PROPONE PRD INICIATIVA PARA PERMITIR APERTURA DE LA INFORMACIÓN SOBRE LA CANCELACIÓN Y POSTERIOR CONDONACIÓN DE CRÉDITOS FISCALES

* Intervención en tribuna del Senador Manuel Camacho Solís, del Grupo Parlamentario del PRD, para presentar iniciativa que reforma los artículos 12 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, y 69 y 146-A del Código Fiscal de la Federación.

Manuel Camacho Solís, (MCS).  Con su permiso señor Presidente.

Senadoras, Senadores, Diputadas y Diputados.

La transparencia y mención de cuentas está en la esencia de un gobierno democrático. Permiten a los ciudadanos conocer el buen o el mal desempeño de las administraciones gubernamentales, por lo que es indispensable mantener un mecanismo de divulgación eficaz.

De ahí que sea necesario que los contribuyentes que no cumplen con sus obligaciones, pueda saberse que no lo hacen, desde luego garantizando el respeto a sus derechos.

El SAT sostiene el criterio de no revelar la información de los créditos fiscales cancelado y condonados de ejercicios fiscales pasados y publicar únicamente aquellos créditos que a partir de 2014 se vayan condonando o cancelando.

Este criterio es contrario al principio de máximo publicidad que consagra el Artículo Sexto, apartado A, de la Carta Magna.

No podemos dejar de recordar que en 2007 el SAT realizó la mayor cancelación de créditos fiscales de la historia, 73 mil 960 millones de pesos.

Los datos proporcionados por la Auditoria Superior de la Federación fueron de escándalo y son embargo nada sucedió.

Quince contribuyentes que tienen más de 100 créditos fiscales, y de ellos 6, registran más de 300, en particular un caso registró mil 453 créditos, número muy cercano a los mil 495 que en conjunto tiene el sector gobierno.

El tema fue abordado en la iniciativa que presentó el Senador Javier Corral cuando se abrió el primer periodo de sesiones de la actual legislatura con el apoyo de diversos Senadores, cuyo objetivo fue reformar la Ley de Acceso a la Información Pública y al Código Fiscal de la Federación para que el SAT no pudiera negar la información solicitada referente a la cancelación de créditos fiscales, debiendo proporcionar el nombre del beneficiario y la causa por la cual se determinó su cancelación; y establecía que ésta no implicaba o permitía condonar el crédito fiscal.

En esta iniciativa se propone un diseño legal que permita la apertura de la información sobre la cancelación y posterior condonación de créditos fiscales y de sus beneficiarios.

Es por ello que se propone adicionar un segundo párrafo al artículo 12 de la Ley de transparencia, para establecer la obligación a los sujetos obligados a proporcionar toda la información pública derivada del otorgamiento de recursos públicos que por cualquier motivo destinen a cualquier persona el cual puede comprender cualquier beneficio, subsidio o tratamiento especial por exención, cancelación o condonación tributaria o fiscal.

Con la finalidad de evitar posibles interpretaciones por parte de las autoridades fiscales en el sentido de que se encuentran impedidos para revelar información secundaria por el secreto fiscal que establece el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación, proponemos incluir una excepción al mismo.

Por último, se propone una reforma al artículo 146-A del Código Fiscal de la Federación, el cual establece que la cancelación de los créditos no libera de su pago al contribuyente.

Al respecto debemos recordar que las formas de extinción de un crédito son el pago, la dación en pago, la compensación, la condonación y la prescripción.

Con esta propuesta se atiende la preocupación social que aqueja a muchas y a muchos contribuyentes que se han visto afectados por el procedimiento señalado en el Código Fiscal de la Federación y garantizamos al mismo tiempo el ejercicio pleno del derecho a la información y la protección de los derechos de los Contribuyentes.

Muchas gracias.


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