• Las ternas vienen viciadas de origen, lo que indica que los ganadores ya están definidos por parte del Ejecutivo Federal.
  • Las aprox. 30 horas de comparecencias de las y los candidatos, no aportaron nada para la elaboración de un dictamen serio.

La Senadora Independiente Martha Tagle integrante de la comisión de Justicia del Senado de la República posicionó en reunión de dicha comisión la desaprobación total al dictamen que se sometió y aprobó con 10 votos a favor, 1 en contra; mismo que hace referencia al proceso del nombramiento de las candidatas y los candidatos a ocupar un espacio en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Señaló que la simulación de hacer y al final terminar decidiendo lo que se pretendía desde un principio, deja con un sabor ácido a la ciudadanía que tanto interés mostro en la comparecencia de las ternas que fueron enviadas al Senado. Indicó que lo mejor en este momento de crisis socio-política es rechazar las ternas presentadas ya que estas vienen viciadas de origen, lo cual indica que los ganadores ya están definidos por parte del Ejecutivo Federal.

Mencionó que los perfiles de las ternas carecen de idoneidad por lo cual no son elegibles, además es increíble que en el dictamen presentado se incluya la misma documentación presentada por las ternas al Senado y a la comisión de Justicia pues esto hace evidente que las 30 horas de comparecencias por parte de las candidatas y los candidatos no aportaron nada para la elaboración de un dictamen serio que dé respuesta a la demanda ciudadana, ya que, solo se simuló un proceso de transparencia y rendición de cuentas, mismo que se temía fuera a suceder.

Resaltó que el problema inicial radica en el Ejecutivo Federal por no tener la capacidad de mandar ternas equilibradas y enviar a dos ganadores disfrazados en seis, dijo que esto es inaceptable puesto que los tiempos han cambiado, pero con estas acciones parece indicar que todo sigue exactamente igual, como si el tiempo se hubiese detenido.

Concluyó diciendo que presentará su voto particular en ambas ternas, ya que, ninguna cubre con el art. 95 numeral 5 párrafo II y citó “Los nombramientos de los Ministros deberán recaer preferentemente entre aquellas personas que hayan servido con eficiencia, capacidad y probidad en la impartición de justicia o que se hayan distinguido por su honorabilidad, competencia y antecedentes profesionales en el ejercicio de la actividad jurídica”. Dijo que es momento de cambiar la historia del país y que ella está en toda disponibilidad de seguir trabajando con y para la ciudadanía.

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