Entrevista a la senadora Angélica de la Peña al término de la reunión de la comisión de Derechos Humanos con defensoras y defensores de derechos humanos.
P.- ...estado de excepción, sabemos que ya se había aprobado en comisiones, había la intención de aprobarlo el último día del ordinario, algo paso, se sacó del orden del día; y bueno, yo hasta donde entiendo este estado de excepción, tienen que cumplirse ciertas normas para darse este estado de excepción, que quizá en México sería muy difícil que se pudieran lograr, explíquenos por favor.
Angélica de la Peña Gómez (ADLPG).- Este precepto en la Constitución, en el 29 constitucional, está inscrito prácticamente textual desde 19857, desde la Constitución de 1857; fue refrendado en la Constitución de 1917 prácticamente textual en el mismo artículo 29; sufre una pequeña reformar en época de López Portillo, que simplemente cambió el Consejo de Ministros para especificar cuáles serías las Secretaría.
Y recientemente, después de la reforma de junio de 2011, la otra reforma tiene que ver que en vez de Procuraduría General de la República se va a establecer lo que va a ser la Procuraduría, una Fiscalía Nacional como organismo autónomo; entonces, realmente le cambio más importante son las adiciones que hay de este primer párrafo del 20 constitucional, en el marco de la reforma de junio de 2011, donde se establecen cuáles son los criterios que tendría que seguirse para determinar un estado de excepción, donde se tendría que restringir o suspender derechos y garantías en el país.
¿Qué establece la Constitución? define que tiene que ser enviado al Congreso de la Unión o a la Comisión Permanente por la urgencia de manera inmediata, dependiendo de cuál sea la situación, y también determina un control por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
México no tiene prácticamente un historial donde este artículo se haya implementado; la última ocasión en donde se invoco por parte del Ejecutivo, simplemente quedó como una alerta, fue cuando México se integra con las naciones aliadas en la Segunda Guerra Mundial, que es cuando origina que México participe en la Segunda Guerra Mundial de manera típica, solamente con el Escuadrón 201; si recordamos en la historia México no participa propiamente en actos bélicos, es decir, simplemente queda el Escuadrón 201 en impase en Filipinas, pero su sola integración en el ámbito de los aliados en aquella época, por supuesto nos incluye como participes, como Estado que participa en la Segunda Guerra Mundial.
Y entonces, lo que el decreto simplemente lo que establece es una alerta, es decir, frente a  las posibles reacciones que pudiera vivir, padecer México en función de estar repeliendo a contrarios, que si recuerdan era la Alemania nazi, entonces, por la cercanía con Estados Unidos, había una alerta en el sentido de que pudiera haber un acto contra nuestro país por su participación en la Segunda Guerra Mundial.
Es curioso, pero después hubo desastres naturales que también están dentro del concepto del 29 constitucional que no se invocó por parte del Ejecutivo en turno para suspender garantías y derechos, por ejemplo, puedo mencionar el caso del temblor del 85 en toda la zona centro del país, que prácticamente fue un verdadero desastre para nuestra ciudad y otros estados, no se invocó por cierto; otros países si lo hubieran hecho, por ejemplo, en el caso de la epidemia AH!N! que yo creo que las decisiones que tomó el Ejecutivo como sus homólogos locales y las instancias encargadas de estas materias simplemente llevaron un control de esta epidemia.
Entonces, ahora estamos obligados como Congreso de la Unión por un mandato en la Constitución, en el transitorio 4º de la Constitución a partir de 11 de junio de 2011, que le daban una vacatio legis de un año al Congreso de la Unión para hacer una ley reglamentaria, es decir, explicar los cómos se tendría que implementar un estado de excepción que suspenda o restrinja garantías y derechos, ya sea por invasión, desastres naturales o por la perturbación grave de la paz pública. Y estos preceptos están prácticamente inscritos, insisto, de 1857.
