INNECESARIO MODIFICAR LA CONSTITUCIÓN PARA FORTALECER PEMEX: LUIS SÁNCHEZ JIMÉNEZ

* Esboza líneas generales de leyes a modificar para hacer de la paraestatal una empresa más rebosante

* Para fortalecer PEMEX no es necesario modificar artículo constitucional alguno, ni el 25, ni el 27 ni el 28, precisó el senador Luis Sánchez Jiménez.

"Se deja claro que por ningún motivo se permitirá la modificación de la Carta Magna para que se ponga en riesgo la propiedad de la Nación", lo declaró el Senador del PRD al salir de la reunión de trabajo sobre la Propuesta Legislativa de Reforma Energética del PRD, efectuada en esta capital; sin embargo, adelantó que el PRD sí tiene iniciativas que pasan por la modificación de 13 leyes para hacer de PEMEX una empresa saludable y productiva sin perder la rectoría del Estado Mexicano.

El Senador de la República, Luis Sánchez Jiménez indicó que entre los grandes acuerdos alcanzados el día de hoy en torno a la Propuesta Legislativa del PRD fue que concitó a la unidad a dirigentes del partido encabezados el ingeniero Cuauhtémoc Cárdenas, Marcelo Ebrard, Miguel Ángel Mancera, Jesús Zambrano y Alejandro Sánchez Camacho, todos dijo, coincidieron en la defensa irrestricta de los hidrocarburos  que son propiedad de los mexicanos.

En la reunión, en la que acudieron decenas de senadores y diputados con sus respectivos coordinadores, Miguel Barbosa y Silvano Aureoles respectivamente, se aprobó avanzar en un documento base que garantiza en todo momento la propiedad de la Nación sobre los recursos energéticos y sobre el fortalecimiento de PEMEX.

Indicó que a él y al diputado federal Luis Cházaro, les correspondió dar lectura al documento base de la discusión en este cónclave perredista.

Dijo, "La propuesta legislativa que presenta el Partido de la Revolución Democrática (PRD) está sustentada por los 8 Ejes Estratégicos de Reforma Energética que presentó el Ingeniero Cuauhtémoc Cárdenas Solórzano el pasado 14 de enero de este año, a saber:

1. Cambio en el Régimen Fiscal.
2. Autonomía Presupuestal.
3. Autonomía de Gestión.
4. Fortalecer a la Secretaría de Energía (Sener) y a la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH)
5. Tarifas, precios y subsidios de los combustibles y la electricidad para un acceso equitativo a la energía.
6. Convertir al Fondo de Estabilización de Ingresos Petroleros en un Organismo Financiero
7. Impulsar la Investigación y Desarrollo Tecnológico.
8. Transición energética, cuidado del Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable.

"Su diseño fue elaborado por un colectivo de Legisladoras y Legisladores, miembros del  PRD y especialistas en el tema energético".

"Cabe destacar que esta propuesta legislativa es integral, viable, responsable, sustentable y posible en el marco de modernizar y fortalecer al sector energético nacional. Sin privatizar, Petróleos Mexicanos y Comisión Federal de Electricidad se convierten, con la propuesta del PRD, en palanca del desarrollo nacional que detonará la inversión pública nacional, el desarrollo industrial y la creación considerable del empleo en nuestro país", acotó Sánchez Jiménez.

El senador mexiquense agregó: "hacemos público que el PRD, tiene ya lista una propuesta legislativa integral y modernizadora que adiciona, modifica y deroga las siguientes disposiciones legales en materia del Sector Energético Nacional:

1. Ley de Petróleos Mexicanos.
2. Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia del Petróleo.
3. Ley Federal de Derechos.
4. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
5. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
6. Ley Federal de Entidades Paraestatales.
7. Ley de la Comisión Nacional de Hidrocarburos.
8. Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.
9. Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética.
10.Ley General de Deuda Pública.
11.Ley de la Comisión Reguladora de Energía.
12.Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear.
13.Se crea la Ley del Fondo de Excedentes Petroleros".


ESBOZO DE PUNTOS DE LA PROPUESTA DEL PRD, BASE DE LA DISCUSIÓN.

1.Ley de Petróleos Mexicanos

Se reforma el Capítulo Primero con el propósito de establecer su naturaleza como empresa pública de carácter productivo, plenamente integrada, con autonomía presupuestal y de gestión, así como un mandato claro para potenciar y mejorar la eficiencia operativa de Petróleos Mexicanos así como su internacionalización.

El Estado realizará las actividades que le corresponden en exclusiva en el área estratégica del petróleo, demás hidrocarburos y la petroquímica básica, por conducto de Petróleos Mexicanos de acuerdo con la Ley Reglamentaria del Artículo 27 C.

La autonomía presupuestal se ejercerá conforme a lo dispuesto por la Ley de Petróleos Mexicanos y no por la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Esto garantiza que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público quede fuera del control presupuestal de Petróleos Mexicanos.

