Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL


(R  E  C  E  S  O)


(Sigue 10ª parte)
 

…-EL C. PRESIDENTE CERVANTES ANDRADE: Se reanuda la Sesión Extraordinaria.
-Informo al Pleno que hace unos momentos recibimos de la Cámara de Diputados el proyecto de decreto que reforma diversos artículos de la Ley General en Materia de Delitos Electorales. Esta presidencia acordó el turno del proyecto a las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, Segunda, para que a la brevedad analicen el asunto y emitan el dictamen que corresponda.
Compañeros senadores, informo a ustedes que las Comisiones Unidas de Reforma del Estado y de Estudios Legislativo, Segunda, en atención al exhorto que se le hizo para emitir el dictamen sobre el proyecto que acabamos de recibir de la Cámara de Diputados, entregaron ya a la Mesa Directiva el documento que contiene proyecto de decreto por el que se deroga la fracción XXXI del artículo 209 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
-Consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si se autoriza que el asunto se incorpore a la agenda de este día para su trámite.
-LA C. SECRETARIA BARRERA TAPIA: Consulta a la Asamblea, en votación económica, si se autoriza que se integren a los asuntos de hoy el dictamen referido por la Presidencia.
-Quienes estén por la afirmativa, favor de levantar la mano.
(La Asamblea asiente)
-Quienes estén por la negativa, favor de levantar la mano.
(La Asamblea no asiente)
-Sí se autoriza su incorporación, señor Presidente.
-EL C. PRESIDENTE CERVANTES ANDRADE: Gracias, Secretaria.
-El dictamen está disponible en sus escaños, el documento viene acompañado del voto particular del Senador Roberto Gil Zuarth.
-Solicito a la Secretaría consulte a la Asamblea, en votación económica, si se autoriza que se omita la lectura del dictamen.
-LA C. SECRETARIA BARRERA TAPIA: Consulto a la Asamblea, en votación económica, si autoriza que se omita la lectura del dictamen.
-Quienes estén por la afirmativa, favor de levantar la mano.
(La Asamblea asiente)
-Quienes estén por la negativa, favor de levantar la mano.
(La Asamblea no asiente)
-Sí se autoriza, señor Presidente. Es de primera lectura.
-EL C. PRESIDENTE CERVANTES ANDRADE: Consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si se autoriza que se dispense la segunda lectura del dictamen y se ponga a discusión de inmediato.
-LA C. SECRETARIA BARRERA TAPIA: Consulto a la Asamblea, en votación económica, si autoriza que se dispense la segunda lectura del anterior dictamen.
-Quienes estén por la afirmativa, favor de levantar la mano.
(La Asamblea asiente)
-Quienes estén por la negativa, favor de levantar la mano.
(La Asamblea no asiente)
-Sí se dispensa la segunda lectura, señor Presidente.
-EL C. PRESIDENTE CERVANTES ANDRADE: Gracias, Secretaria.
-Se concede el uso de la palabra al Senador Miguel Ángel Chico Herrera, para presentar el dictamen a nombre de la Comisión de Reforma del Estado, en términos de lo dispuesto por el artículo 196 del Reglamento.
-Por favor, Senador.
-EL C. SENADOR MIGUEL ÁNGEL CHICO HERRERA: Con su permiso, Senador Presidente.
Compañeras senadoras y senadores:
El pasado mes de mayo el Congreso de la Unión dio rigen a una de las reformas más importantes de los últimos años en materia político electoral, cuya trascendencia reviste cambios profundos en lo referente a los procedimientos e instituciones relacionadas con el ámbito electoral. Los cambios a los que me refiero recayeron en la creación de un nuevo marco jurídico con la finalidad de contar con un sistema político electoral más eficiente.
Brindar mayor certeza jurídica en los comicios nacionales, de normar el actuar de los partidos políticos tanto en su vida interna, como en su relación con la sociedad, y contar con un catálogo de conductas sancionables que sean susceptibles de aplicación para quienes incumplan con lo establecido en la legislación en comento. Sin embargo, para que esta legislación pudiera verdaderamente y eficazmente aplicarse también fue necesario reformar otros ordenamientos jurídicos que guardan estrecha relación con los de nueva creación, en específico me refiero a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, cuya finalidad fue armonizar las facultades de los órganos jurisdiccionales y así contar con mecanismos que garanticen la vida democrática de México.
La Minuta que hoy discutimos ha revestido una polémica que sin duda alguna ha resultado sensible para la sociedad mexicana. No obstante como legisladores y representantes de los mexicanos hemos tomado cartas en el asunto. Prueba de ello es que legisladores de todos los grupos parlamentarios, tanto de la Cámara de Diputados, como del Senado de la República, estamos de acuerdo en derogar la facultad de los magistrados electorales, de determinar a través de su comité de administración su haber de retiro.
En virtud de considerar que se habilita de forma incorrecta al Tribunal Electoral para determinar de forma arbitraria un haber de retiro sin establecer parámetros de otorgamiento o cálculo alguno.
Por este motivo, el dictamen que se somete al Pleno por las Comisiones Unidas de Reforma del Estado y el de Estudios Legislativos, Segunda, se presenta a favor de la derogación de la fracción XXXI del artículo 209 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, reconociendo, en todo momento, la necesidad de dotar de claridad y legitimidad el uso de los recursos que destinan a las remuneraciones y prestaciones de los servidores públicos de los distintos órganos del Estado.
Es cuanto, señor Presidente.
-EL C. PRESIDENTE CERVANTES ANDRADE: Gracias, Senador Chico.
-Se concede el uso de la palabra al Senador… Vamos a esperar unos minutos porque hay miembros de la Comisión que está sesionando el otro tema que nos mandó, del extraordinario, la Cámara de Diputados, y son justo los presidentes de la Comisión los que van a hacer los posicionamientos de los partidos, los grupos parlamentarios.
-Tiene el uso de la tribuna el Senador Alejandro Encinas, para presentar dictamen a nombre de la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, en términos de lo dispuesto en el artículo 196 del Reglamento.
-Por favor, Senador.
-EL C. SENADOR ALEJANDRO DE JESÚS ENCINAS RODRÍGUEZ: Muchas gracias, señor Presidente.
Pues en atención al turno que hace unos horas nos hizo el Pleno de este Senado de la República hemos sesionado las Comisiones Unidas, tanto Reforma del Estado, como de Estudios Legislativos, Segunda, para analizar esta minuta que plantea. Es un tema que ya llegó a un debate sustancial no solamente en el Senado y la Cámara de Diputados, sino de opinión pública, que es la eliminación del haber de retiro para los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Creemos que la Minuta recoge la parte más importante de las argumentaciones…

