SESIÓN ORDINARIA DE LA H. CÁMARA DE SENADORES, CELEBRADA EL LUNES 28 DE ABRIL DE 2014.


PRESIDENCIA DEL CIUDADANO SENADOR JOSÉ ROSAS AISPURO TORRES


-EL C. PRESIDENTE JOSÉ ROSAS AISPURO TORRES: (11:53 horas) Solicito a la Secretaría informe a la Asamblea del resultado de la asistencia de las señoras y señores senadores.

-LA C. SECRETARIA LILIA GUADALUPE MERODIO REZA: Honorable Asamblea, conforme al registro de asistencia se han acreditado 87 ciudadanos senadores.

En consecuencia, hay quórum, señor presidente.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Gracias, señora secretaria.

Se abre la sesión del lunes 28 de abril correspondiente  al Segundo Período de Sesiones del Segundo Año de Ejercicio Constitucional de esta legislatura.

El orden del día está disponible en el monitor de sus escaños; con lo cual se informa de los asuntos que corresponden a la agenda del día de hoy.

El acta de la sesión anterior se encuentra publicada en la gaceta parlamentaria de este día.

En consecuencia, consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si es de aprobarse la misma.

-LA C. SECRETARIA MERODIO REZA: Consulto a la Asamblea, en votación económica, si es de aprobarse el acta de la sesión anterior.

Quienes estén porque se apruebe, favor de levantar la mano. (La Asamblea asiente)

Quienes estén porque se rechace, favor de levantar la mano. (La Asamblea no asiente)

Aprobada el acta, señor presidente.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Gracias, señora secretaria.

Solicito a la Secretaría informe al pleno de las resoluciones que adoptó la Mesa Directiva, en su reunión de esta mañana.

-LA C. SECRETARIA MERODIO REZA: Doy cuenta con los asuntos que se abordaron hoy en la mañana.

La Mesa Directiva, a petición de la senadora Hilda Flores Escalera, autorizó el retiro del proyecto de decreto que reforma los artículos 9º y 34 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, presentado el 20 de marzo de 2014.

Asimismo, a solicitud del senador Adolfo Romero Lainas, autorizó la ampliación de turno al proyecto de decreto por el que se dispone la obligación de los editores, de hacer el depósito legal de sus publicaciones digitales, además de sus publicaciones impresas, recibido el 4 de marzo pasado, para quedar turnado a las comisiones unidas de Bibliotecas y Asuntos Editoriales; de Cultura; de Educación; y de Estudios Legislativos.

Es todo, señor presidente.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Gracias, señora secretaria.

Esta Presidencia ratifica los turnos leídos por la Secretaría.

Pasamos a la agenda de los asuntos del día de hoy.

-LA C. SECRETARIA MERODIO REZA: Se recibieron dos oficios de la Secretaría de Gobernación, con los que remite sendas propuestas de nombramientos a favor de los ciudadanos Juan de Dios Castro Lozano y Alejandro Raúl Hinojosas Islas, como Magistrados de Sala Regional del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, por un período de 10 años.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Túrnese, ambos expedientes, a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público; y de Justicia, para su análisis y dictamen correspondiente.

En el apartado de iniciativas, se le concede el uso de la palabra a la senadora María Verónica Martínez Espinoza, para presentar a nombre propio y del senador Ernesto Gándara Camou, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, un proyecto de decreto por el que se reforman las fracciones V y VI del artículo 79 de la Ley de Amparo.


-LA C. SENADORA MARÍA VERÓNICA MARTÍNEZ ESPINOZA: Con su venia, señor presidente.

Compañeras, compañeros senadores: Vengo a presentar a nombre propio y de mi compañero Ernesto Gándara Camou, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, por las que se reforman las fracciones V y VI del artículo 79 de la Ley de Amparo.

El objetivo de la presente iniciativa, es la igualdad procesal en el amparo laboral, tanto al trabajador como al patrón, armonizando el principio de la suplencia de la queja, en el juicio de protección constitucional, conforme lo dispuesto en el artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Independientemente de que esta desigualdad procesal en la materia de amparo ha manifestado la economía del país; la parte patronal es la única excluida del beneficio procesal de la suplencia de la queja, sin justificación alguna, porque la igualdad procesal es un derecho humano independientemente de que esta exclusión afecta los niveles socio-económicos del país, toda vez que esta desigualdad procesal ha generado el cierre de fuentes de trabajo, afectándose a sí, a otros trabajadores.

Al abordar las desigualdades sociales y económicas, el principio de igualdad se formula como condición y oportunidad.

Esto quiere decir que todos los individuos deben de estar en condiciones tales, que efectivamente puedan tener acceso a las mismas oportunidades. Esta noción permea la definición de los derechos económicos y sociales, también llamados de “segunda generación”. El telón de fondo, es la justicia social.

Las garantías del procedimiento, tienen una razón de ser, no en argumentos formales, sino en garantías sustanciales en las cuales subyace uno de los derechos más importantes: el debido proceso.

Watt, dice que la posición igual de las partes, significa que la condición de cada una de ellas debe de tener un contenido equivalente; es decir, que no puede diferir en sustancia los deberes y derechos de una parte y otra.

Señala este autor, que la igualdad de las partes es para el proceso, un principio instrumental y no un principio final. Porque teóricamente las partes no están situadas en un mismo plano, sino en distintas perspectivas; ya que el actor es el verdadero protagonista del proceso y el demandado solo el sujeto pasivo al que se refiere su reclamación.

Es sumamente notoria la exclusión de la clase patronal de la suplencia de la queja, aún en aquellos casos en que se trata de una violación manifiesta de la ley, sin que se perciba una explicación lógica esta medida.

Si tomamos en cuenta que tanto la Ley Federal del Trabajo, como ley burocrática, contiene normas que imponen obligaciones procesales y formales a las partes; con las consecuencias legales que su incumplimiento les puede generar. El ejemplo, el reclamo de prestaciones de manera extemporánea, frente a la posible excepción de prescripción.

La omisión de aclarar una demanda, en las dos oportunidades que la ley le otorga, y le haya concedido la autoridad.

O bien, la omisión de contestar la demanda o hacerlo de manera imprecisa, etcétera.

Pero la ley también impone obligaciones a las autoridades para tramitar el juicio laboral, siguiendo ciertos lineamientos, que no están sujetos a que las personas tengan que hacer gestión alguna para que las cumpla.

Por lo que basta que cualquiera de los interesados, patrón o trabajador las detecte y haga valer en amparo, la violación respectiva; para que el juzgador de garantías los analice, sin exigir palabras sacramentales  o formales especiales, para que éstas sean atendidas y revisar si el actuar de la autoridad estuvo apegada a derecho, cumpliendo con sus obligaciones como rectora del juicio, en lo que solo ella compete y que nada le permite eludirlas.

De ahí, que no se encuentre razón válida alguna, para que en este aspecto solo se excluya a los patrones, si ya tiene su propia carga en el juicio, y que si no las atiende, entonces sí es válido que devenguen las sanciones legales, consecuencia de su consulta procesal irregular.

Ya el Poder Judicial Federal, ha esgrimido jurisprudencia y tesis, que hablan al respecto.

La parte patronal es la única excluida de este beneficio procesal, sin seguir encontrando justificación alguna  para esta exclusión. Cuando lo que se juzgaría, en su caso, sería el actuar de la autoridad laboral y no los niveles sociales en que se encuentre patrón y trabajador.

Debiendo señalar que en el ámbito patronal, podremos encontrar propietario o microempresas que están en la misma condición económica precaria que el propio trabajador.

Pareciera que el legislador parte de la base, de que todo patrón es necesariamente un poderoso empresario, sea personal o física.

En mérito de lo anterior, nos permitimos a someter a consideración de esta soberanía, la reforma a las fracciones V y VI del artículo 79 de la Ley de Amparo, para quedar como sigue:

Artículo 79. La autoridad que conozca del Juicio de Amparo, deberá cumplir… suplir la deficiencia de los conceptos de violación o agravios, en los casos siguientes:

Fracción V. En materia laboral, a favor del trabajador, salvo que se trate de violaciones manifiestas de la ley, con independencia…


(SIGUE 2ª PARTE)
… en materia laboral, a favor del trabajador, salvo que se trate de violaciones manifiestas de la ley, con independencia de que la relación entre empleador y empleado esté regulado por el derecho laboral o por el derecho administrativo.

Fracción VI.- En todas las materias cuando se advierte que ha habido en contra del quejoso o del particular recurrente una violación evidente de la ley que lo haya dejado sin defensa, por afectar los derechos previstos en el artículo primero de esta ley.

En este caso, la suplencia sólo operará en lo que se refiere a la controversia en el amparo, sin poder afectar situaciones procesales resueltas en el procedimiento en el que se editó la resolución reclamaría.

Por su atención, muchas gracias.

Es cuanto, señor presidente.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Gracias senadora Verónica Martínez Espinosa.

Túrnese esta iniciativa a las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, Segunda, y pido a la secretaría que tome nota nada más de que la senadora Lilia Guadalupe Merodio Reza, tiene el interés de sumarse a esta iniciativa.