De tal manera que ahora esta ley que prácticamente estaba pasando sin ningún problema, yo explicaba a las organizaciones donde realmente teníamos una litis era en la otra, que acompaña a este dictamen, por mandato también de la Constitución también en un artículo que fue reformado en junio de 2011, que es el que tiene que ver con la expulsión de personas extranjeras, el artículo 33, ahí teníamos una litis y lo resolvimos y entonces lo aprobamos.
Pero prácticamente hubiéramos aprobado esta ley semanas antes porque ya estaba terminada; yo les explicaba a las organizaciones, ¿y por qué se dieron cuenta prácticamente ya cuando destrabamos la del artículo 33? porque estaba publicada en tiempo y forma y aprobada en comisiones, no tenía ningún problema a reglamentaria del 29.
Pero como hay preocupaciones, lo que decidimos fue atenderlas e inmediatamente tomamos las medidas, las presidentas y el presidente de las comisiones, para retirarla aún cuando efectivamente como usted señala,  estábamos a punto de aprobarlas, en los últimos días del período ordinario de sesiones. Ya nos retrasamos dos años en el cumplimiento del mandato de la Constitución, en junio de 2012 debió haberse aprobado esta ley reglamentaria; es un pendiente que heredamos de las legislatura anterior, y por supuesto, no pasa nada si nos detenemos unas semanas para que demos este espacio de discusión y las organizaciones no gubernamentales que han manifestado preocupaciones sean atendidas y esta es una primera reunión pública que tenemos a partir de entonces para que, como ustedes observaron, les escuchásemos y atendamos todo lo que pueda ser totalmente atendible y que garantice resolver sus preocupaciones.
P.- Pero dentro de esta ley reglamentaria también se establecen las garantías que no se pueden suspender, por ejemplo, creo que es libertad de expresión...
ADLPG.- Sí. La Constitución establece una serie de artículos que son considerados como intangibles, es decir, se puede suspender garantías, se pueden suspender derechos o restringir derechos, salvo todos estos derechos y, entonces, enumera alrededor de diez derechos, nosotros inclusive en el dictamen de la ley pusimos algunos otros, que yo creo que eso fue muy relevante en la negociación, y son derechos que tienen que ver con la no discriminación, con el interés superior de la niñez, con los derechos de las mujeres, es decir, siempre está definido derechos a la libertad de expresión, por supuesto, tienen que ver con el ejercicio de la libertad de conciencia, de pensamiento y de religión, es decir, una serie de derechos que son intocables, la misma Constitución lo establece de manera puntual; entonces, estos derechos no pueden estar de ninguna manera contenidos en el decreto que determine el Congreso de la Unión cuando tenga, de manera urgente y extraordinaria, decidir un estado de excepción que suspenda, restrinja garantías y derechos, en función de que lo solicite el Ejecutivo federal.
P.- Finalmente, este artículo de estado de excepción se puede aplicar, por ejemplo, en Estados como Tamaulipas o Michoacán donde la violencia pues realmente parece que no hay Estado de derechos, ni autoridad ni nada  ¿se puede aplicar ahí?
ADLPG.- No. Es lo que yo mencionaba al final de mi reunión con las organizaciones no gubernamentales en el sentido de que esta Ley Reglamentaria del artículo 29 es muy específico; yo no veo que haya condiciones de que esgriman las autoridades invocar un artículo que no tiene que ver nada con el tema de seguridad pública.
Podría ser en cualquier, un territorio determinado, por ejemplo si viviésemos un situación como la de nuestro país vecino en septiembre de 2001, cuando por un acto terrorista por desgracia caen las Torres Gemelas, ese sería un hecho específico en el que sí se podría invocar el artículo 29 constitucional, por un asunto de emergencia y por situaciones que tiene que ver más con esa materia, que con una situación que tiene que ver con la seguridad pública o la lucha contra la delincuencia organizada o este tipo de situaciones de ingobernabilidad que viven estos Estados y otros en el país, no tiene nada que ver este artículo con la materia que preocupa, con las situaciones que preocupan a algunas organizaciones.