(SIGUE 11ª PARTE)
. . . . . . . . ...........del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Creemos que en la minuta recoge la parte más importante de las argumentaciones que se han vertido en el sentido de que ningún servidor público debe de recibir mayor emolumento de  lo que establece la ley, y que en ningún caso deben recibir ingresos que no solamente resultan ofensivos para la población, sino que además no tienen la base legal suficiente, porque como lo establece la propia Constitución General de la República, no puede haber ningún Haber adicional al que se establece en los propios presupuesto federal.

La fundamentación jurídica creo que está muy bien articulada, y creo que es un buen punto de coincidencia lo que motivó que fuera aprobada por unanimidad de ambas comisiones este dictamen, y planteamos su ratificación al Senado de la República.

Muchas gracias, Presidente.

- EL C. PRESIDENTE SENADOR CERVANTES ANDRADE: Gracias, Senador Encinas. Pasaremos a los posicionamientos de los grupos parlamentarios, tiene la palabra el Senador David Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

- EL C. SENADOR MONREAL ÁVILA: Con el permiso, Presidente. Mal ha iniciado ante la opinión pública la Reforma Político-Electoral recientemente aprobada por la mayoría de los integrantes del Congreso de la Unión.

Quienes impulsaron los cambios a la legislación, ahora ante la crítica mediática, y ante los reclamos sociales, y después de haber sido evidenciados de que sólo votan y aprueban dictámenes sin leer ni discutir buscan echar y dar marcha atrás en esta aprobación.

De la manera más obscena y obtusa se aprobó la fracción XXXI del Artículo 209, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, es decir, el Haber de Retiro, el cual es interpretado por varios legisladores como una pensión vitalicia para los siete magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, para cuando terminaran su gestión.

Si bien es cierto que los jueces deben de gozar de condiciones económicas que garanticen tanto su independencia e imparcialidad en el quehacer de sus funciones públicas, éste no es un argumento suficiente ni necesario para otorgarles un Haber de Retiro Vitalicio. Lamentablemente no es el único caso, ya que actualmente a los ex presidentes de la república; a los ministros de la Suprema Corte, a altos cargos de las Fuerzas Armadas, y a otros titulares de órganos autónomos de la federación también reciben esta jugosa prestación.

De igual manera es innegable que todo lo que está vinculado al tema electoral se encuentra sometido a la duda, la incertidumbre, la sospecha y por supuesto, este tema, el de la pensión vitalicia no es la excepción. Tan sólo hay que recordar el circo mediático con tintes políticos y clientelares que se vivió en el período extraordinario anterior por la aprobación de dicha disposición, ya que con el pretexto de que se podría poner en riesgo los procesos electorales venideros, la mayoría de los legisladores aprobaron la pensión de los magistrados, sin saber siquiera lo que se estaba votando.

Lo anterior ejemplifica de sobremanera que no existió un análisis profundo y real por parte de los legisladores que aprobaron las normas secundarias en materia electoral, lo que deja en claro que el sentido en que votan las distintas bancadas no se decide aquí en el Congreso, sino fuera de éste.

Ahora bien, paradójico resulta que se pretenda otorgar una pensión universal de tan solo 580 pesos a los ciudadanos, y en cambio se haya pretendido otorgar una pensión vitalicia a los magistrados del Tribunal Electoral Federal que ganan 4 millones 206,000 pesos al año, con el falaz argumento de que una vez terminada su gestión quedan imposibilitados para laborar durante dos años.

Al respecto es importante mencionar que los magistrados electorales en el cargo por una década tienen altos beneficios como: Pago anual para riesgo, compensación garantizada, ayuda por jornadas electorales, e incluso la prestación de viajar en primera clase, lo que deja ver, con una buena administración, cómo con una buena administración puedan vivir dignamente durante dos años, aún cuando no reciban percepción alguna.

En consecuencia, resulta penoso cómo se promovió la idea de otorgar un Haber de Retiro, y al mismo tiempo observar cómo aquellos que aprobaron las leyes secundarias en materia electoral, ahora, promuevan con aires de indignación y con tal descaro esta modificación a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Ha quedado de manifiesto que se desaprovechó una gran oportunidad para fortalecer las instituciones de nuestra precaria democracia representativa, pero no repararon en premiar a los integrantes de una institución que en los últimos años se ha caracterizado por ser un órgano parcial, subordinado a los intereses del Poder Ejecutivo.

Este dictamen que ahora se discute, es el resultado de la prisa legislativa y una muestra clara de los oídos sordos que prevalecen en el Congreso de la Unión.

Evitemos repetir estos errores, y en este sentido hago un respetuoso llamado a todas y todos mis compañeros legisladores para que en el marco de la discusión de la Reforma Energética nos conduzcamos con la responsabilidad y rectitud que las circunstancias demandan.

Las prisas de unos cuantos no tienen por qué repercutir en el desarrollo y la vida democrática del país.

Es cuanto, y estamos a favor, del dictamen para retirar esto que indignó a muchos mexicanos, la famosa Pensión Vitalicia o Haber de Retiro. A favor del dictamen.