Senadora Verónica Martínez, acepta la inclusión de la compañera Lilia, y un servidor hace lo propio. Gracias.

A continuación se le concede el uso de la palabra a la senadora Luz María Beristáin Navarrete para presentar a nombre propio y del senador Armando Ríos Piter del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, un proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 49 de la Ley General de Desarrollo Social.

-LA C. SENADORA LUZ MARÍA BERISTÁIN NAVARRETE: Con su venia, señor presidente. El día de hoy vengo en nombre del senador Ríos Piter y en el propio para presentar un proyecto de reforma al artículo 49 de la Ley General de Desarrollo Social, lo cual propone incluir a la Secretaría de Turismo, al Consejo Nacional de Desarrollo Social, para que dicha secretaría pueda incidir en la elaboración de programas sociales bajo una perspectiva turística.

Compañeros senadores, es menester de esta soberanía analizar las políticas públicas en materia de desarrollo social.

¿Cuáles han sido los alcances de los actuales programas empleados?

¿Hemos logrado reducir la pobreza en el país significativamente?

No. Es por ello que es fundamental seguir cuestionando y estudiando las políticas públicas de desarrollo social empleadas en nuestro país de manera objetiva y con una visión concreta para conseguir un México sin pobreza, más próspero y más igualitario por medio de la mejora continua de los mecanismos existentes.

Nuestro país está ubicado en una posición geográfica privilegiada, con litorales en el Océano Pacífico, el Golfo de México y el Mar Caribe.

De igual forma es del conocimiento público la vasta diversidad en flora y fauna que poseen nuestros ecosistemas. Por lo que nuestro país cuenta con una serie de particularidades que lo hacen distinto, según la región del país.

Es necesario realizar el diagnóstico turístico de cada región del país para después pasar a la ejecución de una estrategia que abarque de lo particular a lo general basado en el estudio específico de cada región.

A pesar de tener diversos escenarios sociales en el país, existen coincidencias en las necesidades de todas las entidades, ya que en todas las comunidades mexicanas se necesita erradicar la delincuencia, el hambre, la pobreza o el poco acceso a la educación.

Es por esta razón que es necesario un diagnóstico específico para cada entidad federativa con el objetivo de encontrar las posibles soluciones utilizando las riquezas naturales y el potencial cultural con el que cuenta cada región.

Los índices de pobreza son, sin lugar a dudas, el problema más grave y más común en todas nuestras comunidades desde Tijuana hasta Chetumal.

Es urgente implementar una estrategia en toda la República donde se detone el desarrollo social basado en una estrategia verdaderamente integral que garantice resultados satisfactorios para la población en cada una de sus entidades federativas.

Así como la educación es pieza clave para el desarrollo de nuestro país, también lo es el turismo bajo los siguientes considerando.

1. A nivel global y de acuerdo con la información de la Organización Mundial de Turismo, OMT, la contribución económica al turismo del Producto Interno Bruto Mundial se estima alrededor del 5 por ciento y genera el 8 por ciento de los empleos directos respecto al total mundial.

No sólo el turismo es importante en nuestro país, sino también en todo el mundo.

En 2012 los turistas de internación realizaron gastos por 10 mil 199 millones de dólares, monto que representó el 94.7 del total de ingresos por turismo internacional, mientras que el 5.3 por ciento restante correspondió al turismo fronterizo.

En 2011 los visitantes internacionales generaron ingresos del orden de los 11 mil 869 millones de dólares. Para 2012 se acumularon divisas por 12 mil 739 millones, monto superior en 7.3 por ciento a lo registrado un año antes.

Esta iniciativa busca aprovechar de manera sustentable las riquezas naturales que se encuentran en nuestro país y de esta manera estaremos propiciando más empleo y más derrama económica, donde los beneficios que se puedan lograr son numerosos.

Al entrelazar el turismo con el desarrollo social, es fundamental hacerlo desde una perspectiva social que implemente una estrategia integral donde el beneficiario del sector turístico sea el pueblo de México.

Es necesario diseñar e implementar programas sociales entre la SECTUR y SEDESOL con la finalidad de que los ciudadanos tengan oportunidades de autoempleo y generen círculos económicos autosuficientes en las localidades turísticas.

En el turismo hay grandes oportunidades para los ciudadanos, razón por la cual debemos voltear a mirarlo como una herramienta de desarrollo social.

Los programas deberán ser formados para ofrecer el ciudadano un Estado de menor vulnerabilidad y una opción de autosustento, teniendo como base la actividad turística.

Haciendo la distinción entre el turismo de los grandes capitales del sector, el cual por evidentes razones no se fomentará bajo estos programas, es decir, en toda la extensión los programas irán dirigidos a la población que más lo requiere, conforme a su estado de vulnerabilidad, son grandes las posibilidades y muchas las opciones que se pueden presentar para las zonas turísticas si SECTUR y SEDESOL trabajan juntos y diseñan programas sociales.
Según información proveniente del estudio Medición de la Pobreza en México y en las Entidades Federativas 2012, en el año 2010 había 52.8 millones de personas en situación de pobreza; y en el año 2012, la cifra ascendió a 53.3 millones de personas.

Es por ello que esta propuesta busca vincular al turismo con el desarrollo social, para generar medidas viables que erradiquen la pobreza de millones de mexicanos.

Desde la izquierda estamos obligados a impulsar esta propuesta social para poder ayudar a erradicar la pobreza en nuestro país, nuestro país es un destino turístico por excelencia. Y si aprovechamos todos estos atractivos culturales de nuestras raíces para brindar soluciones tangibles a las necesidades de empleo de quien más lo requiere, estaremos implementando una estrategia realmente integral que reducirá la ola de pobreza que sigue en aumento con las actuales políticas públicas de desarrollo social.

Las propuestas de modificación permitirán mejorar las programas sociales vinculados actualmente con el turismo, así como crear nuevos programas enfocados totalmente al sector turístico.
En conclusión, bajo la amplia experiencia y conocimientos de SECTUR, esta Secretaría puede colaborar con la elaboración de programas donde el turismo sea la materia prima del desarrollo social. Es importante dejar en claro que no se busca comprometer el presupuesto de SECTUR, sino que el presupuesto requerido sea a través de SEDESOL y sus dependencias.

El objetivo……

(Sigue 3ª parte)
. . . . . . . . ........se busca comprometer el presupuesto de SECTUR, sino que el presupuesto requerido sea a través de SEDESOL y sus dependencias.

El objetivo es crear programas donde se financien equipamiento para las actividades turísticas de ciudadanos en donde se fomente el turismo de aventura, el ecoturismo, el turismo cultural, gastronómico, etcétera.

Es muy potencial y son amplias las posibilidades de desarrollo, en el caso de incorporarse a la Secretaría de Turismo con la de Desarrollo Social, por lo que proponemos que el Artículo 49 de la Ley General de Desarrollo Social quede de la siguiente manera:

Artículo 49.

La Comisión Nacional será presidida por el titular de la Secretaría y además estará integrada por los titulares de la Secretaría de Educación Pública, Salud, Trabajo y Previsión Social, Agricultura y Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, Turismo, así como Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Además de los titulares de los organismos sectorizados de la Secretaría, podrán ser invitados a participar en reuniones específicas los titulares de otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

La Secretaría de Turismo coadyuvará a la Comisión Nacional para garantizar la actividad turística como herramienta y detonante del desarrollo social.

El titular de la dependencia responsable del desarrollo social en cada gobierno de las entidades federativas podrán ser invitados a participar en reuniones específicas donde los titulares de otras dependencias de dichos gobiernos también estén presentes.

Un representante de cada una de las asociaciones nacionales de autoridades municipales legalmente reconocidas, y los presidentes de las comisiones de desarrollo social de las Cámaras de Diputados y de Senadores.

Es cuanto, señor Presidente.

- EL C. PRESIDENTE SENADOR AISPURO TORRES:  Gracias, Senadora Luz María Beristain Navarrete, túrnese esta iniciativa a las Comisiones Unidas de Desarrollo Social; y de Estudios Legislativos.

 A continuación se le concede el uso de la palabra a la Senadora Layda Sansores San Román, para presentar a nombre propio y de diversos senadores un proyecto de decreto por el que reforman y adicionan los artículos 2, 19, 20, 22 y 24 de la Ley de Migración. Sonido en el escaño de la Senadora Layda Sansores, ya que lo desea hacer desde su escaño.

- LA C. SENADORA LAYDA SANSORES SAN ROMAN (Desde su escaño): Sí, hacer solamente un comentario, gracias Presidente. El propósito de esta iniciativa es proponer que se armonice la Ley de Migración con el Artículo Primero Constitucional, que se incluya el principio de pro persona donde no se puede ya hablar de extranjeros, de migrantes, sino de seres humanos.

El principio de inocencia que ya nosotros lo tenemos considerado, pero cuando se refiere uno a migrantes existe la criminalización y se habla de ilegales.

Queremos también que dentro del presupuesto que maneja el Instituto Nacional de Migración se dedique etiquetado una parte importante para lo que son: protección al migrante, alimentos, medicinas, ya que hasta el momento es la sociedad civil quien lleva el peso de esta atención a través de las casas de migrantes, en donde también sacerdotes y pastores han jugado un papel muy importante.