Por eso es muy importante leer desde la exposición de motivos y cada uno de los preceptos de cómo queda el artículo 29 constitucional para ubicar el tema, ubicar la materia con toda precisión, y no trasladar otras materias que no tienen que ver con el estado de excepción, nada que ver, es muy clara la Constitución, y repito, solamente hay situaciones muy, muy remotas en las que podría invocarse este artículo, una invasión de algún otro país, no sé, hechos terroristas como el que mencioné, situaciones de epidemia, tsunamis, desastres naturales, donde tiene que actuar las instituciones de emergencia y de manera extraordinaria para, y en ese sentido suspender algunos derechos, siempre y cuando no sean los que especifica la Constitución, simplemente para responder a la emergencia, para tener condiciones de actuar rápidamente en la eventualidad de estos hechos especificados en el 29 constitucional.
P.- ¿Cuáles son las preocupaciones  principales de las organizaciones?
ADLPG.- Yo creo que tiene que ver también con los tiempos que estamos viviendo en el país; cuando hay una discusión que tiene que ver con otras leyes, que tiene que ver con manifestación de ideas, con protestas sociales, con actos que en el ejercicio de sus derechos civiles y sus derechos políticos y su derecho a manifestarse de manera pública y legal, como es su derecho.
Les preocupa que en un estado de excepción pueda estarse aplicando o invocarse en una situación como la que ahora se está viviendo frente a ciertas reacciones a algunas leyes, como la de telecomunicaciones que tiene que ver con la libertad de expresión; con situaciones de seguridad, persecución de marchas, este tipo de situaciones que vemos más en los Congresos locales de querer endurecer algunas leyes en relación con las manifestación de protesta pública y, sobre todo, también hay que decirlo de manera puntual, que también responden a otra parte de la sociedad que dice "oigan, la autoridad tiene que proceder cuando se radicalizan algunos pequeños grupos que se infiltran en las manifestaciones públicas y que atentan contra los derechos de terceras personas, contra la propiedad, contra el patrimonio de otras personas que no tienen absolutamente nada que ver".
Entonces la autoridad siempre tiene que estar dirimiendo, cómo equilibra un aspecto  y otro aspecto, cómo equilibra un aspecto y otro aspecto; y en ese sentido, yo entiendo que la preocupación de las organizaciones que hoy estuvieron con nosotros y otras que también comparten estas preocupaciones, porque se distinguen por su lucha por los derechos humanos,  es "hay que ponerle cotos, cuidar que las autoridades en el ejercicio del poder, de las fuerzas públicas no trasgredan los derechos humanos de personas que tienen todo el derecho de manifestarse, de organizarse, de hacerlo en función también del ejercicio de un derecho constitucional, por cierto, que no es el 29, son otros artículos.
Es lo que yo les digo, el parámetro de nosotros en esta ley es que, en primer lugar, hay que tener mucho cuidado de que nosotros por no meternos en problemas, la retiramos y entonces seguimos ahí con un vacío. Nos parece que eso es my peligroso, ahí sí es muy peligroso, entonces sí debemos tener una Ley Reglamentaria del artículo 29 constitucional,  es urgente, es necesaria, es imprescindible, simplemente por una razón, que en la ley reglamentaria tenemos que colocar los procedimientos de cómo se aplicaría, como se invocaría, los requisitos que se tienen que cumplir, los controles que debe tener el decreto que enuncie la restricción de derechos y garantías, o suspensión de derechos y garantías, frente a los fenómenos inscritos en el propio 29 constitucional, para que las autoridades no hagan, como efectivamente les preocupa,  lo que quieran.
P.- ¿El dictamen se presentaría en septiembre?
ADLPG.- Yo no llevo prisa, si podemos lograr que estos consensos con los grupos parlamentarios, y de manera muy puntual, con las comisiones que estamos trabajando ene l dictamen, lo tenemos pronto, yo sería de la simpatía de que pudiera entrar a algún período extraordinario, junto con la del 33, que también  tiene un nuevo sentido.
Es necesario reglamentar el debido proceso, que ahora se reconoce, a las personas extranjeras a las que el Estado mexicano está expulsando, son leyes importantes, y ya no tardamos dos años, si no logramos los consensos, entraría cuando muy tarde en septiembre.