- EL C. PRESIDENTE SENADOR CERVANTES ANDRADE: El criterio de esta Mesa va a ser flexible en el cumplimiento del Reglamento en el orden que se desahoga, ya que estamos al mismo tiempo por ser un extraordinario, las sesiones sesionando para dictaminar las minutas de la Cámara de Diputados.

Por lo tanto, aunque iniciamos los posicionamientos de los grupos parlamentarios, le daré el uso de la tribuna al Senador Roberto Gil Zuarth, para presentar su voto particular.

- EL C. SENADOR GIL ZUARTH: Con su permiso, señor Presidente, agradeciéndole la flexibilidad para poder presentar este voto particular ante la Asamblea Plenaria de este Senado de la República.

Con la Senadora Arely Gómez González presentamos a su consideración voto particular al dictamen de las Comisiones Unidas para reforma la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación en Materia de Haber de Retiro de los Magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

La congruencia personal y la convicción sobre la necesidad de fortalecer las instituciones impartidoras de justicia es razón más que suficiente para presentar a esta Asamblea una alternativa a la decisión de revertir un contenido sin reparar en su conveniencia implicaciones, y sobre todo, fundamentos éticos y jurídicos.

Pero antes es preciso con sentido de honor y de verdad aclarar varia confusiones sobre el origen y alcance del Haber de Retiro........


(Sigue 12ª. Parte)
....  sobre todo fundamentos éticos y jurídicos, pero antes es preciso con sentido y de honor y de verdad aclarar varias confusiones sobre el origen y alcances del haber de retiro. En primer lugar su inclusión en el dictamen de la reforma política no fue de manera subrepticia, ni tramposa ni fullera.

Desde la discusión constitucional en las mesas alternas a este Senado los haberes de retiro junto con la ampliación del mandato de la actual integración de la Sala Superior fueron motivo de análisis y discusión entre las fuerzas políticas.

En aquella primera etapa el Senado no aceptó el modelo sugerido, no se aceptó equiparar los Magistrados Electorales a los Ministros de la Corte, en cuanto a la pensión vitalicia como derecho constitucional, pero sí se dijo claramente que se explorarían alternativas en la confección de las Leyes Reglamentarias desde el entendimiento compartido de que la reforma política tendría que ocupar de los incentivos a la imparcialidad de la justicia electoral. 

En segundo lugar, es falso que dichas regla hubiese sido de imposible conocimiento para quienes integraron los grupos de trabajo o formaron parte de las comisiones. Existe evidencia de que desde el 12 de mayo, fecha en la que se circuló por primera vez la propuesta del dictamen entre los senadores de todos los partidos políticos en la víspera de sesión de comisiones, y tras una revisión integral a los textos en las reuniones del grupo negociador, la fracción trigésimo primera del artículo 209 de la Ley en comento, estuvo incluida en los términos en los que fue finalmente aprobada por este pleno.

En tercer lugar, y lo más importante, es que la regla aprobada no constituye un derecho subjetivo a una pensión vitalicia, es decir, en modo alguno supone que todos los magistrados habrían de recibir el salario íntegro por el curso de su vida.

No es un derecho como fue construido, sino como una facultad, una facultad asignada al órgano de administración del Tribunal de integración mixta, por cierto, para establecer un sistema objetivo, proporcional, sostenible, racional de compensación a quienes por ley están inhabilitados para ejercer profesiones jurídicas remuneradas por el plazo de dos años.

Una facultad sujeta a la aprobación de la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos, por la sencilla razón de que requiere partida y fondos para hacer cubierta. Esta discusión debe ser ocasión para superar prejuicios, asumir responsabilidades y, sobre todo, para secundar un consenso sólido y sensato, sobre la institucionalidad de nuestro estado de derecho.

El  populismo jurídico, la demagogia irracional sobre la justicia calentamos desafortunadamente desde la política, ha sido una de las principales causas de la atrofia crónica de nuestro sistema de justicia; o no frente a los casos que indignan a la sociedad de inmediato se reacciona con propuestas de más delitos, penas más severas, prisión durante el juicio y menos garantías a los justiciables, ese, compañeros senadores es populismo penal, y el populismo penal trastoca la racionalidad de último fin de la potestad  punitiva del Estado, y germina en reacciones autoritarias.

Nosotros somos los primeros responsables de que el sistema de Justicia no funcione adecuadamente en nuestro país porque no hemos construido paradigmas en los que se sostenga un consenso de lo que podemos y debemos hacer para que la justicia funcione bien y sea verdaderamente eficaz.

Pues lo que hoy nos tiene aquí es también consecuencias de prejuicios y de la ausencia de un consenso sobre qué tipo de instituciones de justicia merece nuestro país, es expresión también de un claudicación, la renuncia al deber de asumir los costos de transformar y fortalecer a las instituciones, a esas instituciones que ponemos al servicio de los mexicanos y a las que encomendamos la pacificación de las relaciones sociales.

Por desconfianza desde su origen, escindimos al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, es decir, no lo incluimos en las garantías que aseguran la independencia judicial a diferencia de los jueces y  magistrados federales, los integrantes del Tribunal Electoral no cuentan con los incentivos y las protecciones inherentes a la carrera judicial, están sometidos a restricciones fuertes sobre su futuro profesional, pero no cuentan con estabilidad en la función que se les encomienda, termina el cargo y se van a su casa sin capacidad legal para ganarse la vida en lo que saben hacer.

También de eso se trataba esta reforma política, de corregir un problema estructural que sin duda compromete la independencia y la imparcialidad de quienes arbitran los conflictos electorales.