Y, por último, informar que se recibió aquí en este Senado, y creo que fue un momento muy alentador al viacrucis de migrantes que había recorrido ya durante 9 días diversos estados en donde ellos reconocieron cada, cada uno de los estados fueron bien recibidos, y en donde vitalmente el Instituto Nacional de Migración les otorgó un salvoconducto por 30 días para que pudieran transitar sin ningún peligro por todo el país.

Creemos que esto es un principio, pero que la lista de tránsito debe ser ya una realidad en México para evitar los asaltos y las agresiones que reciben no solamente del narcotráfico sino, muchas veces los policías de las gentes que deberían de estar respaldando la institución.

Agradecemos a todos los senadores que estuvieron presentes, a Mariana, a Alejandro Encinas, a Humberto Mayans, a Dolores Padierna, a Amalia García, al Senador Benjamín Robles, también a la Secretaria de la Comisión de Migración de la Cámara de Diputados, y que se turne a comisiones.

Gracias.

- EL C. PRESIDENTE SENADOR AISPURO TORRES: Gracias, Senadora Sansores San Román. Túrnese esta iniciativa a las Comisiones Unidas de Asuntos Migratorios; y de Estudios Legislativos Segunda.

A continuación se le concede el uso de la palabra al Senador Raúl Aaron Pozos Lanz, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional para presentar proyecto de decreto por el que se reforma el Artículo 44 de la Ley de Coordinación Fiscal.

- EL C. SENADOR RAUL AARON POZOS LANZ: Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros senadores: Quiero comentarles que lamentablemente en los últimos años uno de los tumores más sentidos de los ciudadanos es que en sus vidas y la de sus seres se sufren consecuencia de la violencia o pérdidas económicas causadas por la inseguridad.

El Estado trabaja decididamente en combatir a  los criminales, enfrentándose a la tecnología de punta y armamento de alto poder que utilizan los criminales y que tienen como finalidad atemorizarnos de muchas maneras.

Ha sido y sigue siendo tiempo de fortalecer a nuestras instituciones para proteger a  nuestra gente. Todo lo que no hagamos hoy por ser mejores representantes, y lograr cada día que nuestro pueblo se sienta con la confianza y la libertad para vivir en el bien, es importante, y dará más posibilidades a los mexicanos de ser felices.

En algunas otras ocasiones ya se presentaba ante esta soberanía puntos de acuerdo que tienen que ver precisamente con la distribución de los recursos provenientes del SUBSEMUN, especialmente para los municipios de la frontera sur que ya ha dado muestras sobradas de su alta porosidad, y por ende, de un punto, de ser un punto muy importante para la delincuencia organizada proveniente de Centroamérica.

Es por lo anterior que vengo ante ustedes, compañeras y compañeros que este sentimiento de inseguridad se está regando con mayor fuerza en estados fronterizos como Campeche.

Si bien es cierto que en promedio sigue siendo de los más seguros del país, también lo es que en esta región fronteriza, especialmente los municipios de Candelaria y Kalakmul se vive en circunstancias difíciles ante las cuales pido desde ahora que actuemos con energía, la gente buena y trabajadora de Campeche está preocupada y necesitada de que su voz se escuche.

Reconozco que en otras entidades se debe seguir conteniendo la violencia, no solidarizamos siempre con ellos.

Sin embargo debemos prevenir que en zonas que históricamente han sido tranquilas, hoy se ponga en riesgo esta tranquilidad y seguridad.

Sabemos que la pobreza y el atraso en la zona fronteriza del sur-sureste del país han permitido a grupos criminales avanzar en sus propósitos, por lo que necesitamos esfuerzos extraordinarios para evitarlo antes de que sea demasiado tarde.

Esta propuesta es sobre el subsidio para la seguridad pública municipal, conocido como el SUBSEMUN que atiende los principales objetivos, entre otros, fortalecer acciones para la prevención del delito, atender las condiciones sociales que facilitan la violencia y la delincuencia, incrementar los niveles de seguridad y confiabilidad que demanda la ciudadanía, fortalecer la profesionalización así como el equipamiento de los cuerpos de seguridad pública y apoyar la construcción y mejoramiento de las instalaciones de seguridad pública municipal.

Si bien los recursos del SUBSEMUN han tenido un incremento, en la práctica se comprueba que la asignación de recursos ha sido discrecional, esto se debe a que el monto de asignación anual no está asegurado para las entidades federativas, toda vez  que la base de su designación no está tasada o formulada para su determinación, es fundamental garantizar que dichos objetivos sean cumplidos y se otorgue certidumbre a las entidades federativas y especialmente a los municipios fronterizos de la asignación de estos importantes recursos.

Por lo anterior, presento ante ustedes esta iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el Artículo 44  de la Ley de Coordinación Fiscal en relación al fortalecimiento de los lineamientos.........


(Sigue 4ª. Parte)
…por el que se reforma el artículo 44 de la Ley de Coordinación Fiscal en relación al fortalecimiento de los lineamientos del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal y el Subsidio para la Seguridad Pública Municipal, que tiene como finalidad los siguientes objetivos:

1. Incluir a la Ley de Coordinación Fiscal los lineamientos de distribución del SUBSEMUN para otorgar certidumbre a los municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal.

2. Otorgar las facultades de metodología de asignación al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública mediante las fórmulas que están contenidas en el proyecto que hoy se presenta, y que solicito sea considerado en su totalidad en esta Cámara de Senadores.

3. Referenciar el Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal, y del SUBSEMUN, a la recaudación federal participable con la finalidad de garantizar un incremento constante y permanente.

4. Que todos los municipios que colindan con otros países sean incluidos en la distribución del fondo.

Hoy 28 de abril, en nombre de los campechanos, los hermanos del sur-sureste y de todos los que sufren las consecuencias de la inseguridad, les agradezco su atención y su apoyo.

Muchísimas gracias.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Gracias, Senador Raúl Aarón Pozos Lanz, túrnese esta iniciativa a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos, Segunda.

-A continuación, se le concede el uso de la palabra al Senador Ángel Benjamín Robles Montoya, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar proyecto de decreto por el que se derogan y reforman diversas disposiciones del artículo 115 Constitucional.

-En el uso de la palabra, Senador.

-EL C. SENADOR ÁNGEL BENJAMÍN ROBLES MONTOYA: Muchísimas gracias, Senador Presidente.

Compañeras; compañeros senadores:

Efectivamente, el artículo 115, desde su primera reforma, como lo reflexiono en la iniciativa que estoy presentando ante todos ustedes, se refiere que hace 86 años, desde hace 86 años ha sido modificado hasta en 36 ocasiones. Y comento también que a pesar de los esfuerzos legislativos que se han traducido sin duda en un número muy significativo de modificaciones, pues la realidad que sigue viviendo el municipio en muchas entidades del país dista sin duda mucho de los objetivos fundamentales de esas propuestas reformadoras.

Incluso en partes del territorio nacional el municipio, a pesar del sustento legal emanado de nuestra Carta Magna, presenta hoy en día condiciones precarias, resultado, en gran medida, de que las disposiciones que enmarcan la Constitución General de la República ha generado que administraciones estatales estén sujetas a un marco regulatorio estricto que impide adecuar los gobiernos municipales a las diversas realidades que se presentan en las entidades federativas.

Por ejemplo, las amplias diferencias, sociales, económicas, políticas y hasta geográficas, entre las regiones que componen el territorio nacional nos dan pie a considerar, compañeras y compañeros, nos dan pie a considerar la urgencia de plantear un marco legal que si respete estas divergencias, y con ello los gobiernos locales estén en posibilidad de actuar en un ámbito jurídico que les proporcione las herramientas para determinar en sus condiciones específicas la forma de organización de sus municipios, tomando como base precisamente las circunstancias concretas de cada localidad.

Compañeras y compañeros, los problema estructural que repercute en los municipios consisten, como todos sabemos, en la ausencia de un financiamiento propio al no contar con bases impositivas adecuadas; la imposibilidad de elaborar y aplicar planes de desarrollo urbano en municipios con poca densidad de población; o la carencia de mecanismos para implementar modalidades de gobierno que permitan a los cabildos cumplir íntegramente con sus responsabilidades políticas y con sus responsabilidades administrativas; o la falta de herramientas jurídicas que los posibiliten a incorporar sus sistemas normativos internos, como es el caso del estado de Oaxaca.

En función de lo anterior, compañeras y compañeros, la presente iniciativa tiene como propósito subsanar esa restricción normativa, a efecto de que las legislaturas locales se motiven a introducir modelos de gobierno municipal y estructuras administrativas que puedan adecuarse a sus necesidades.

Esta idea surge, lo quiero comentar, a partir del estudio de diversos trabajos de investigación académica, que han concluido, compañeras y compañeros, en la necesidad de otorgar un verdadero sentido federalista a las estructuras municipales, a través de un respeto irrestricto a la soberanía estatal dejando la responsabilidad a las entidades para desarrollar las formas de organización que más puedan adecuarse a sus circunstancias regionales y locales.

