Los generadores de residuos peligrosos tienen la responsabilidad de manejarlos de manera segura y ambientalmente viable, al igual que, realizar una adecuada disposición final, afirmó el senador Jorge Emilio González Martínez.

En particular, los pequeños generadores de residuos peligrosos son un gremio que debe tener especificaciones claras respecto de sus responsabilidades y obligaciones frente al manejo adecuado de los residuos peligrosos que generan, pues de lo contrario resulta endeble el equilibrio ecológico por impactos negativos en el ambiente y en consecuencia en la salud precisó el legislador del PVEM.

Señaló que los giros en que se desempeñan y concentran los pequeños generadores, se ubican con los industriales técnicos 28.5 por ciento, la industria manufacturera con un 24, en contraposición, la menos representativa es la industria mueblera que apenas un porcentaje de 0.5.

Manifestó que existe un amplio universo de residuos peligrosos producidos por pequeños generadores, por lo que éstos deben ajustar su actividad a la legislación vigente que promueve un manejo ambientalmente adecuado, tecnológicamente posible, socialmente aceptable y económicamente viable mediante la clasificación, caracterización, almacenamiento y disposición final de residuos peligrosos, tal como lo cumplen los grandes generadores.

Aseveró que la incongruencia legal en materia de residuos no permite propiamente regular y controlar la generación de residuos peligrosos producidos por pequeños generadores y más grave aún –agregó- que por falta de disposiciones precisas, éstos omitan su responsabilidad.

Bajo esa óptica, el objetivo de la iniciativa versa en determinar la certeza jurídica del control de la generación de residuos peligrosos por parte de pequeños generadores, a partir de las obligaciones y responsabilidades legales que tienen.

Lo anterior, con dos grandes finalidades, la primera, mermar los efectos adversos al medio ambiente, tales como: agotamiento de recursos naturales, presión sobre la naturaleza, generación de gases con efecto invernadero, generación de lixiviados y contaminación del agua, desarrollo de fauna nociva; la segunda, minimizar consecuencias negativas a la salud, a saber: cáncer, quemaduras, intoxicaciones, asbestosis y consecuencias por contingencias ambientales y explosiones.

Ante ello, es imprescindible reformar la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, pues la generación de residuos peligrosos de pequeños generadores en México carece de control legal desde la perspectiva ambiental, económica, tecnológica y social debido a la falta de certeza jurídica de los ordenamientos legales vigentes.

La propuesta de González Martínez para reformar el artículo 47 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, contempla que los pequeños generadores de residuos peligrosos, deberán de registrarse ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para someter a su consideración un plan de manejo de sus residuos.

También deberán presentar anualmente un informe acerca de la generación y modalidades de manejo a las que fueron sujetos sus residuos peligrosos, asimismo, contar con una bitácora en la que llevarán el registro del volumen anual de residuos peligrosos que generan, así como cumplir con el reglamento y demás disposiciones aplicables.

La iniciativa fue turnada a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos.

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