Mas aún, no tenemos opción de hecho, el Estado Mexicano está obligado a resolver esta cuestión porque así lo mandatan diversos tratados y resoluciones internacionales que nos vinculan. El informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, denominado Garantías para la Independencia de las y los Operadores de Justicia, aprobado por la propia Comisión el cinco de diciembre de 2013, los principios básicos relativos a la independencia de la Judicatura de Naciones Unidas, la Jurisprudencia de la Corte Interamericana y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, coinciden en que la ley debe asegurar a los jueces una remuneración, pensiones y condiciones de servicio y de jubilación adecuadas, incluso, el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas ha considerado que el Estado debe garantizar las asignaciones presupuestales adecuadas para que el servicio público de justicia, sea eficaz.

Exige al legislador garantizar la permanencia en el cargo de los jueces, por períodos establecidos, su independencia y seguridad personal, así como una remuneración , pensiones, condiciones de salario y de jubilación dignas e  invariables, máximo cuando el orden jurídico nacional establece una prohibición absoluta para aceptar o desempañar cargo o empleo en órganos del Estado, salvo los no remunerados, o en su caso actuar como abogados, patrones o representantes en cualquier proceso ante los órganos jurisdiccionales federales.

Debemos preguntarnos si estamos dispuestos a permitir a que existan   y prevalezcan incentivos, para que los impartidos de justicia se corrompan, porque esos son los incentivos que crea la absurda regla de no compensar sus años de inhabilitación.

En el voto particular, en consecuencia, proponemos un modelo de haber de retiro con una duración máxima de dos años, equivalente al 80 por ciento del salario correspondiente a su cargo, sin posibilidad alguna de monetarizar las prestaciones que hubiesen tenido durante el período correspondiente.

Debemos dejar ya ese discurso demagógico que afirma que aquello que tiene costo económico es un abuso, en democracia sostener a  las instituciones y garantizar su adecuado funcionamiento, sin duda es costoso.

Hemos asumido como sociedad esos costos porque los beneficios lo justifican, el régimen más barato es el régimen autoritario, en el que uno decide y los otros obedecen. Nada más barato que desaparecer la Judicatura, el Parlamento, los Órganos Reguladores y que un solo sueldo haga lo que hacen cientos de instituciones. Esa es la anteojera que debilita la institucionalidad que empobrece el debate y que demerita  la existencia misma del Estado de Derecho, todos hemos sufrido reveses de los jueces, eso no nos autoriza a  extraviar los propósitos que nos tienen aquí, crear instituciones, maximizar derechos, fortalecer capacidades, dignificar a la política como al espacio de la racionalidad, desapegada de pasiones, intereses y propósitos “efectistas”, ojalá alguna lección saquemos de este episodio en el que de prosperar la votación habremos perdido una oportunidad para hacer lo correcto y fortalecer a nuestras instituciones. Por su atención, muchísimas gracias, señor presidente. (Aplausos).

-EL C. SENADOR CERVANTES ANDRADE: Gracias, senador. Informo a la asamblea que ya no hay ningún senador inscrito en posicionamientos ni en discusión en lo general. Pregunto a la asamblea si alguien quiere inscribirse.  La senadora Arely Gómez. Sonido en su escaño por favor.

-LA C. SENADORA ARELY GÓMEZ GONZÁLEZ:  (Desde su escaño). Presidente, con su venia.  Por las consideraciones manifestadas con anterioridad por el senador Roberto Gil y con la coincidencia del estudio internacional realizado, me sumo al voto particular que presentamos él y yo. Quiero manifestar mi total acompañamiento en este tema. Gracias.

-EL C. PRESIDENTE CERVANTES ANDRADE: Gracias, senadora. Entonces informo a la asamblea que el proyecto que nos ocupa consta de un solo artículo, al no haber oradores registrados, háganse los avisos a que se refiere el artículo 58 del Reglamento para informa de la votación, y ábrase el sistema electrónico de votación hasta por cinco minutos para recoger la votación nominal del proyecto de decreto. Procedan senadoras y senadores.
(Se abre el sistema electrónico de votación)

(Sigue 13ª. Parte)
-LA C. SECRETARIA BARRERA TAPIA: Señor Presidente, conforme al tablero electrónico se emitieron 97 votos a favor; 4 en contra; 0 abstenciones.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Gracias, señora secretaria.

En consecuencia, queda aprobado en lo general y en lo particular el decreto por el que se deroga la fracción trigésima primera del artículo 209 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, se remite al Ejecutivo Federal para los efectos del artículo 72 constitucional.

Solicito a las Comisiones de Justicia; y de Estudios Legislativos, Segunda, prosigan con los trabajos de sus respectivas comisiones, para que en un momento más este Pleno pueda conocer del dictamen que habrán de presentar, por lo tanto, les pedimos a los miembros de esta Cámara de Senadores que esperemos un momento para que pueda ser presentado el dictamen en materia de delitos electorales y poder ser discutido y aprobado, en su caso.
Así es que les pedimos, pues, un momento de su atención para que estemos en espera que se presente el dictamen al cual hemos hecho referencia.

 

 

(Sigue 14ª parte)
-EL. C. SENADOR GARCIA CERVANTES: les rogamos a las señoras y señores senadores permanecer en el pleno, estamos en espera de que en unos momentos más las comisiones puedan hacer llegar el dictamen a esta Mesa Directiva y ponerlo a consideración de las senadores y senadores de esta Cámara.

Gracias.

(Sigue 15ª parte)

(SIGUE    16ª PARTE)


(Sigue 17ª parte)

(SIGUE 18ª PARTE)
. . . . . . . . ..........

 

 

 


(Sigue 19ª. Parte)
  –EL C. PRESIDENTE CERVANTES ANDRADE: Compañeras senadoras y senadores, hago de su conocimiento que recibimos de las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, segunda, el dictamen con proyecto de decreto que reforma diversos artículos de la ley General en  Materia de Delitos Electorales.
Consulte la secretaría a la asamblea, en votación económica, si se autoriza que el asunto se incorpore  a la agenda de este día, para su trámite.