Empero, compañeras y compañeros, nuestra propuesta, sí lo quiero subrayar, no busca que se observe un propósito de llevar al federalismo al extremo ideológico, sino que con una modificación a una sola disposición, las entidades federativas tengan la opción de ubicarse dentro de su realidad contextual y que con base en todo el andamiaje jurídico que conforma al Estado mexicano, partan para encausar las formas de organización política, de organización social y económica que mejor se ajuste a sus condiciones específicas.

Finalmente, Senador Presidente, proponemos instituir un contenido menor en el texto del artículo 115, encaminado a reconocer jurídicamente la figura municipal como uno de los tres niveles de gobierno con regulaciones que permitan a las legislaturas locales adoptar categorías normativas que puedan adecuarse a sus contextos sociopolíticos, culturales y económicos específicos.

Como se lo he solicitado, Senador Presidente, en otras ocasiones, he de agradecerle a usted pueda dispensarle a un servidor el que la iniciativa completa quede inserta en el Diario de los Debates para mayor comprensión de esta Asamblea.

Es cuanto, y muchas gracias a todos por su atención.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Con gusto, Senador Ángel Benjamín Robles Montoya, se insertará de manera íntegra en el Diario de los Debates esta iniciativa, la cual se turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Federalismo y de Estudios Legislativos, Primera.

-A continuación, se le concede el uso de la palabra al Senador Omar Fayad Meneses, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

-En el uso de la palabra, Senador.

-EL C. SENADOR OMAR FAYAD MENESES: Compañeras y compañeros, muy buenos días. Buenas tardes ya tengan todas y todos ustedes.

Vengo a presentarles un proyecto para una iniciativa, que espero que se convierta en las modificaciones a la ley, muy noble porque creo que no genera absolutamente ningún debate en virtud de que se trata simplemente de una iniciativa que reforme diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública para armonizar simplemente la ley.

Y digo armonizar, porque ustedes recordarán que como parte de los cambios que impulsó al inicio de su administración el Presidente Peña Nieto, me refiero particularmente a los del 2 de enero de 2013, que se publicaron en el Diario Oficial en esa fecha, se derogaban y se reformaban diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y si recordarán en aquella ocasión se…


(SIGUE 5ª PARTE)
...  de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y si recordarán, en aquella ocasión se quitó el artículo 30 bis, despareciendo con ello la Secretaría de Seguridad Pública creada en el 2000 por en entonces presidente Vicente Fox, y así como la reforma al 27, que agregaba las facultades que tenía la Secretaría de Seguridad Pública, ahora a la Secretaría de Gobernación.

Esta iniciativa que hoy presento esté enfocada únicamente para corregir el impacto legislativo de la reforma recién comentada, ya que tiene por objeto armonizar aquellos artículos a los que se hace referencia, o donde se hace referencia a la Secretaría de Seguridad Pública, cuya extinción fue decretada sin que se reflejara esta modificación en las leyes correspondientes.

Y actualizar también la referencia a los programas de la materia, aclarar el nombre correcto de algunas de las instituciones colaboradoras, se simplifica la redacción de algunos párrafos sin cambiar la sustancia ni alterar el objetivo de dicho ordenamiento.

Del resultado del análisis completo de la ley a fin de considerar las incongruencia que se generaron, encontramos la necesidad de realizar siete cambios, siete modificaciones en cinco artículos, de los cuales solamente se actualizan y corrigen denominaciones, como los de la extinta Secretaría de Seguridad, del Programa Nacional de Seguridad, del Secretario Ejecutivo, e incluso el nombre del INEGI que está ahí, ya no corresponde  a lo que hoy señala la ley.

Y si ustedes me lo permiten, para ahorrar tiempo, en vez de darles cualquier otra explicación o justificación, les voy a referir cuáles son estas siete modificaciones.

Se derogan la fracción quinta al artículo 12 para suprimir de la integración del Consejo Nacional de Seguridad Pública, la ahora inexistente figura del Secretario de Seguridad Pública.

Segundo. La reforma al artículo 13, a fin de simplificar, para que no se requiera acuerdo específico que determinen las unidades administrativas, que deben sujetarse a las evaluaciones del control de confianza, ya que todo el personal de confianza y los titulares de las instituciones de seguridad, todas deben de sujetarse a ello.

Tercero. La reforma la fracción nueve, del artículo 14, para actualizar el nombre correcto y completo del Programa Nacional de Prevención del Delito, de la Violencia y de la Delincuencia, lo anterior a efecto de identificar que es un solo programa.

Cuarto. La reforma a la fracción 18 al artículo 14 para ampliar y hacer más completa la coordinación y colaboración entre el Consejo Nacional de Seguridad Pública, y el Poder Judicial de la Federación, con el Poder Judicial de las Entidades Federativas, lo anterior, ya que el texto vigente solo refiere a los órganos jurisdiccionales de las entidades federativas, y la Constitución y la Ley Orgánica del Poder Judicial estatuyen que los órganos jurisdiccionales se refieren a los juzgados y tribunales únicamente, por lo que resulta mucho más completo mencionar al Poder Judicial de las Entidades Federativas, que sólo a los órganos jurisdiccionales.

Quinta. La reforma al primer párrafo del artículo 18, para aclarar el nombre correcto del órgano operativo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, pues las facultades que en seguida enumeran le corresponden al órgano, mas no a la persona, es decir, son obligaciones que desahoga mediante su estructura, mas no las ejecuta personalmente su titular; por lo que sólo se cambia la palabra Secretario por la palabra Secretariado.

Sexta. La reforma a la fracción primera del artículo 19, para condicionarlo a la realidad actual, ya que el texto vigente señala que la administración de la Base de Datos Criminalísticas y del Personal del Sistema, se hará en los términos que señale el Reglamento; pero considerando la inexistencia al Reglamento de la Ley, y la existencia al Reglamento del Secretariado Ejecutivo, los lineamientos del Consejo Nacional, de las comisiones permanentes y la normativa emitida por el mismo Centro Nacional de Información, se estima conveniente en que en vez de señalar únicamente el Reglamento, mejo se mencione de las disposiciones aplicables, lo anterior para mantener una óptima operatividad.

Y finalmente la siete. Reforma a la fracción cinco del mismo artículo 19, para corregir el nombre del INEGI, como ya les mencione, porque de conformidad con la denominación correcta, del Instituto, que es Instituto Nacional de Estadística y  Geografía, y no el Instituto Nacional de Información Estadística y  Geografía, como se contempla actualmente.

Como verán, simplemente es un esfuerzo de la Comisión de Seguridad Pública por armonizar una serie de señalamientos, de frases, de palabras o de cuestiones que habían quedado rezagadas, derivado de la   gran reforma que se hizo a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, cuando en enero del 2013, desaparece la Secretaría de Seguridad Pública, y sé que este esfuerzo, aunado a diversas iniciativas, más que se han contemplado, en la materia, permitirán tener una ley del Sistema Nacional de Seguridad Pública, más acorde con la realidad actual.
Por su apoyo, por el apoyo que brinden a esta iniciativa, mis gracias, mi gratitud anticipada a todas las senadoras y senadores. Es cuanto, señor presidente. (Aplausos).

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES:  Gracias, senador Omar Fayad Meneses. Túrnese esta iniciativa a las Comisiones Unidas de Seguridad Pública y de Estudios Legislativos, primera.
A continuación se le concede el uso de la palabra al senador Raúl Morón Orozco, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de los Sistema de Ahorro para el Retiro. En el uso de la palabra, senador.

-EL C. SENADOR RAUL MORON OROZCO:  Con su permiso, senador presidente. Compañeras y compañero senadores, vengo a esta asamblea para presentar iniciativa de reforma a la Ley del Sistema de Ahorro para el Retiro, sobre uno de los temas que tanto preocupan a los trabajadores de México, que es el asunto relacionado con sus ahorros para el retiro, y el destino que se está dando a estos recursos por parte de las AFORES.

Como ustedes bien saben, la Ley de los Sistema del Ahorro para el Retiro estableció las Administradoras de Fondos para el Retiro, AFORES,  para asegurar que estas efectúen todas las  gestiones que sean necesarias para la obtención de una adecuada rentabilidad y seguridad de las inversiones de los trabajadores.

Autorizó la creación así mismo, de las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro, SIEFORES, como entidades mercantiles administradas y operadas por las propias administradoras, con el único propósito de invertir los recursos provenientes de las cuentas individuales de los trabajadores, y lograr que estos adquieran plusvalías, multiplicándolos a favor de los ahorradores, es decir, la citada legislación que ahora se pretende reformar mediante la presente iniciativa de decreto, ha facultado tanto a las AFORES como a las SIEFORES,  para administrar, invertir los recursos  de los trabajadores, provenientes de sus cuentas individuales como asegurados del IMSS y del ISSSTE. 

Así como sus aportaciones voluntarias y complementarias, sin mayor requisito que el de procurar su rentabilidad, independientemente del medio del mercado financiero, o bursátil donde se pretenden incrementar esos rendimientos.

