesiones, asegurando una diversidad de medios que permita distinguir las concesiones de usos comercial, público, social y privado.
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