Con el fin de definir de forma concreta y entendible para los mexicanos el significado de “salud” y garantizar el derecho a la salud, el Senado de la República avaló la minuta, con proyecto de decreto, por el que se adiciona un artículo 1º Bis a la Ley General de Salud.

De tal forma,  se consideró relevante el hecho de definir el concepto en la propia ley que regula esta materia, toda vez que ello significa estar acorde a lo que señala la Organización Mundial de Salud, que la define como un estado de bienestar físico, mental y social, no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades.

En tribuna, la senadora panista Maki Ortiz Domínguez subrayó que de esta forma se homogeniza y se plasma en la Ley General de Salud dicha definición de Salud que ayudará a que la población mexicana entienda dicho concepto.

“Las comisiones dictaminadoras coincidimos con la colegisladora y vemos viable dicha visión a nuestra legislación de salud para incluir la definición básica, de la cual se tiene que partir para entender y así garantizar el derecho  a la salud previsto en la Constitución”, enfatizó la legisladora.

Explicó que existen muchos ordenamientos que en su marco normativo definen la sustancia o materia de la cual deriva dicho ordenamiento y ejemplo de ello es la Ley general de Educación o la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

Enfatizó que las comisiones Unidas de Salud y Estudios Legislativos consideraron que el hecho de definir la “Salud” en la Ley General de Salud, es de suma importancia, puesto que ello implica estar acorde a lo que señala la Organización Mundial de Salud.

Cabe destacar que el dictamen fue aprobado en votación nominal y se remitió a la Cámara de Diputados para los efectos del artículo 72 constitucional.

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