En pocas palabras, la Ley vigente autorizó convertir los recursos y ahorros para el retiro de los trabajadores en activo, o incluso de los pensionados y jubilados en capacidades, en capitales de riesgo, que pueden generar plusvalías o minusvalías como cualquier capital especulativo de las bolsas de valores o de los mercados bursátiles.

El problema es que a la fecha el Sistema de Ahorro para el Retiro en nuestro país está en crisis, aun cuando las AFORES manejan más de 48.5 millones de cuentas individuales por más de 2.1 billones de pesos, cada mes los trabajadores pierden.

Tan solo entre mayo y agosto, del año pasado, el detrimento....

(Sigue 6ª. Parte)
…por más de 2.1 billones de pesos, cada mes los trabajadores pierden.
Tan sólo entre mayo y agosto del año pasado, el detrimento superó los 172 mil millones de pesos, mientras las administradoras incrementaron sus utilidades en 8 mil millones de pesos.
El problema generado por las administradoras de fondos y sociedades de inversión, por las pérdidas de recursos en los mercados bursátiles en contra de los ahorros de los trabajadores, ha sido tan grave, que algunas voces de especialistas en el tema han dicho que es previsible que en unos años el gobierno rescate con dinero público el esquema de pensiones privado, como ya lo hizo bajo otras condiciones en el caso del FOBAPROA o del Rescate Carretero.
La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) por otra parte, ha reconocido que durante 2013, todas las administradoras de pensiones reportaron cuantiosas minusvalías, esto es, precisamente, uno de los motivos que ha justificado dentro de la presente iniciativa legislativa una regulación más estricta de las actividades de las administradoras y de las sociedades de inversión para impedir que en el futuro realicen cualquier tipo de inversión con fondos de los trabajadores sin el consentimiento expreso de éstos, en el que además, se exprese el porcentaje y plazo, en el que los trabajadores decidan realizar dichas inversiones, quedando prohibido hacerlo, respeto de aquellos trabajadores que no otorguen dicho consentimiento.
Es importante recordar al respecto, que entre las promesas para la implementación de la transición de los sistemas de pensiones públicos tradicionales a los sistemas de ahorro para el retiro por administradoras privadas que se generaron a partir de las nuevas legislaciones del IMSS y del ISSSTE, las autoridades de la Secretaría de Hacienda, presentaron a los dirigentes sindicales y a los trabajadores un panorama prometedor para que se procurara la migración de empleados al nuevo sistema de administración de pensiones.
La idea era que los trabajadores encontraran estímulo para posponer sus jubilaciones, estar mayor cantidad de años activos, incrementar su ahorro obligatorio y voluntario y poder obtener mayores beneficios que los que perciben quienes permanecen en el antiguo régimen pensionario.
Bajo esas promesas millones de trabajadores migraron al sistema de cuentas individualizadas, pero muchas de estas promesas no han sido cumplidas en su mayoría.
Hoy un mayor número de trabajadores se encuentran en la desprotección plena frente a una legislación vigente, que ha generado condiciones de apertura y discrecionalidad en la inversión y administración de los fondos de ahorro para el retiro.
La propia Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro ha reconocido la existencia de pérdidas en los casos de muchos trabajadores que al recibir su estado de cuenta de fin de año se encontraron frente a la sorpresa de que los fondos de su ahorro para el retiro, en sus cuentas individuales, disminuyeron entre un 7 y un 10 por ciento durante el periodo de mayo y agosto del año pasado.
Datos de la (CONSAR) indican que las pérdidas o minusvalías reportadas por las administradoras de ahorro de fondos para el retiro, en mayo del año pasado fueron de 80 mil 492 millones de pesos; en junio, de 74 mil 724 millones de pesos, y en agosto, de 17 mil 760 millones de pesos.
La gran duda. ¿Por qué sólo los trabajadores pierden mientras las administradoras de fondos para el retiro siguen ganando? Esto no puede ser más que el resultado de la falta de transparencia, opacidad y falta de responsabilidad social de estas administradoras y sociedades de inversión, así como de una adecuada política de regulación y vigilancia por parte de las autoridades financieras y de seguridad social que protejan más a los trabajadores  y dejen de consentir los intereses privados.
Lo más delicado todavía y sobre lo que no han reflexionado, ni el gobierno federal, ni los sistemas de seguridad social, ni las propias administradoras privadas, es que la baja, pérdida o minusvalía registrada en contra de los recursos de los trabajadores de entre un 7 y un 10 por ciento de sus fondos de ahorro para el retiro, no ha significado únicamente dinero, sino años de trabajo ahorrados que se evaporaron, sin que nada, ni nadie obligue a sus responsables AFORES o SIEFORES, a restaurar ese daño, no sólo con dinero, sino con una serie de medidas integrales que permitan a los trabajadores recuperar esos años perdidos en una mala inversión financiera y peor aún, sin su consentimiento.
Por eso la presente Iniciativa pretende reformar diversas disposiciones de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, para regular, entre otras cosas, que se otorguen mayores facultades a la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, y al Comité Consultivo de Vigilancia para establecer medidas preventivas y restaurativas con el fin de proteger los recursos de los trabajadores cuando se presenten circunstancias atípicas en los mercados financieros o bursátiles que puedan llegar a afectar sus intereses económicos, así también para exigir el consentimiento de los trabajadores en cualquier inversión realizada por la AFORES y las SIEFORES cuando las mismas se efectúen con recursos de estos, establecer la responsabilidad directa y solidaria en los daños ocasionados a los trabajadores y la obligación de la restauración del daño por actos, omisiones u operaciones de carácter voluntario, involuntario cometidos en perjuicio de los ahorros de los propios trabajadores.
Necesitamos fortalecer nuestra política de seguridad social para nuestros trabajadores en activo y en retiro, nuestros fondos de ahorro para el retiro deben convertirse en un auténtico cimiento para el futuro, no en un capital de riesgo y de especulación financiera por el que los trabajadores y sus familias vivan preocupados.
Estamos hablando del producto de muchos años de trabajo, del esfuerzo de millones de trabajadores que se sufrieron para ganarlo y respecto del cual deben encontrar en la ley mejores opciones y mecanismos de protección para administrarlo como mejor convenga.
Los legisladores de izquierda demandamos en ese sentido, aprobar las reformas legales necesarias para mejorar la capacidad del sistema financiero nacional en cuanto a la administración de las pensiones en el futuro de los trabajadores con un sistema que les otorgue seguridad y mejores condiciones para su retiro.
Debemos terminar con los parásitos financieros en los que hemos convertido a las AFORES, obtenido ganancias increíbles, como una nueva y elegante élite de financieros que ven al trabajador como un inversor bursátil, como una fuente de recursos para sus negocios particulares, con autorización legal.
De no ponerle punto final a esta anomalía jurídico-financiera, seremos corresponsables de un problema social de mayor magnitud. 
Estaremos poniendo en riesgo la estabilidad de los trabajadores y sus familias, y eventualmente, estaríamos generando condiciones para incrementar el número de pobres y marginados en México.
Por su atención, muchas gracias. (Aplausos).
-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Gracias, Senador Raúl Morón Orozco.
-Túrnese esta Iniciativa a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público; y de Estudios Legislativos, Segunda.
-EL C. SENADOR ARMANDO NEYRA CHAVEZ (Desde su escaño): Pido la palabra, señor Presidente.
-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Sí, sonido, por favor en el escaño del Senador Armando Neyra Chávez.
¿Para qué asunto?
-EL C. SENADOR ARMANDO NEYRA CHAVEZ (Desde su escaño): Si me permite el señor Senador sumarme a esta gran propuesta, y que de aquí el 1º de mayo el Canal del Congreso le dé mucha difusión.
Muchas gracias.
-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Senador Raúl Morón Orozco ¿Acepta la adhesión del Senador Armando Neyra Chávez?
-EL C. SENADOR RAUL MORON OROZCO (Desde su escaño): Con gusto, señor Presidente.
-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Pido a la secretaría que tome nota de ello. Con todo gusto.
-A continuación se le concede el uso de la palabra al Senador Jesús Casillas Romero, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar proyecto de decreto por el que se reforma la Ley de Expropiación; y la Ley de Amparo.
-En el uso de la palabra, Senador.
-EL C. SENADOR JESUS CASILLAS ROMERO: Gracias, Senador-Presidente.
Compañeras y compañeros senadores:
La expropiación es una institución de derecho público contemplada en el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que consiste en la transferencia coactiva de la propiedad privada, incluso ejidal o comunidad, desde su titular al Estado mediante indemnización.
No es una medida discrecional, sino que debe estar de por medio de una causa de utilidad pública, esto es la necesidad indispensable de conseguir un beneficio colectivo a través de la prestación de un servicio o la realización de una obra, tales como empresas para beneficio colectivo, hospitales, escuelas, unidades habitacionales, parques, zonas ecológicas, entre otros.
De tal suerte, que el beneficio social y colectivo hace necesario imponer en detrimento el particular como última instancia la expropiación.
Con todo y el objeto del beneficio colectivo, en la prácticas los procedimientos de expropiación son dilatados en detrimento del….

