• Se proponen hasta 20 años de cárcel para quienes utilicen a menores en motines: Arturo Zamora

El Senado de la República analiza una iniciativa de reforma que  sanciona  la utilización de niñas y niños en bloqueos y motines que pongan en riesgo su integridad, así como establece sanciones de hasta 20 años de prisión a los adultos que fomenten este tipo de acciones.

La iniciativa presentada por el senador  Arturo Zamora Jiménez y publicada en la Gaceta Parlamentaria contempla reformas la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; y al Código Penal Federal, para establecer un marco legal en concordancia con la Convención sobre los Derechos del Niño, respecto a la no participación de menores en conflictos que pongan en riesgo su integridad.

“Se deben establecer sanciones ejemplares para quienes se aprovechan de la inocencia de nuestros niños para convertirlos en rehenes de causas políticas ajenas a sus derechos fundamentales, valiéndose de ello para cometer delitos como el motín y los bloqueos a las vías de comunicación”, indicó.

De acuerdo con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) en todo el mundo, miles de niñas y niñas son reclutados por actores estatales y no estatales para servir como combatientes, cocineros, escudos humanos, mensajeros, entre otras funciones incompatibles con el interés superior de la niñez.

En México se tiene la experiencia del reclutamiento de niñas y jóvenes por parte de organizaciones criminales que los utilizan para cometer actos deleznables tales como trasiego de drogas, ejecuciones, secuestros y extorsiones.

Sin embargo, el terrorismo y el crimen organizado no son las únicas amenazas para el desarrollo pleno de la niñez. En nuestro país, hemos sido testigos de otras formas de utilización y manipulación de mucha menor intensidad, pero que de igual forma ponen en entredicho los derechos de los niños.

Zamora Jiménez expuso que  esta iniciativa no tiene un destinatario específico ni busca ningún otro objetivo más que el de garantizar la protección de niñas, niños y adolescentes de situaciones que pudieran implicar un peligro para su integridad física.  

Se argumenta que en México está aumentando el uso de menores en bloqueos y manifestaciones lo cual debe ser objeto de una reflexión en el Senado y en la sociedad.

En este contexto el pasado  15 de junio a Secretaría de Educación Pública (SEP) denunció que en diversos estados del país se utilizó con engaños, con la presión de maestros agremiados a la CNTE o los propios padres a  niñas y niños de entre 3 y 10 años de edad de los jardines de niños y primarias para colgarles pancartas en el cuello y usarlos en las marchas que realizaron miembros de la disidencia magisterial y las organizaciones que les apoyan.

En este orden de ideas, vale la pena subrayar que México, como uno de los Estados Partes de la Convención sobre los Derechos del Niño, se encuentra obligado a garantizar estos derechos, sobre todo cuando se trata de autoridades y servidores públicos, como de hecho los son los propios maestros.

Otros casos extremos es que niñas y niños mexicanos han sido utilizados como escudos humanos en las barricadas y en otros actos delictivos que además de atentar contra la sociedad, ponen en riesgo la integridad física de los menores en estados como Oaxaca y Michoacán.

“Afortunadamente en  ninguno de estos lamentables eventos han derivado en lesiones a los menores involucrados, pero lo cierto es que tampoco podemos esperar a que esto suceda”.

“Cuando se obliga a los niños y jóvenes a marchar, o se les usa como escudos humanos en motines y bloqueos, no solo se distorsiona perversamente su derecho a participar en sociedad, sino que se vulneran gravemente sus derechos fundamentales consagrados en la Constitución y en los tratados internacionales firmados por nuestro país”, agregó el legislador por Jalisco.

La reforma establecer  sanciones ejemplares para quienes se aprovechan de la inocencia de nuestros niños para convertirlos en rehenes de causas políticas ajenas a sus derechos fundamentales, valiéndose de ello para cometer delitos como el motín y los bloqueos a las vías de comunicación, ambos tipificados en la legislación actual.

La reforma a un párrafo tercero al artículo 64 y a el artículo 72 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, donde se establezca que “para quedar como sigue:

“Niñas, niños y adolescentes tienen el derecho a no ser utilizados por personas o grupos que transgredan las limitaciones a la manifestación de ideas establecidas en el artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

“Las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, están obligados a disponer e implementar los mecanismos que garanticen la participación permanente, auténtica y activa de niñas, niños y adolescentes en las decisiones que se toman en los ámbitos familiar, escolar, social, comunitario o cualquier otro en el que se desarrollen”.

Asimismo se propone adicionar un tercer párrafo al artículo 131 y un artículo 168 Ter, al Código Penal Federal, para quedar como sigue: “se aplicará la pena de seis meses a siete años de prisión y multa hasta de cinco mil pesos, a quienes para hacer uso de un derecho o pretextando su ejercicio o para evitar el cumplimiento de una ley, se reúnan tumultuariamente y perturben el orden público con empleo de violencia en las personas o sobre las cosas, o amenacen a la autoridad para intimidarla u obligarla a tomar alguna determinación”.

A quienes dirijan, organicen, inciten, compelan o patrocinen económicamente a otros para cometer el delito de motín, se les aplicará la pena de dos a diez años de prisión y multa hasta de quince mil pesos.

“Las penas para el delito de motín se duplicarán cuando se utilice a niñas, niños y adolescentes”.

Respecto al artículo 168 ter se agrega “al que, para detener los vehículos en un camino público utilice niñas, niños o adolescentes, se le impondrán de dos a siete años de prisión y de doscientos a quince mil días multa”.