P.- ¿Qué garantías se les van a dar a los ciudadanos en casos como el de Guerrero el año pasado, que hicieron bloqueos carreteros ante el reparto inequitativo de los apoyos, en ese tipo de sentido, si se podrían garantizar -dado que está el estado de excepción-  los derechos humanos?
ADLPG.- No hay estado de excepción en ninguna parte del país, no hay un estado de excepción...
P.- Un desastre natural, estaría entrando dentro de estas condicionantes...
ADLPG.- Podría haber sido invocado, pero no lo hizo porque el Estado mexicano tiene un historial, yo no veo a ningún gobierno ni siquiera fíjese que en el 68, Díaz Ordaz que es el presidente más duro, más terrible que hemos padecido en este país frente a la manifestación que dio como origen homicidios contra estudiantes y contra personas civiles de manera inusitada y de manera ilegal, ni entonces el presidente Díaz Ordaz se atrevió a invocar el 29 constitucional, teniendo todo el poder.
Yo creo que los presidentes de la República ya no son como esos presidentes duros, dictatoriales, autócratas, me parece que el proceso de democratización en nuestro país ha sido muy importante; hay presencia muy importante de otros partidos políticos que permiten este equilibrio de fuerzas para evitar que sigan imperando ese tipo de decisiones. Siempre los gobernantes pueden estar a un impasse de correrse, pero siempre también los equilibrios desde la sociedad civil, desde los otros partidos, por supuesto, siempre estamos atentos de que no pase.
Usted recordará que el control en aquella época era terribles, desde gobernación, en los medios de comunicación, ustedes lo padecieron, no actuaban con la libertad, no podríamos estar celebrando una conferencia de prensa con los temas que hoy estamos hablando, con todo libertad y ustedes preguntar los temas que hoy preguntan.
Entonces, yo veo cada vez más lejano, aunque no está costando mucho trabajo, pero vamos avanzando más la construcción gobiernos más abierto, que es la dinámica en el mundo; México, por cierto, forma parte de los Estados que están esta nueva dinámica de gobiernos abiertos, aunque no lo sean tanto, o parlamentos abiertos, cada vez hay más exigencia de rendición de cuentas, hay cada vez más exigencia de transparencia, de que todas las decisiones sean públicas, abiertas, para que sean sancionadas por la sociedad. Entonces, me parece que es complicado que lleguemos a ese momento.
P.- En otro tema. Desde la óptica de los derechos humanos, el problema del "bullying",  ¿no será que en los niños estamos sembrando una semilla que es de la impunidad,  de la violencia, de la fuerza y el Estado derecho no lo tenemos a la vista?
ADLPG.- Las niñas y los niños aprenden; aprenden a ser buenos ciudadanas y buenos ciudadanos; aprenden a ser respetuosos de los derechos humanos, pero también aprenden a ser violentos, eso es el origen de la violencia. No es que los niños sean violentos por sí mismo, hay todo un precedente desde la propia sociedad, nuestra sociedad es muy violenta, y hay situaciones que siguen perpetuando, que hacen apología de la violencia desde los medios de comunicación, me refiero a las telenovelas, a los noticieros, situaciones que se viven en sus propios barrios, en sus propias comunidades y lo que veo yo detrás de todo esto es que hay impunidad y la impunidad sigue  perpetuando ese tipo de situaciones violentas.
Me parece que hay otro tema importante pendiente, el caso de la educación. Si no reconstruimos el sistema educativo nacional, que impacta a el país completo, y no solamente la  educación pública, también la educación privada, para que no estemos en los últimos lugares de calificación en el mundo, de una educación que estamos dando que no es pedagógica, que ya no forma, pus ahí tenemos otro pendiente.