(Sigue 7ª. Parte)
. . . con todo y el objeto del beneficio colectivo, en la práctica los procedimientos de expropiación son dilatados en detrimento de la obra o servicio social requerido por la sociedad, el problema, la reticencia del particular afectado,  evidentemente que no es el caso de fastidiar ni  perjudicar a un particular, pero las necesidades colectivas deben sobreponerse a los particulares, de ahí que una condición de la expropiación lo sea la justa indemnización al particular.

Aún así, generalmente, el particular considera verse gravemente afectado, pese que de conformidad de la Ley de Expropiación, el precio a pagarse por concepto de indemnización deberá ser el valor comercial, luego entonces cabría la duda del por qué de la reticencia a  aceptar dicho pago.

Para este caso, cabe recordar que en tratándose de bienes inmuebles, una vez que la obra pública  o servicio se ha concretado, generalmente el valor de los inmuebles en esa zona se verá incrementado de manera considerable.

Así, aunque el precio del pago por concepto de indemnización  sea en detrimento y en un momento dado, y razonable, esto es  una retribución justa, también es cierto que en el momento siguiente cuando  el inmueble sea destinado al fin que motivó la expropiación en la mayoría de los casos se incrementa en muy amplia proporción ante la plusvalía o cambio de circunstancias de la zona, beneficio que  solamente verán reflejados en su haber los predios de los  dueños vecinos, menos quien o quienes se hubiesen desprendido del suyo para el bien de la colectividad.

Aceptar esta colectividad constituirá un valioso  primer paso para facilitar y agilizar los procedimientos de expropiación de bienes necesarios para un fin considerado de utilidad pública.

A través de compensar en mejor medida posible  a los afectados o bien de que éstos sean los menos posibles lastimado sen los procesos.

Además de esta medida  otras que permitan superar los obstáculos en materia de expropiación, velando siempre por el bien social, pero sin descuidar al particular se enumeran los siguientes:

Como una medida que contribuya a garantizar los intereses  del particular afectado, prevé la responsabilidad  solidaria por parte del estado cuando el bien a expropiar  sea destinado para un tercero.

Asimismo, para lograr la eficacia de las normas encaminadas a  evitar dilaciones  en la ejecución de las obras y servicios públicos, se propone que las reglas que rigen la suspensión sean las contenidas en la Ley Reglamentaria. Esto es en la Ley de Amparo.

Finalmente, y con la finalidad de evitar en la mayor medida posible los litigios, el conservar la posibilidad de acuerdo entre las partes.

Por otra parte, es público y notorio que muchos de los procesos de expropiación, tal vez en su mayoría son realizados con motivos  y objetivos relacionados con la movilidad de las  personas,  esto es, la infraestructura y adecuación del espacio público y el desplazamiento de las personas. Al respeto, es de destacar lo dispuesto por la fracción II del artículo 1º de la Ley de Expropiación acerca de contemplar  cómo de utilidad pública, la apertura,  ampliación o alineamiento de calles, la construcción de calzadas, puentes, caminos y túneles para facilitar el tránsito urbano.

Concepto que definitivamente es superado a la fecha, puesto que la movilidad de las personas y mercancías no se suscribe solamente al tránsito.

Por ello, atentos  a que gran  cantidad de procedimientos de expropiación estando encaminados a  favorecer la satisfacción de las necesidades básicas de la movilidad, de la población, se sugiere ampliar el concepto a una   acepción más completa.

En resumidas cuentas, la propuesta  sugiere en esencia  agilizar los procedimientos y la ejecución  de obras y servicios que como causa de utilidad pública son materia de un   procedimiento de expropiación, garantizando los intereses de los afectados y privilegiando en todo momento la posibilidad del acuerdo entre las partes.

Superar o  ampliar el antiguo concepto de movilidad  relacionado con el tráfico de vehículos automotores para adecuarlo al desplazamiento de las personas y mercancías, cualquiera que sea el medio para realizarlo, dentro del catálogo de causas de utilidad pública contenido en la Ley de Expropiación.

Así las cosas, la propuesta que tengo a bien someter a la elevada consideración de esta honorable soberanía es la contenida en la siguiente  iniciativa  con Proyecto de Decreto mediante la cual se reforman los artículos 1º, 9bis, 10, 14 y 19 de la Ley de Expropiación y adiciona  una fracción al artículo 129  de la Ley de Amparo, para quedar como sigue:

“Ley de Expropiación.

Artículo 1º.- Se consideran causas de utilidad pública la apertura, ampliación o alineamiento de calles, la construcción de calzadas, puentes, caminos y túneles para facilitar el tránsito urbano y suburbano así como la adecuación e implementación  de infraestructura para la movilidad de las personas cualquiera que sea el medio empleado para trasladarse.

Artículo 9bis.- Según las particularidades del caso, la expropiación podrá realizarse conforme a las previsiones siguientes.

5º.- La Secretaría de Estado competente una vez emitida la declaratoria de utilidad pública y hasta antes de que se emita el decreto expropiatorio podrá optar y convenir con los afectados la celebración de contratos de compraventa cuando exista voluntad de las partes y acuerdo respecto al precio del bien o los bienes  objeto de la expropiación.

Artículo 10.- El precio que se fijará como indemnización para el bien expropiado será el equivalente al valor comercial que se fije.

En el caso de los bienes inmuebles, de ser el aso, la aplicación del valor comercial será conforme al eventual incremento que alcanzaría en virtud de la plusvalía o cambio de las circunstancias y entorno del lugar como consecuencia de la utilización del bien para los fines de la expropiación.

En ningún caso el precio será inferior al valor fiscal en las oficinas catastrales.

Artículo 19.- Cuando la cosa expropiada pase al patrimonio de la persona distinta al Estado, esa persona cubrirá el importe de la indemnización, el Estado será responsable solidario para garantizar el cumplimiento de pago.

Ley de Amparo.

Artículo 129.- Se considerará, entre otros casos que se siga en perjuicio del interés social o contravienen disposiciones de orden público, cuando de concretarse la suspensión –fracción XVI- se impida la continuidad de los procedimientos de expropiación a su ejecución.

Con esta iniciativa, compañeras y compañeros senadores, lo que se busca es que los procedimientos  de expropiación sean más ágiles, es muy común que para la  edificación o la construcción  de una  carretera, el estado, el municipio o la federación lleguen a acuerdos con prácticamente  todos los propietarios y a lo mejor uno que tiene una proporción de terreno pequeña no se logra  un acuerdo, fundamentalmente por dos motivos:

La primera, porque el precio ofrecido por la indemnización no es el que espera el propietario o el que tiene que ver con  el beneficio que tendrán los propietarios de los  terrenos aledaños a la construcción que es expropiada que son los únicos beneficiarios con la plusvalía, con lo que tendrá el valor  posterior a la obra y a quien se le expropia no tendrá ese beneficio.

Lo que estamos buscando es buscar alternativas para que las obras no se detengan, pero también hay que velar por el interés del propietario.

Para eso la propuesta tiene la finalidad concreta  de poderles ofrecer alternativas a los propietarios de los predios para que puedan estar en condiciones de aceptar de manera más amigable, por llamarlo de alguna forma la expropiación y  que las obras no se detengan.

La segunda puede ser es que se niegue única  y exclusivamente por negarse y entonces aquí sí opera el beneficio de la colectividad y ahí entonces el Estado tendría que garantizar que esta expropiación se dé.

Por eso es que estamos promoviendo que en algunos casos opere lo que establece el artículo 129 de la Ley de Amparo para la suspensión para los efectos de que no se paren las obras y que continúen en beneficio de la colectividad.

Y cuando estas obras sean en beneficio de un tercero, estamos hablando de una carretera que será concesionada a una empresa, que es una empresa particular la propietaria, pero que la expropiación a dirigida para estos beneficiarios, el estado mexicano debe de ser solidario y cubrir el costo  de la indemnización a las personas afectadas.

Esta iniciativa la presento el día de hoy, compañero Presidente, esperando la comprensión de mis compañeras y mis compañeros senadores que habrán de dictaminar la misma a efecto de que se le dé  celeridad, las obras que requieren los municipios, los afectados, los estados, las entidades federativas y la federación  no se pueden detener, que no se detengan por causa de dinero.
Muchas gracias.

Gracias Presidente.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Gracias Senador Jesús Casillas Romero.

Túrnese a las Comisiones.

Pido a la Secretaría que tome nota para que se . . .
(Sigue 8ª parte)
…gracias, senador Jesús Casillas Romero.

Túrnese a las comisiones…

Pido a la Secretaría que tome nota, para que se sume a esta iniciativa el senador Víctor Hermosillo y Celada.

Túrnese esta iniciativa a las comisione unidas de Justicia; y de Estudios Legislativos.

Igualmente el senador Raúl Aarón Pozos Lanz. Con gusto, senador.

A continuación se le concede el uso de la palabra a la senadora Angélica de la Peña Gómez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar proyecto de decreto por el que se reforman diversos artículos de la Ley General de Acceso de las Mujeres, a una vida libre de violencia.

En el uso de la palabra.
-LA C. SENADORA ANGÉLICA DE LA PEÑA GÓMEZ: Muchas gracias, señor presidente.

Señoras senadoras, señores senadores: Cuando el Congreso de la Unión aprobó la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, estableció en el marco del capítulo de la modalidad de violencia feminicida, una serie de mecanismos importantes que garantizaran la protección de las víctimas, en distinta situación.

