Por unanimidad, el Senado aprobó un dictamen que modifica la Ley General de Vida Silvestre para que el manejo de ejemplares y poblaciones exóticas sólo se pueda llevar a cabo en condiciones de confinamiento que garanticen la seguridad de la sociedad civil y el trato digno de las especies.

El proyecto de decreto establece que las personas que posean algún ejemplar exótico como mascota o animal de compañía deberán contar con autorización expresa de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Además, esta dependencia podrá reubicar a las especies que por su naturaleza y ante un inadecuado manejo o evento pongan en riesgo a la población civil.

La reforma también dispone que los predios e instalaciones que manejan vida silvestre en forma confinada como zoológicos, espectáculos públicos fijos o itinerantes, circos y colecciones privadas, únicamente puedan operar si cuentan con la autorización de la Semarnat.

Los senadores consideraron que estas medidas obedecen a la demanda social de salvaguardar la seguridad humana ante los ataques de ejemplares de la vida silvestre en condiciones de confinamiento que han registrado diversos medios de comunicación.

Manifestaron que los predios e instalaciones que manejan vida silvestre no tienen la obligación de contar con un plan de manejo que atienda puntualmente la seguridad de la población y asegure la dignidad y el respeto de los animales.

Ello, enfatizaron, deja sin tutela alguna el derecho de todos los mexicanos a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar en el sentido de prevenir los reiterados ataques de animales silvestres a ciudadanos.

El dictamen se aprobó con 77 votos a favor y se envió a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

Piden definir política para la prevención de incendios forestales

El pleno de la Cámara de Senadores conminó a la Secretaría de Medio Ambiente a incorporar en su programa sectorial los objetivos, prioridades y políticas para la prevención, combate y control de incendios forestales, promoviendo la participación y coordinación de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de los estados y los municipios.

Del mismo modo, la asamblea exhortó a la Semarnat y a la Secretaría de Agricultura para que vigilen el cabal cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana que regula el uso del fuego en terrenos forestales y agropecuarios.

Asimismo, esta disposición establece las especificaciones, criterios y procedimientos para ordenar la participación social y de Gobierno en la detención y combate de los incendios forestales.

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