NECESARIO, DAR CERTIDUMBRE A LAS MIPYMES EN EL PAGO OPORTUNO POR SUS SERVICIOS: SENADOR ÓSCAR ROSAS


El senador Óscar Román Rosas González presentó una iniciativa, a fin de establecer mecanismos más rigurosos que obliguen al saldo oportuno de los bienes o servicios contratados por el sector público a proveedores.

La reforma a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y a la que se adhirieron los senadores del PRI, Aarón Pozos Lanz y Eviel Pérez Magaña, prevé un sistema de solución de inconformidades y un procedimiento de conciliación entre dependencia y proveedores.

En la exposición de motivos, el senador Rosas González explicó desde la tribuna de la Cámara alta,  que cualquiera de las partes podrá acudir a las instancias de arbitraje, ya sean de carácter comercial, administrativo o judicial que así convengan. 

Actualmente, señaló el legislador, a pesar de contar con un sistema de compras gubernamentales más robusto y transparente que les permita participar de las adquisiciones, bienes y arrendamientos del sector público, las Mipymes se enfrentan a un dique que les imposibilita seguir creciendo, refinanciarse, pagar a sus empleados y seguir aportando a la economía nacional.

Ese obstáculo al que se enfrenta un sector importante de la economía nacional, es el retraso desmedido en el pago de los bienes o servicios que prestaron a dependencias federales y gobiernos locales.

Ante este escenario de incertidumbre para las empresas de menor tamaño, es necesario incorporar nuevos elementos en el sistema de contrataciones públicas que aceleren el pago a proveedores y den mayores herramientas de defensa ante el incumplimiento o demora de las entidades y dependencias federales y gobiernos locales.

En la legislación actual existen disposiciones para el pago de proveedores, pero se dan retrasos en los pagos a Mipymes hasta por 24 meses y aunque se contemplan sanciones, solamente para el incumplimiento por parte de los proveedores, precisó el senador por Campeche.

Con la iniciativa que fue turnada a las comisiones unidas de Comercio y Fomento Industrial y de Estudios Legislativos, se prevé que la responsabilidad resarcitoria debe ser entendida como la obligación a cargo de los servidores públicos de reparar los daños o perjuicios a la hacienda pública.

Así también, se facultará a la Secretaría de la Función Pública para conocer, iniciar y resolver responsabilidades resarcitorias, independientemente de las demás sanciones contenidas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

 


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