Uno de ellos… uno de estos mecanismos, tiene que ver con las órdenes de protección, que definimos fueran órdenes de protección de tipo emergente o de tipo preventiva. Y, además, las de naturaleza civil, que eso tiene un rumbo jurisdiccional distinto.

Las órdenes de protección preventivas y de emergencias, están inscritas para que haya una respuesta pronta, expedita, por parte de la autoridad civil, por parte de las instancias de distinto nivel del Ejecutivo, para que pueda lograrse, no exagero, incluso la prevención de que muchas mujeres no pierdan la vida.

Lo que pasa con estas órdenes, es que no se ha entendido, por parte de distintos ámbitos, su eficiencia y cómo lograr su efectiva aplicabilidad.

Yo puedo mencionar, por obviedad del tiempo, solamente una, que ha sido realmente efectiva, es una muy buena práctica y ha empezado a implementarse en distintos estados del país.

Es la que emprenden en Campeche, justamente la emprende el procurador Renato Sales, entonces procurador de Campeche, con el Centro de Justicia para la Mujer.

Si queremos ubicar, cómo se implementan las órdenes de protección, emergentes y preventivas, simplemente hay que conocer lo que es el Centro de Justicia para la Mujer, en el estado de Campeche.

Y así han empezado otras entidades federativas a constituir estos centros. Donde con toda certeza, con toda eficiencia, dan respuesta y entonces tenemos una magnífica práctica, un perfecto conocimiento de la trascendencia y de las bondades de las órdenes de protección y de las órdenes… de protección de emergencia y la órdenes de protección preventiva.

Entonces, lo que estamos haciendo, ahora, y lo ponemos a su consideración para que sea considerada por las comisiones que van a dictaminar, es, justamente, la modificación en la Ley de referencia, para que se explique con mayor puntualidad la trascendencia de estas órdenes de protección, y efectivamente podamos orientar cómo el ámbito Ejecutivo o de procuración de justicia o incluso su trascendencia, de ser el caso, hacia el ámbito judicial, pueda tomar previsiones para una correcta aplicabilidad de estas órdenes de protección.

Modificamos varios artículos, incluimos artículos nuevos. Todos, insisto, a ilustrar de manera mucho más puntual, cómo tienen que implementarse estas órdenes de protección y logremos una buena práctica. Ahora con el perfeccionamiento de la ley, en esta materia, y garanticemos que la vida de las mujeres no corran peligro; pero también que puedan tener respuesta pronta y oportuna, cuando sufren cualquier tipo o modalidad de violencia de género.

Muchas gracias, por su atención. (Aplausos)

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Gracias, senadora Angélica de la Peña Gómez.

¿Senadora Angélica de la Peña, acepta que se sume su iniciativa la senadora Rosa Adriana Díaz Lizama?

Con gusto. Pido a la Secretaría que tome nota de ello.

Túrnese esta iniciativa a las comisiones unidas para la Igualdad de Género; y de Estudios Legislativos, Segunda.

Informo al pleno que recibimos en la Mesa Directiva la iniciativa que suscribe el senador Félix González Canto, y los senadores integrantes de la comisión de Turismo, que contiene proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 14 de la Ley General de Turismo, la cual se turna a las comisiones unidas de Turismo; y de Estudios Legislativos, Primera.

Solicito a la Secretaría de cuenta con los asuntos que nos remite la comisión de Administración.

-LA C. SECRETARIA DÍAZ LIZAMA: Para los efectos de los artículos 66  inciso g) y 99 de la Ley Orgánica del Congreso General, se recibió de la comisión de Administración del Senado, el proyecto de Presupuesto de Dietas,  Honorarios, Sueldos y Gastos de la Cámara de Senadores para el mes de junio de 2014.

Doy cuenta.

Presupuesto de Dietas, Honorarios, Sueldos y Gastos de la Honorable Cámara de Senadores, para el mes de junio de 2014.

Servicios personales…

 

(LEYÓ. INSÉRTESE)

 

 

 

 

 


México, D.,F. a 24 de abril de 2014.

Senador Raúl Pozos Lanz, presidente; senadores Jorge Luis Lavalle Maury y Luz María Beristain Navarrete, secretarios. Senadores Carlos Alberto Puente Salas y David  Monreal Ávila, integrantes.

Licenciada Gabriela Brasdefer, tesorera del Senado.

Es todo, presidente.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Gracias, señora secretaria.

En consecuencia, está a consideración de la Asamblea el proyecto de Presupuesto.

No habiendo quien haga uso de la palabra, pido a la Secretaría que consulte a la Asamblea, en votación económica, si es de aprobarse.

-LA C. SECRETARIA DÍAZ LIZAMA: Consulto a la Asamblea, en votación económica, si es de aprobarse el proyecto de Presupuesto.

Quienes estén por la afirmativa, favor de levantar la mano. (La Asamblea asiente)

Quienes estén por la negativa, favor de levantar la mano. (La Asamblea no asiente)

Aprobado el Presupuesto de la Cámara de Senadores, para el mes de junio de 2014, presidente.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Gracias, señora secretaria.

Aprobado el Presupuesto para la Cámara de Senadores, para el mes de junio del 2014.

Pasamos al siguiente asunto.

-LA C. SECRETARIA DÍAZ LIZAMA: Para los efectos del artículo 99 de la Ley Orgánica del Congreso General, se recibió de la Comisión de Administración, el  Informe de Presupuesto Ejercido en el mes de marzo de 2014.

Doy cuenta con el Informe.

Presupuesto Ejercido por la Cámara de Senadores, en el mes de marzo de 2014.

Servicios personales…

 

(LEYÓ. INSÉRTESE)

 

 


Es todo, señor presidente.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Gracias, señora secretaria.

Esta Asamblea ha quedado debidamente enterada.

En otro apartado del orden del día, informo a la Asamblea, que tenemos inscritos para su primera lectura, el dictamen de las comisiones unidas de Medio Ambiente  y Recursos Naturales; y de Estudios Legislativos, Primera, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos.

Y de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de reciclamiento de neumáticos.


Debido a que este proyecto se encuentra publicado en la gaceta parlamentaria de este día, y con fundamento en el artículo…


(SIGUE 9ª PARTE)
.... en materia de reciclamiento de neumáticos.

Debido a que este proyecto se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria de este día, y con fundamento en el artículo 193 y 195 del Reglamento, queda de primera lectura.

A continuación tenemos la segunda lectura al dictamen de las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos, Segunda, con proyecto de decreto por el que se establecen las características de una moneda conmemorativa, alusiva al Centenario de la Toma de Zacatecas.

Debido a que este proyecto se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria de este día, consulte la secretaría a la Asamblea, en votación económica, si se omite su lectura.

-LA C. SECRETARIA DÍAZ LIZAMA: Consulto a la asamblea, en votación económica, si se omite la lectura del dictamen.

Quienes estén porque se omita, favor de levantar la mano. (La asamblea asiente)

Quienes estén porque no se omita, favor de levantar la mano. (La asamblea no asiente)

Sí se omite la lectura, presidente.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Gracias, señora secretaria. Informo a la asamblea que el dictamen que nos ocupa consta de un solo artículo. Por lo que está a discusión en lo general y en lo particular en un solo acto.

Y en primer término se le concede el uso de la palabra al senador Alejandro Tello Cristerna, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para hablar a favor de este dictamen.

-EL C. SENADOR ALEJANDRO TELLO CRISTERNA: Muchas gracias, señor presidente. Con su permiso.

Hace cerca de cien años exactamente el 23 de junio de 1914, 38 cañones de la División del Norte abrieron fuego a un mismo tiempo. Esto sería el inicio de una gesta heroica, pero también de una batalla cruenta, la cual significó cuantiosas pérdidas humanas y materiales para este país. Me refiero, compañeras y compañeros senadores, a la Toma de Zacatecas, considerada la batalla más táctica de la Revolución Mexicana.

El bombardeo de la artillería inició sobre el Cerro de Loreto, minutos después sobre los de el Grillo y La Bufa. Hacia el atardecer se dio una gran humareda en la ciudad, la retirada no se hizo esperar, las tropas gobiernistas totalmente diezmadas tuvieron que darse a la fuga, la victoria se consumaba tal y como se había planeado.

La táctica de Ángeles y la bravura de Villa, se fundieron para lograr la gran victoria que rompió la columna vertebral de las fuerzas del Ejército Federal y dejó libre de obstáculos el avance rumbo a la Ciudad de México. Esto precipitó la caída del gobierno de Victoriano Huerta.

Por otra parte, representó la máxima victoria militar de la División del Norte que tomó fama de invencible. Asimismo se consolidó el prestigio militar del general Felipe Ángeles como el mejor artillero de México y de Francisco Villa, quien comenzó a ser conocido popularmente como el Centauro del Norte.

Al rememorar aquella gesta, su trascendencia uno seduce, Villa evoca en sus memorias que había cadáveres a lo largo de 7 kilómetros de camino. Asimismo las crónicas señalan que gran cantidad de edificios de la capital del Estado estaban destruidos o incendiados.