-LA C. SECRETARIA BARRERA TAPIA: Consulto a la asamblea, en votación económica, si autoriza que se integre a los asuntos de hoy el dictamen referido por la presidencia.

Quienes estén por la afirmativa, favor de levantar la mano. (La asamblea asiente).

Quienes estén por la negativa, favor de levantar la mano. (La asamblea no asiente).
Sí se autoriza su incorporación, señor presidente.

-EL C. PRESIDENTE CERVANTES ANDRADE:  El dictamen está disponible en sus escaños para su conocimiento. Solicito a la Secretaría consulte a la asamblea, en votación económica si autoriza que se omita su lectura.

-LA C. SECRETARIA BARRERA TAPIA:  Consulto a la asamblea, en votación económica, si autoriza que se omita la lectura del dictamen.

Quienes estén por la afirmativa, favor de levantar la mano. (La asamblea asiente).
Quienes estén por la negativa, favor de levantar la mano. (La asamblea no asiente).
Sí se autoriza, señor presidente, es de primera lectura.

-EL C. PRESIDENTE CERVANTES ANDRADE: Consulte ahora la secretaría a la asamblea en votación económica si se autoriza que se dispense la segunda lectura del dictamen y se ponga a discusión de inmediato.

-LA C. SECRETARIA BARRERA TAPIA: Consulto a la asamblea, en votación económica, si autoriza que se dispense la segunda lectura del dictamen y anterior.

Quienes estén por la afirmativa favor de levantar la mano. (La asamblea asiente).
Quienes estén por la negativa, favor de levantar la mano. (La asamblea no asiente).
Sí se dispensa la segunda lectura, señor presidente.

-EL C. PRESIDENTE CERVANTES ANDRADE:  Se concede ahora el uso de la palabra al senador Alejandro Encinas Rodríguez para presentar el dictamen a nombre de la Comisión de Estudios Legislativos, segunda, en término de lo dispuesto por el artículo 196 del Reglamento.

-EL C. SENADOR ALEJANDRO  ENCINAS RODRÍGUEZ:  Muchas gracias, senador presidente. Bueno, como fue mandatado por el pleno nos hemos reunido las Comisiones Unidas de Justicia y Estudios Legislativos, segunda, a fin de analizar la minuta enviada por la Cámara de los Diputados, con proyecto de decreto para reformar diversas disposiciones de ley, en materia de delitos electorales.

Después de una discusión en donde no solamente se abordaron asuntos de forma, como por ejemplo el incorporar a las autoridades electorales del Distrito Federal, que no habían sido consideradas en el texto anterior, se hizo una discusión sobre temas de fondo, que llevó a que el dictamen no fuera aprobado por unanimidad, sino que fuera aprobado por mayoría, en cada una de las comisiones, una vez realizada la votación nominal, y haciendo las reservas en lo particular para presentarse en el pleno.

¿En qué consiste el "diferendum" fundamental, que yo debo de dar cuenta e informar aquí al pleno, en la modificación que se hizo al artículo 11 en materia de la Ley General en materia de Delitos Electorales, donde originalmente se establecía como delito electoral para los servidores públicos y superiores jerárquicos, que coaccionaran, amenazaran o inducieran a sus subordinados para que participen en eventos proselitistas de precampaña o campaña, o para que voten o se abstengan de votar por un candidato, partido político o coalición.

La minuta que nos ha remitido la Cámara de los Diputados eliminó el concepto de inducir, reduciendo solamente la comisión de delitos de servidores públicos, superiores jerárquicos, a los temas de coaccionar o amenazar  a sus subordinados.

Quiero opinar ahora, a título personal, como lo hicimos en la propia comisión, de que entre los debates que dimos previos a la Reforma Política Electoral, donde se incluye la Ley General de Delitos Electorales, habíamos incorporado el concepto de inducir para que este que está hoy catalogado como una falta de carácter administrativo, se estableciera como un delito de carácter electoral, porque efectivamente cohesionar o amenazar implica el ejercicio de una presión de violencia física o de violencia moral, de un jerárquico y donde está plena y claramente identificada la comisión de este delito.

Sin embargo, la inducción no requiere necesariamente o no puede ser equivalente al concepto de coaccionar y amenazar porque inducir podría reducirse solamente a sugerir con cierta autoridad dado el carácter jerárquico del servidor público superior, y con una palabra de hay te encargo al candidato, o por ejemplo un ofrecimiento de mejoras en sus condiciones laborales, pues hiciera una sugerencia que a la vez conduciría a la comisión de un delito de carácter electoral.

Se ha discutido en las Comisiones Unidas de que este tema se iba a desarrollar, o se están desarrollando en la  exposición de motivos, para que no fuera objeto de interpretación por parte de la autoridad y desde la exposición de motivos se señalara que la inducción era el equivalente a la coerción o a la amenaza.

Sin embargo, de las consultas que hemos hecho con los especialistas en estos temas, pues se señala con toda precisión que el Código Penal es de estricta aplicación, y que los delitos que se tipifican en él no se pueden aplicar por simple analogía, sino de que son de observancia obligatoria.

Yo estoy obligado, como Presidente de la Comisión de Estudios Legislativos a dar cuenta no solamente del procedimiento, del resultado de la votación, sino dónde se concentró el debate y en donde reside la diferencia sustancial porque en todos los demás artículos de la minuta existe coincidencia y consideramos que no se trata, en este caso de la modificación del artículo 11 de un asunto semántico, de un asunto de forma o de corrección de estilo, sino un asunto sustantivo que vuelve, lo que habíamos tipificado como un delito electoral, a una sanción administrativa el acto de un funcionario, de un superior jerárquico a inducir el voto, esa es la litis y por eso la planteo al pleno para que este norme su juicio, la orientación de su voto. Muchísimas gracias. (Aplausos).