Pero el pendiente más importante es que necesitamos que no haya vacíos en la ley;  yo he estado pugnando desde que llegué a esta Cámara de Senadores, de que es necesario legislar en estas materias, hay avances muy importantes en otros países con medidas de mediación entre los propios niños, en donde las maestras y los maestros son cuidadosos; donde la educación está fundada en el respeto de los derechos humanos; donde las niñas y los niños se ven como parece,; donde las familias no sufren violencia, una familia donde hay violencia de género, por supuesto que eso se sigue perpetuando.
Las niñas son violentas, pero en algún momento de su vida también son sumisas; los niños vuelven a perpetuar la violencia que viven de parte de sus padres, por el rol que juegan desde estos sistemas familiares, sistemas educativos, y como son sistemas, es sistémico el asunto,, es muy difícil si no trabajamos estructuralmente para deconstruir y reconstruir  estos sistemas hacia otros distintos.
Entonces, yo creo que no basta con que ahora nos diga el Secretario de Educación Pública que va a tomar medidas, porque este es un asunto muy añejo y ahora con las redes sociales, con los celulares, se puede grabar, se pueden tomar fotografías, pero esto existe desde hace mucho tiempo. Yo les  puedo preguntar a cada uno de ustedes si cuando estuvieron en la escuela no sufrieron "bullying", y yo siempre pregunto a todo espacio donde voy si cuando eran niñas y niños si sufrieron "bullying" y todo mundo levantamos la mano.
Pero esto ha seguido deteriorándose, entonces, yo creo que necesitamos ya legislar la Ley de Protección Integral que garantice los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes, que crea un sistema de protección, ahí es donde está clave.
El Sistema de Protección de los Derechos Humanos de las Niñas y los Niños, articula a todas las instituciones, y entonces, no nada más es la SEP, también es Desarrollo Social, es la Secretaría de Hacienda, es el DIF; es decir, son una serie de instancias que están articulada para decidir políticas públicas articuladas, que siempre tengan presente varios principios protectores de los derechos humanos de niñas y niños, entre ellos, el interés superior de la niñez, que ya es una precepto constitucional.
P.- Pero hoy actúan desarticulados...
ADLPG.- Hoy no hay articulación, y la no articulación no solamente nos lleva a tener deficiencias, sino que los programas etiquetados estén dispersos, lo cual afecta a la eficiencia del ejercicio presupuestal. Cuando tenemos una articulación de instituciones transversales desde una perspectiva  de la infancia y de derechos humanos y  de género, lo que haces es evitar duplicación de programas, pero también eso también te lleva a que evalúes los resultados, en México no hay evaluación de los resultados, somos omisos en la evaluación de los resultados y eso es necesario para poder etiquetar y poder planificar en el siguiente período, de tal manera que podamos corregir donde tengamos problemas, simplemente es actuar de manera científica.
P.- Frente a todas esas carencias institucionales y crecimiento del "bullying", pues creo que tendríamos que esperar a que siguiera creciendo el fenómeno para después una caída con una legislación y con una coordinación interinstitucional.
ADLPG.- La ley no va a resolver definitivamente todo, tenemos que lograr que las instituciones  cumplan con los preceptos de la ley, pero el gran mérito de la ley es que puedes exigirla judicialmente cuando no se cumple; cuando tienes un vacío legal, sufres muchas incapacidades, entones, ¿qué pasa con los padres de estas niñas, estos niños, que hoy conocemos a través de los medios de comunicación, de las redes sociales? que hoy no tienen una legislación que puedan invocar o que puedan exigir su cumplimiento desde las instituciones judiciales.
Maestros que no cumplen con su responsabilidad, pero sigue habiendo impunidad; maestros que huyen, ¿por qué huyen? ¿quién permitió que huyeran? cuando son acusados de violación a sus alumnas en las secundarias; o padres que con toda tranquilidad se la pasan meses  castigando, violentando, con cigarros a las partes de niños y no pasa nada; o niñas que suben, como si se tratara de una película, castigar a una niña porque dijo algo que no les gustó a otros y entonces "te hincas y si no te hincas", es una violencia verdaderamente extrema.
Todo lo que hemos visto es verdaderamente impactante, entonces, tenemos que trabajar en todo lo que está pendiente.
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