Para la historia de México Contemporáneo, este es uno de los hechos de mayor trascendencia, no se trata de una batalla más, sino de una serie de consecuencias que transformaron la vida misma de nuestro país.

Toda nación llega a ser más completa e intermitente cuando su comunidad conoce y comparte su historia. Por eso el simbolismo del 23 de junio de 1914 debe ser reconocido y valorado por todos los mexicanos dada la relevancia que tuvo en la formación del México de instituciones que hoy tenemos.

La difusión de ideas y el esparcimiento del conocimiento de hechos significativos de nuestra historia constituye un medio para consolidar en la memoria colectiva los hechos que nos forjan como nación.

Hoy en este recinto que representa la integración de los estados miembros del Pacto de la Unión, buscamos conmemorar el Centenario de la Toma de Zacatecas mediante la acuñación de una moneda conmemorativa de cuño corriente que constituirá un recuerdo permanente de este hecho histórico de patriotismo y valentía bajo las siguientes características: valor nominal, 20 pesos; diámetro, 32 milímetros; composición bimetálica, anverso el Escudo Nacional; y el reverso el diseño alusivo a la Toma de Zacatecas, autorizado por el Banco de México.

Juntos sociedad y gobierno forjemos la grandeza, bienestar y desarrollo de nuestro pueblo. Esta será la mejor forma de celebrar la Revolución Mexicana que dio su paso más importante al triunfo con la Toma de Zacatecas.
A nombre de mis compañeros senadores Zacatecas Carlos Puente, David Monreal y el de la voz, agradezco a mis compañeros de la Comisión de Hacienda y Estudios Legislativos, Segunda, así como todos ustedes, compañeros senadores, por su voto a favor del presente dictamen.

Es cuanto, señor presidente.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Gracias senador Alejandro Tello Cristerna. A continuación se le concede el uso de la palabra al senador David Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, para hablar a favor de este dictamen.

-EL C. SENADOR DAVID MONREAL ÁVILA: Gracias, presidente. La Batalla de la Toma de Zacatecas enseña que hay que tomar como modelo de las Tropas de la División del Norte su carácter, de decisión, valentía y coraje para no permitir atropellos y gobiernos espurios, usurpando a los que verdaderamente representaban al pueblo mexicano y zacatecano.

Los generales Francisco Villa y Felipe Ángeles supieron liderear a las tropas a fin de vencer a la élite de gobierno.

De esta manera la Toma de Zacatecas es uno de los hechos de mayor trascendencia de nuestro país y de este Estado.

La batalla de 1924 no fue una batalla más de la Revolución Mexicana, fue la batalla que transformó la vida misma de nuestro país.

El Centenario de un acontecimiento de esta envergadura en la historia de México debe ser reconocido y divulgado. Debido a esto acuñar una moneda conmemorativa es una forma de rendir honor a este acontecimiento. Las monedas conmemorativas hacen alusión a acontecimientos o personajes de gran trascendencia nacional y relevancia internacional.

Para que una moneda se considere conmemorativa, debe de cumplir con características especiales que la distingan de las demás de uso habitual. Esas características o diferencias se resumen en la nobleza de los materiales de acuñación, como son el oro y la plata, en una métrica adecuada y en una acuñación y diseño cuidadoso que le proporcionan un alto valor artístico.

Constituyen un vehículo idóneo para guardar en la memoria de acontecimientos que merecen conservarse de una manera especial.

La Toma del Estado de Zacatecas del 23 de junio de 1914, donde se da lugar al triunfo armado de la Revolución Mexicana, merece un reconocimiento al cumplirse un centenario de que aconteció.

Este hito histórico imprimiría el rumbo definitivo de la gesta revolucionaria que llevaría en el mismo año de 1914 a la Convención de Aguascalientes y tres años después al Congreso Constituyente del 17. Si bien fue una batalla cruenta que significó cuantiosas pérdidas humanas y materiales para Zacatecas y para todos los que combatían en distintas partes del país, también sería la batalla que daría inicio a una serie de consecuencias que transformaron la vida y el futuro de México. Batalla como la de aquel año de 1914 en territorio zacatecano, nos dejan como legado principios que nos dicen que derrocar el autoritarismo cuando…….


(Sigue 10ª parte)
. . . . . . . . . . . ........territorio zacatecano nos dejan como legado principios que nos dice que derrocar el autoritarismo cuando toda la  sociedad se une bajo la misma causa es posible; conmemorar el Centenario de la Toma de Zacatecas median una Monea Conmemorativa es reconocer uno de los hechos más significativos en la historia de la nación, el cual no solo propició la caída de un presidente usurpador como Victoriano Huera, sino también el triunfo de la Revolución Mexicana.

La acuñación de este moneda es una forma de honrar l os actos históricos, la vida y la memoria de aquellas y aquellos que combatieron en la lucha armada, con la única finalidad de darnos libertades y darnos democracia que en los libros de historia no registran en sus páginas, pero sin ellos no se hubiera avanzado al derrocamiento del autoritarismo.

Mantener vivos los ideales de aquellos que luchaban por una patria más justa es una forma de nunca olvidar de dónde venimos, y debe ser la brújula para saber hacia dónde debemos ir.

También es una forma de reforzar los vínculos de identidad nacional y de sentido de pertenencia entre todos los mexicanos.

Es un medio para consolidar en la memoria social los hechos históricos que nos forjaron como nación, así como los valores y tradiciones de nuestro país: El Centenario de la Toma de Zacatecas es el momento justo para hacer una profunda reflexión de la nación, que verdaderamente quiere la población, tomando como base aquella por la que lucharon quienes nos antecedieron, pero sobre todo, es una forma de resaltar que dicha gesta histórica sea recordada como referente de nuestra soberanía nacional.

Agradezco a los compañeros senadores por su atención.

Es cuanto, señor Presidente. A favor del dictamen.

- EL C. PRESIDENTE SENADOR AISPURO TORRES: Gracias, Senador David Monreal Avila. A continuación se le concede el uso de la palabra al Senador Carlos Alberto Puente Salas, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista, para hablar en pro del dictamen.

- EL C. SENADOR CARLOS PUENTE SALAS:  Muchas gracias, con la venia de la Presidencia, buenas tardes, compañeras y compañeros senadores.

Como Senador del Estado de Zacatecas celebró el acompañamiento de mis compañeros senadores, el Senador Alejandro Tello Cristerna, y David Monreal Avila, el contenido del presente dictamen que se encuentra a discusión.

También a nombre de mis paisanas y de mis paisanos vengo a esta tribuna para agradecer a las comisiones dictaminadoras, a esta Senado de la República y a la Cámara de Diputados, al Congreso de la Unión la disposición para proponer la acuñación de una memoria que conmemore el Centenario de la Toma de Zacatecas.

Con esta decisión se honra y reconoce a  los pobladores y al ejército revolucionario que con valor y heroísmo participaron en la Toma de Zacatecas hace cien años.

Esta batalla significó la apertura del camino de las tropas revolucionarias hacia el centro del país, por lo que fue un hecho decisivo para el triunfo de la Revolución Mexicana.

La Toma de Zacatecas es la conquista más importante del movimiento revolucionario, nuestro estado fue el escenario de la batalla más táctica que tuvo la Revolución, como la describió Ferrer de Mendiolea.

En el enfrentamiento se aprovecharon las fortificaciones naturales como el bastión de nuestro histórico y representativo Cerro de La Bufa, que viste a nuestra heroica ciudad y desde el cual se marcaron acontecimientos que cambiaron el rumbo y la historia de nuestro país.

El coronel Montejo resumió el resultado de la Toma de Zacatecas en una forma contundente, le rompimos el espinazo, en alusión a las fuerzas federales de Victoriano Huerta.

Por ello es de relevante importancia que en el marco de los festejos por el centenario de esta gran hazaña se conmemore con la emisión de una moneda, esta fecha tan importante par todos y todos l os zacatecanos.

Con esta acción se destaca y honra este acto heroico que resalta la importancia de la lealtad, el patriotismo y la valentía de todas y todos los zacatecanos.

Compañeras y compañeros: Hace cien años el valor de los mexicanos y de los zacatecanos para defender los ideales revolucionarios y la libertad, contribuyó en la construcción del estado mexicano moderno, sobre su espíritu descansan los valores y las instituciones que hoy nos dan identidad, gracias a su heroísmo y sacrificio, hoy somos una sociedad democrática y libre.

Zacatecanas y zacatecanos desde nuestro estado sigamos contribuyendo al engrandecimiento de la patria mexicana.

Por su atención y respaldo al presente dictamen, muchas gracias.

Es cuanto, Presidente.

- EL C. PRESIDENTE SENADOR AISPURO TORRES: Gracias, Senador Carlos Alberto Puente Salas. En virtud de que no hay más oradores registrados, háganse los avisos a que se refiere el Artículo 58 de nuestro Reglamento para informar de la votación.

Abrase el sistema electrónico de votación por tres minutos para recoger la votación en lo general y en lo particular del decreto que hoy estamos discutiendo.

(SE ABRE EL SISTEMA ELECTRONICO DE VOTACION).....