-EL C. PRESIDENTE CERVANTES ANDRADE:  Gracias, senador Encinas. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 197 del Reglamento procederemos a los posicionamientos de los grupos parlamentarios, los cuales tal y como lo establece el artículo 199, numeral uno, fracción segunda del Reglamento, será en orden creciente y por un tiempo de diez minutos.

Tenemos solo inscrita a la senadora Dolores Padierna Luna, por el grupo parlamentario del PRD. Por favor, senadora.

-LA C. SENADORA DOLORES PADIERNA LUNA:  Senadoras, senadores, cuando estuvimos discutiendo aquí....

(Sigue 20ª. Parte)
-LA C. SENADORA DOLORES PADIERNA LUNA: Senadoras; senadores.

Cuando estuvimos discutiendo aquí la Ley de Delitos Electorales, dijimos en nuestro posicionamiento, que era un gran avance, que por primera vez en la historia legislativa se planteara, para el caso de servidores públicos, cualquier conducta que orientara, indujera, coaccionara el voto, era un delito penal. Dijimos que  esa era uno de los muchos avances que tiene la Ley de Delitos Electorales.

Y hoy día nos regresan con que los servidores públicos, que son los que están obligados al cumplimiento cabal de la ley, a no salirse de su labor de servidor público.

Y en el caso de la Ley de Delitos Electorales, hace varios apartados, una serie de consideraciones cuando son ciudadanos, otra cuando son funcionarios de partido, otra cuando son funcionarios electorales, y otra cuando son servidores públicos, funcionarios públicos que manejan programas, que manejan presupuesto, que son superiores jerárquicos.
Por eso la tipificación para este sector es de que todas las conductas que fueran para coaccionar, inducir, amenazar a sus subordinados, para obligarlos a ir a actos proselitistas o para orientar el voto, fueran castigados severamente y fueran tipificados como un delito penal.

Ahora nos vienen con un cambio de la Cámara de Diputados, que se nos dijo que era menor, y no es menor, es quitar el delito de tipo penal y pasarlo a un delito de tipo administrativo.

Y resulta que el servidor público, el superior jerárquico, el que comete el delito administrativo es el mismo que sanciona el delito administrativo, porque la parte administrativa sólo compete a los servidores públicos, y por lo tanto se convierten en juez y parte.

El que comete el delito, es el mismo que se va a autosancionar, y esto nos parece un verdadero contrasentido.

Pero además lo hemos vivido, padecido, sufrido todo el tiempo, que los servidores públicos acostumbran, no sólo coaccionar, no sólo amenazar, que eso ya es en extremo, inducen el voto a través de comidas, de desayunos, de bonos, de ascensos, de “Ahí te lo encargo”; “El voluntariamente a fuerzas”, porque son superiores jerárquicos, y hay de aquellos subordinados que no obedezcan a su superior jerárquico porque con esa pierden el empleo.

Y entonces, realmente al quitarle: “Inducir el voto”, o “Inducir a sus subordinados a que participen en eventos proselitistas”, nos parece que está habiendo un retroceso. No estamos de acuerdo.

Se nos dice en la comisión, por el Presidente, por la secretaria que lo pongamos en la exposición de motivos, y que entonces cualquiera que quiera quejarse puede apelar también a la exposición de motivos. No es cierto.

En el asunto de reclamar un delito, el delito tiene que estar expresamente escrito, no puede quedar a interpretación. Si no se escribe, no se sanciona, tiene que quedar por escrito en el articulado, no es suficiente con ponerlo en la exposición de motivos.

Entonces, yo conminaría a que el avance que tuvo el Senado de la República, no se le someta a un retroceso por asuntos de procedimiento, por asuntos de tiempo, para lo que está buscando la Cámara de Diputados.

Yo no sé quién lo propuso en la Cámara  de Diputados, pero eliminar una acción concreta que es inducir el voto a un subordinado, a un sujeto pasivo, es un asunto grave, a mí me parece muy grave, y por lo tanto debe de quedar como lo estableció el Senado, como un delito de tipo penal y no administrativo.

Por otro lado, y no quiero dejar de mencionarlo, aunque los abogados de nuestro grupo parlamentario, y coincido con ellos que son los expertos, que son los que saben de estos asuntos, es en el artículo 16, donde se refiere a los ministros de culto.

Nos dicen los abogados que orientar o inducir es lo mismo, y entonces se quitó una frase en el artículo 16 que los ministros de culto cometen delito, decía el Senado, cuando orienten el sentido del voto. Esa frase se borró: “Orientar el sentido del voto”.

Los ministros de culto, no sé, tienen muchas maneras, de que con sus feligreses orienten el voto, y eso está absoluta y claramente establecido en la constitución.

La constitución, artículo 130, inciso e) lo pone como un supuesto muy grave porque la orientación del voto por parte de los ministros de culto están claramente escrito, dice:

“Los ministros de culto, inciso e), no podrán realizar proselitismo a favor o en contra de candidato, partido o asociación política alguna; tampoco podrán en reunión pública, en actos de culto o de propaganda religiosa, ni en publicaciones de carácter religioso, etcétera, etcétera, y se considerará un delito penal hacer esto, cuando se trata, cuando lo hacen ministros de culto.

Como está claramente escrito en la constitución, no puede el código de delitos penales establecer, borrarle esta frase desde mi punto de vista.

Dicen los abogados: “Esa frase ya queda implícita o queda incluida en la frase subsiguiente que es inducir expresamente al electorado”.

Cuando yo leí esto, cuando nos tocó posicionar en esta ley de delitos electorales, orientar el sentido del voto es una parte inducir expresamente al electorado a votar, bueno, nosotros decimos: “Lo que abunda no perjudica”, y más vale que quede escrito a que quede implícito, a que no quede expresamente escrito en la ley.