El superávit de operación de Petróleos Mexicanos al finalizar un ejercicio fiscal, será aplicado en el siguiente presupuesto como ingreso propio del organismo y deberá destinarse para atender las prioridades del organismo con base en su Plan de Negocios.

La autonomía de gestión se entenderá como la facultad para organizar sus actividades, con fundamento en criterios administrativos, técnicos, económicos, financieros, estratégicos, ambientales y de seguridad, para alcanzar los objetivos y metas de su plan de negocios, de la  Estrategia Nacional de Energía y demás programas y proyectos que se definan en esta Ley.

2. Ley Federal de Derechos.

Se modifica el Capítulo XII en materia de Hidrocarburos  para cambiar el Régimen Fiscal de Petróleos Mexicanos y permitir el mejor funcionamiento de la empresa pública de carácter productivo.Específicamente se modifica del Derecho Ordinario Sobre Hidrocarburos y aumento de la deducción de costos para el petróleo y gas con el propósito de conseguir que Petróleos Mexicanos cuente con  alrededor de 150 mil millones de pesos adicionales para inversión pública productiva para hacer frente a los proyectos productivos, presentes y futuros,establecidos en el Plan de Negocios de Petróleos Mexicanos.

3. Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica

Se reforma el Capítulo Segundo del organismo encargado de la prestación del servicio público de energía eléctrica para establecer la autonomía presupuestal y de gestión de la Comisión Federal de Electricidad, así como vincular sus programas a la Estrategia Nacional de Energía para fortalecer la planeación del sector energético nacional.

3. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

Se reforma para desvincular la intervención de la Secretaría de Hacienda de la gestión presupuestal de Petróleos Mexicanos.

4. Ley General de Deuda Pública

Los cambios en esta ley son para exceptuar a Petróleos Mexicanos y a la Comisión Federal de Electricidad de solicitar autorización a la Secretaría de Hacienda para gestionar y contratar financiamientos externos.

Para este efecto, ambos organismos requerirán autorización de la Cámara de Diputados y la SHCP mantendrá la función de llevar el registro de la deuda pública.

5. Ley Federal de Entidades Paraestatales

Se establece que Petróleos Mexicanos es una empresa pública de carácter productivo. Esta última junto con Comisión Federal de Electricidad se regularán por sus propias leyes o decretos de creación, y que esta Ley se aplicará sólo en lo que no se oponga o en lo no previsto por aquéllas.

6. Ley de la Comisión Nacional de Hidrocarburos; 7, Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear y 8: Ley de la Comisión Reguladora de Energía

Los organismos reguladores del sector energético nacional: la Comisión Nacional de Hidrocarburos, la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias, y la Comisión Reguladora de Energía se transforman de organismos desconcentrados a organismos descentralizados con el propósito de otorgarles mayor independencia respecto de las dependencias sujetas de regulación, así como para dotarlos de recursos presupuestales suficientes. El proceso de designación de los integrantes de sus órganos de gobierno se sujetan al mandato constitucional (Artículos 76, 78 y 89) de ratificación por el Senado de la República.
9. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

Esta ley se modifica para que en la ratificación de la Estrategia Nacional de Energía, que realiza el Congreso de la Unión, se considere la adecuada coordinación y evaluación de los objetivos y metas del Plan de Negocios de Pemex, el Programa de Obras e Inversiones del Sector Eléctrico, el Programa para el Aprovechamiento Sustentable de Energía y el Programa Especial para el Aprovechamiento de Energías Renovables, así como un dialogo más fructífero, en esta materia, entre el Poder Ejecutivo y Legislativo.

10. Ley del Fondo de Excedentes de los Ingresos Petroleros

Con el propósito de acumular y capitalizar, de la manera más racional posible, los ingresos que la nación obtiene de su riqueza natural en hidrocarburos, una parte de los ingresos que se obtengan de su extracción se orientarán a crear y el Fondo para los excedentes Petroleros, cuyos recursos podrán contribuir a garantizar la estabilidad de los ingresos públicos, y sus rendimientos sólo podrán ser utilizados para financiar a objetivos de largo plazo.

12. Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética

Se propone establecer metas de incorporación de energías renovables para la generación de electricidad, expresadas en términos de porcentajes mínimos de capacidad instalada y de suministro eléctrico.

13. Corrupción y transparencia.

Como condición previa a la discusión de la Reforma Energética es necesario erradicar la corrupción de arriba a abajo o viceversa. Esto implica, transparentar la relación de la Administración de Petróleos Mexicanos con el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana. De igual forma, es menester combatir la corrupción de altos funcionarios que aprovechando su jerarquía han abusado de su condición para obtener sobornos multimillonarios en detrimento del patrimonio nacional de Petróleos Mexicanos.

 


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