* Versión del discurso de la senadora Martha Elena García Gómez, durante la visita de los viceministros de El Salvador, Liduvina del Carmen Magarin; de Honduras, María Andrea Matamoros y de Guatemala, Oscar Adolfo Padilla Lam

Muy buenos días tengan todos ustedes.
Quiero agradecer la invitación de la senadora Gaby Cuevas, a este evento. Sin duda, debo decirles que Gaby ha sido una aliada estratégica para los temas en materia de niñas, niños y adolescentes que hemos impulsado desde el Senado de la República.

También agradezco la presencia de nuestros invitados internacionales; excelentísimas viceministras Liduvina del Carmen Magarin, de la República del Salvador y María Andrea Matamoros, de la República de Honduras, así como del excelentísimo viceministro embajador Oscar Adolfo Padilla Lam, de la República de Guatemala. Sean ustedes bienvenidas y bienvenido al Senado de la República.

Al mismo tiempo, saludo a mis compañeros Ana Gabriela Guevara, Lisbeth Lecona y Arquímides Vargas, definitivamente sabemos que su presencia es fundamental para abordar estos temas.

Y finalmente, pero no menos importante agradezco la presencia de nuestras expertas y expertos en la materia, que sin duda, nos enriquecerán como siempre con sus experiencias.

Debo decirles que la Comisión de los Derechos de la Niñez y de la Adolescencia, la cual me honró en presidir, tiene entre sus prioridades el tema de la niñez migración. Este fenómeno ha sido abordado, en la recién creada Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, ahí si me gustaría explicarles un poco. Cuando yo llegó al Senado lo primero que pregunto es si había una comisión de niñas, niños y adolescentes, porque siempre he trabajado, ese tema siempre me ha interesado muchísimo, y cual va siendo mi sorpresa de que no existía esa comisión, me puse arduamente a trabajar sobre el tema y que bueno, que bueno, gracias, Gaby estuvo también ahí muy presente apoyándome, en que esta comisión, pues quien no tiene un niño, quien no tiene una niña, quien no tiene un adolescente, que le interese que también nuestros niños estén resguardados, estén protegidos y que tengan una ley general de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

Decirles que el resultado de la adopción de la Convención sobre los Derechos del Niño, sus protocolos facultativos y demás instrumentos internacionales suscritos por el Estado mexicano, así como de todas las propuestas de organismos internacionales, como UNICEF, las organizaciones de la sociedad civil, autoridades, académicos y especialistas en la materia.

Y este nuevo ordenamiento establece la creación de un Sistema Nacional de Protección Integral a partir del cual el Estado mexicano garantiza la protección, la prevención y la restitución integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes que les hayan sido vulnerados.

Señala 19 derechos humanos para la niñez y la adolescencia, entre ellos el derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo, a no ser discriminados, a una vida libre de violencia, entre otros. Y se hace una mención especial de los derechos de niñas, niños y adolescentes migrantes.

Este capítulo se refiere a las medidas especiales de protección que las autoridades deberán adoptar para garantizar los derechos de niñas y los niños migrantes, acompañados y no acompañados, separados, nacionales, extranjeros y repatriados en el contexto de la movilidad humana. Señala la obligación de las autoridades de todos los órdenes de gobierno para proporcionar servicios adecuados a niñas, niños y adolescentes en situación de migración, independientemente de su nacionalidad o su situación migratoria.

Establece la obligación del Instituto Nacional de Migración para la determinación de la condición migratoria, previendo además que el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia deberá brindar la protección especial que la misma ley prevé, como es el caso de los albergues o centros de asistencia social para la atención de niñas y niños migrantes, previendo que se deberá tomar en cuenta el principio del interés superior de la niñez durante el proceso administrativo migratorio al que estén sujetos estos niños y estimando las posibles repercusiones de la decisión que se tome en cada caso y en concreto, situación que además estamos trabajando en las leyes de la materia tales como la ley de migración.

Las niñas y los niños migrantes tienen además de los derechos contemplados en la ley, el derecho a ser notificados de la existencia de un procedimiento y decisión que se adopte en el marco del proceso migratorio, el derecho a ser informado, el derecho a que su proceso migratorio sea llevado por un funcionario especializado, a ser escuchado, a participar en las diferentes etapas procesales, a ser asistido por un traductor o intérprete, así como a la debida asistencia consular, entre otros.

A grandes rasgos, la ley nos permite tener una respuesta operativa para enfrentar la llamada crisis humanitaria y brindar certeza y seguridad jurídica a la niñez migrante, por ejemplo en ningún caso una situación migratoria irregular de una niña, niño o adolescente preconfigurará por sí misma la comisión de un delito.

Para esta Cámara Alta, la ley no es un instrumento que termine con los abusos de los que son sujetos niñas y niños pero sí es el piso mínimo que permitirá dar fundamento jurídico a las decisiones que deberán ser implementadas por las diversas autoridades en los tres niveles de gobierno.

Definitivamente, reconocemos que falta mucho por hacer, pero esta ley, sin duda alguna, finca un precedente para la atención de niñas, niños y adolescentes migrantes.
Yo les agradezco su atención y tengan la seguridad de que en el Senado estaremos muy atentos a las buenas prácticas y al trabajo coordinado con las Repúblicas de El Salvador, Honduras y Guatemala.
Muchas gracias.

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