Pero acepto la orientación de nuestros asesores que son los que saben de derecho. Yo no soy de derecho, yo soy economista, yo sé otras cosas, pero esa no, y acepto que en el artículo 16 pueda estarse subsanando nuestra preocupación. No así en el artículo 11, y por eso invitamos a votar en contra. No queda nada.

Pronto, la semana que entra vamos a tener un Período Extraordinario de nueva cuenta, y podemos volver a votar este asunto.

Así que no pongan de pretexto el tiempo, porque en unos días más estaremos en otro Período Extraordinario, volviendo a votar otras cosas y podemos volver a votar este asunto.

Es cuanto. Gracias. (Aplausos).

-EL C. PRESIDENTE CERVANTES ANDRADE: Gracias, Senadora Padierna.

Informo que ya no hay oradores de los grupos parlamentarios, ni así tampoco en lo general.

Consulto a la Asamblea si algún senador o senadora quiere inscribirse en la discusión en lo general.

 ¿Hay reserva de artículos? Tampoco.

Háganse los avisos a que se refiere el artículo 58 del Reglamento, y ábrase el sistema electrónico de votación hasta por 5 minutos para recoger la votación nominal del proyecto de decreto, en lo general y en lo particular.

Procedan, senadores y senadoras.


(Se abre el sistema electrónico de votación)

(Se recoge la votación)


(Sigue 21ª parte)
-LA C. SECRETARIA BARRERA TAPIA: Señor Presidente, conforme al tablero electrónico se emitieron 78 votos a favor, 23 en contra y cero abstenciones.

-EL C. PRESIDENTE CERVANTES ANDRADE:  Senadores, está aprobado en lo general y en lo particular el decreto que reforma los artículos 7, 9, 10, 11 y 16 de la Ley General en materia de Delitos Electorales.

Se remite al Ejecutivo Federal para los efectos del artículo 72 constitucional.

Informo a la Asamblea que, como lo permite el artículo  176  del Reglamento. . .

Por favor, senadores, si pudieran poner atención.

Repito.

Informo a la Asamblea que, como lo permite el artículo 176 del Reglamento del Senado, en cuanto recibamos de la Cámara de Diputados el Proyecto de Decreto que reforma el artículo 87 de la Ley General de Partidos Políticos, se turnará directamente al as Comisiones Unidas de Reforma del Estado, de Gobernación, de Justicia y de Estudios Legislativos Segunda.

Previamente el Senador Barbosa, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, pidió hacer uso de la palabra.

Sonido en su escaño, por favor.

Sonido en el escaño del Senador Barbosa.

-EL C. SENADOR  LUIS MIGUEL GERONIMO  BARGOSA HUERTA (Desde su escaño): Si me permite hacer uso de la tribuna.

-EL C. PRESIDENTE CERVANTES ANDRADE:   Por favor.

-EL C. SENADOR LUIS MIGUEL GERONIMO BARBOSA HUERTA:  Compañeras y compañeros senadores,  Mesa Directiva, respetado señor Presidente del Senado.

Estamos desahogando este periodo extraordinario que fue convocado  conforme  a un orden del día  del cual hemos desahogado tres puntos y falta por desahogar el cuarto y último que se refiere a reformas, modificaciones al artículo  87 de la Ley de Partidos Políticos.

Por la mañana dimos a conocer lo que ya es de todos, es información de todos, que hay un acuerdo del Gobierno del PRI y del PAN para clausurar este Periodo Extraordinario de Sesiones, sin desahogar este asunto para  modificar  el artículo 87 mencionado.

De manera formal, antes de dar argumentos, quiero pedir que esta decisión se resuelva mediante voto del Senado,  mediante voto de este pleno, de manera nominal en el tablero,  para que quede perfectamente claro quiénes votaron, quiénes votaron porque se clausurara este periodo extraordinario sin desahogar este punto . . .

(Sigue 22ª parte)
… quiénes votaron porque se clausura este período extraordinario, sin desahogar este punto, el de las reformas al artículo 87… al artículo 87 de la Ley de Partidos Políticos.

Es la petición formal, que desde este momento hago, para que no queda confusa.

¿Quiénes la apoyan, por cierto, para el requisito de la formalidad? Ahí tiene usted a los senadores que apoyan esta solicitud

Quiero decirles que en la Cámara de Diputados, aún se discute.  Aún se discute, que no es argumento de cerrar hoy el período, bajo la posibilidad de que cuando llegue este dictamen, sea turnado a la comisión respectiva y pueda ser incorporado al siguiente período extraordinario.

No. Este es un acuerdo entre gobierno PRI y PAN. Y así lo denunciamos por la mañana, y queremos nosotros que quede constancia, que quede constancia, quiénes asumen el costo de que así sea resuelto por el Senado de la República.

Quiero ser muy cuidadoso.  Quiero ser muy cuidadoso en el lenguaje.  Para que podamos resolver esto, en la mejor forma.

Pero aún podemos dejar de mencionar cosas.  No puede ser el Senado, el Senado… este Senado rehén de una fuerza política sobre los deberes legislativos, y terminar de desahogar los asuntos del orden del día de este período extraordinario, es un deber legislativo de todos nosotros.

¿Por qué no si lo quieren parar, por qué no lo paran en Cámara de Diputados?

¿Por qué quieren dejar a salvo el prestigio de la Cámara de Diputados, y que carguemos como institución la decisión de cerrar este período sin desahogar ese asunto?

Les hago la pregunta a todas y a todos, eh…

¿Por qué en la Cámara de Diputados, sí se desahoga este asunto? Y aquí cerramos el período, sin resolverlo, no por un asunto de urgencia, sino por un asunto de un acuerdo oculto que se da para este sentido y para que el PAN puede volver a la mesa de negociación sobre la reforma energética.

