Desde la tribuna, el legislador perredista planteó que una vez vencido el plazo establecido en el Reglamento “cualquier senador podrá solicitar moción de remoción respecto del presidente de la junta directiva de la comisión coordinadora”.
Para ello, sugirió que el procedimiento de remoción sea el mismo que está establecida para los integrantes de la Mesa Directiva, además deberá ser aprobada por mayoría simple de los miembros presentes del Senado.
Precisó que el senador que sea removido como presidente de una comisión no podrá ocupar el cargo en ninguna otra comisión por un año.
Robledo Aburto señaló que la actividad legislativa implica responsabilidad y compromiso por cada uno de los legisladores y de las comisiones para llevar a buen término el procedimiento legislativo.
No obstante, dijo, las acciones de los representantes en muchas ocasiones orillan a las comisiones a descuidar los términos y plazos de los trámites internos, lo que deriva en un retraso para emitir los dictámenes respectivos que tienen a su cargo.
Ello, ha derivado en un rezago y repercute en una mala imagen del Congreso, por lo que debe existir una “consecuencia jurídica” que permita materializar la responsabilidad de los presidentes, “toda vez que son ellos quienes tienen la obligación de convocar a las reuniones de comisiones”.
“Al establecer una sanción como pretende la iniciativa para la inactividad legislativa se fomenta la formalidad en el desahogo de los procesos a nuestro cargo y con ello se propicia la celeridad de los trámites y el respeto a la norma”, apuntó.
La iniciativa se envió a las comisiones de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias y de Estudios Legislativos Segunda para su análisis y dictaminación correspondiente.
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