- Este es un tema central para la transparencia y rendición de cuentas en nuestro país, dichos instrumentos involucran temas fundamentales para el desarrollo y la soberanía de la nación
Isidro Pedraza, senador del Grupo Parlamentario del PRD presentó una iniciativa para reformar el artículo 6, el 5 bis y 5 ter de la Ley sobre Celebración de Tratados para incorporar diversas disposiciones mediante las cuales se establezca el contenido que debe llevar el registro de información de tratados internacionales y acuerdos interinstitucionales, con el fin de que dichos compromisos puedan ser verificados y se cumplan a cabalidad.
“Este tipo de información permite que las personas se encuentren posibilidad de buscar y recibir información que se encuentra en poder de los gobiernos, así como de los entes que componen la sesión pública, con lo cual no sólo se hace exigible el derecho, sino que abona la rendición de cuentas a las que están obligadas todas las dependencias gubernamentales”, afirmó el senador Pedraza.
El legislador perredista refirió que en materia de tratados internacionales, la información que proporciona la Secretaría de Relaciones Exteriores no cumple con los requisitos que se establecen en los ordenamientos respectivos. “Tras analizar los contenidos del portal de la Cancillería, en cuanto a los tratados internacionales es evidente que la Secretaría no ha cumplido con su obligación de proporcionar a la población información completa sobre los contenidos de los tratados en los que el Estado Mexicano ha suscrito y se cuenta con el seguimiento oportuno a las obligaciones contraídas, sin dejar de lado el hecho que el acceso y la navegación dentro de este portal no es accesible para toda la población”.
“Este es un tema central para la transparencia y rendición de cuentas en nuestro país, dichos instrumentos involucran temas fundamentales para el desarrollo y la soberanía de la nación”, agregó.
Pedraza Chávez recordó que si bien, el artículo 28 fracción primera de la Ley Orgánica de Relación Pública Federal y el artículo 6 de la Ley sobre Celebración de Tratados facultan a la Cancillería a intervenir en toda clase de tratados y llevar un registro de los mismos, no existe disposición legal que regule el contenido del registro público en general, incluso, la propia Auditoría Superior de la Federación, ha señalado que la Cancillería no ha cumplido con la obligación de dar seguimiento de informar sobre el cumplimiento a cabalidad de las obligaciones contraídas dentro de los tratados internacionales.
“Dentro de esas auditorías, la Auditoría Superior de la Federación encontró que el registro de los tratados está contenido en un formato que no cuenta con las características de un sistema de información integral, preferentemente automatizado que genere datos estadísticos de manera oportuna económica suficiente y confiable que resuelva las necesidades de seguimiento y coadyuve a la toma de decisiones”, subrayó.
Por ello, señaló el senador perredista, dicha iniciativa retoma las observaciones realizadas a la Secretaría Relaciones Exteriores en los informes antes señalados y tiene por objeto incorporar diversas disposiciones, mediante las cuales se establece el contenido que debe llevar el registro de información de tratados internacionales, con el fin de que los compromisos adquiridos en los mismos puedan ser verificados y se cumplan a cabalidad.
“Se adiciona un artículo 5 bis, el cual puntualiza que con relación a los tratados y acuerdos internacionales el sistema público de información debe de incluir datos, estadísticas, actividades, metas, presupuesto total designado junto con reportes anuales sobre su aplicación, controles y líneas de coordinación, y evaluación, y sanciones aplican en caso de incumplimiento de los mismos documentos en comento, para dar cuenta del seguimiento y la eficacia de estos en un efectivo sistema electrónico de datos”, concluyó.