La omisión deliberada de resolver un asunto, que forma parte de la convocatoria al período de sesiones extraordinarias, es una ofensa a la convivencia democrática. Así lo es.

¿Por qué no terminamos este período? Y cada quien, cuando se ponga a consideración del pleno, la votación de este asunto, puede votar en el sentido que sea.

Puede votar a favor o en contra. Pero no que se cree una omisión deliberada sobre un deber legislativo del Senado de la República.
La transparencia, compañeras y compañeros senadores, la transparencia democrática exige que los derechos, las decisiones que se tomen, debe ser de cara a la sociedad.

Y de ahí quiero referirme, por cierto, al contenido de un excelente libro, que debiéramos todos de leer. Se llama Democracia y Secreto, de Norberto Bobbio.

Y permítanme solamente leer cuatro líneas: Según Norberto Bobbio en este libro: “No hay democracia sin opinión pública. Sin formación de un público que reivindica el derecho, de ser informado sobre las decisiones que se toman en favor del interés colectivo y de expresar sobre ellas su libre crítica. Quien promueva formas ocultas de poder y quien se adhiera a ellas, precisamente desea eso, hurtar sus acciones al control democrático y evitar someterse a las limitaciones impuestas por cualquier Constitución democrática”

Así opina Norberto Bobbio, en su libro Democracia y Secreto.
¿Cuántos condicionamientos más hará el PAN al gobierno y al PRI, a cambio de la reforma energética? ¿Cuántos más?

¿Cuántas cosas más está dispuesto el PRI y el gobierno a otorgar al PAN a cambio de la reforma energética?

México, hoy, hoy, así, en estos términos, es rehén de las negociaciones oscuras y vergonzantes que estamos presenciando.

Muchas gracias.

Y mi petición está formulada. (Aplausos)

-EL C. PRESIDENTE CERVANTES ANDRADE: Gracias, senador Miguel Barbosa.

¿Algún otro senador o senadora que quiera hacer uso de la palabra?
Para razonar el criterio de esta Presidencia, pido a la Secretaría dé lectura al decreto, que dio, por lo que la Comisión Permanente convocó a este Congreso de la Unión, a celebrar un período de sesiones extraordinarias.

El cual está publicado en la gaceta, en la página 43, 44 y 45. En específico que se lea el artículo séptimo, por favor.

-LA C. SECRETARIA MARÍA ELENA BARRERA TAPIA: Artículo Séptimo. Cada Cámara realizará la correspondiente clausura del Segundo Período de Sesiones Extraordinarias,  una vez que determine atendidos los asuntos que se describen en el presente Decreto o cuando así lo considere.

Es cuanto.

-EL C. PRESIDENTE CERVANTES ANDRADE: Gracias, secretaria.

Se va a obsequiar la petición del senador Miguel Barbosa, en términos de este artículo, porque se permitía o el desahogo de todos los asuntos o cuando lo acuerde… o cuando lo acuerden las Cámaras.

Por lo tanto, no es una decisión de la Mesa; no es una decisión de la Junta de Coordinación Política, es una decisión del pleno.

Se obsequiará también que sea por tablero, y como ya no están sesionando las comisiones, como fueron las anteriores, será hasta por tres minutos.

Ábrase el tablero para recoger la votación.

El que esté en la afirmativa, se cierra el período. El que esté en la negativa, continúe el período.

El que esté en el sí, es sí continúa el período. El que esté en el no, se cierra el período.
El que esté en el sí, es que sí continúa el período. El que esté en el no, es no continúa el período.

Y vuélvase a abrir el tablero.

(Votación electrónica)

Senadoras y senadores, para no inducir a la confusión.

Vuelvo a repetir, antes de abrir, sí es sí continúa el período. No, es no continúa el período, y se cierra.

Sí es continúa. No se cierra.

Ábrase hasta por tres minutos el tablero.

(Continúa votación electrónica)

(SIGUE  23ª PARTE)
-LA C. SECRETARIA BARRERA TAPIA: Señor presidente, conforme al registro en el sistema electrónico, se emitieron 21 votos a favor de continuar con el Periodo Extraordinario; 63 votos en contra de continuarlo; y 9 abstenciones.

-EL C. PRESIDENTE CERVANTES ANDRADE: Gracias, secretaria. En virtud del resultado, informo que el Acta de esta Sesión se ha colocado en el monitor de sus escaños para su visto bueno.

En virtud de que no se ha recibido observaciones a su contenido, voy a preguntar si alguno tuviera una observación.

Consulte la secretaría a la Asamblea, en votación económica, si se aprueba el Acta de la Sesión Extraordinaria de hoy.

-LA C. SECRETARIA BARRERA TAPIA: Consulto a la asamblea, en votación económica, si se aprueba el Acta de la Sesión de este día.

Quienes estén porque se apruebe, sean tan amables de levantar la mano. (La Asamblea asiente)

Quienes estén porque se rechace, favor de levantar la mano. (La Asamblea no asiente)

Es aprobada el Acta, señor presidente.

Se solicita sean tan amables ponerse de pie para la declaratoria que hará el presidente.

(Todos de pie)

-EL C. PRESIDENTE CERVANTES ANDRADE: Gracias senadoras y senadores.

Hoy 19 de junio de 2014, la Cámara de Senadores de la LXII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, declara concluido el Segundo Periodo de Sesiones Extraordinarias, correspondiente al Segundo Receso del Segundo Año de Ejercicio Constitucional.

Se instruye a la Secretaría a participar por escrito de esta clausura al ciudadano Presidente de la República, a la Suprema Corte de Justicia de la Unión, a la Cámara de Diputados, a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, así como a las legislaturas de los Estados.

Se levanta la Sesión.

Que tengan buena tarde, senadoras y senadores.

(Aplausos)

(SE LEVANTÓ LA SESIÓN EXTRAORDINARIA A LAS 18:19 HORAS)

 

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