El presidente Enrique Peña Nieto envió a la Comisión Permanente una iniciativa  encaminada a fortalecer el marco jurídico para combatir de manera más eficaz el terrorismo y su financiamiento, mediante el aumento de las penas mínimas de prisión.

Planteó que las acciones terroristas también podrán ser consideradas como tales cuando para su comisión se empleen o utilicen material nuclear, combustible nuclear, mineral radiactivo o fuentes diversas de radiación.

El Ejecutivo propuso como agravante hasta en una mitad de la pena impuesta cuando, además, el delito sea cometido en contra de un bien de acceso público, se genere un perjuicio a la economía nacional o se detenga en calidad de rehén a una persona durante la comisión de un delito.

En el texto, se establece como un delito autónomo la conducta de financiamiento al terrorismo,  y  se  pide una sanción de prisión de 15 a 40 años al que por cualquier medio, directo o indirecto, aporte o recaude fondos económicos o recursos de cualquier naturaleza, ya sea para financiar o apoyar individuos o agrupaciones terroristas.

Asimismo,  se incluye la actualización del tipo penal de terrorismo internacional, para abarcar aquellos materiales y combustibles nucleares, material radiactivo y fuentes de radiación que puedan ser empleadas para cometer actos terroristas.

El presidente  solicitó modificar el tipo penal básico de operaciones con recursos de procedencia ilícita e incluir en él a quien posea, convierta, retire, reciba por cualquier  motivo o traspase dentro del territorio nacional, de éste hacia el extranjero o a la inversa, recursos, derechos o bienes cuando procedan o representen el producto de una actividad ilícita.

Como agravante de este delito, planteó el supuesto de que el sujeto activo sea consejero, administrador, funcionario, empleado, apoderado o preste servicios a una persona sujeta al régimen de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita.

En la reforma al Código de Procedimientos Penales, el mandatario sugiere incorporar en el catálogo de delitos agraves a los de financiamiento al terrorismo y su encubrimiento y el robo de material radiactivo y nuclear, combustible nuclear, mineral radiactivo o fuente de radiación.

Además, los cambios a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada son para incluir  en la relación  de delitos cometidos bajo el régimen de delincuencia organizada, el tipo propuesto de financiamiento al terrorismo y el encubrimiento.

En el Código Fiscal de la Federación, el presidente de la República pide que exista una excepción sobre la reserva de la información fiscal proporcionada por contribuyentes o terceros que tengan relación con éstos y aquella que la autoridad fiscal obtenga en el ejercicio de sus facultades de comprobación, evitando con ello obstáculos que impidan combatir adecuadamente estas prácticas.

Con las adecuaciones a la Ley Federal de Extinción de Dominio se faculta  al Ministerio Público para ordenar la inmovilización provisional e inmediata de fondos o activos ante el conocimiento de reportes, informes o resoluciones de las autoridades nacionales de la vigilancia financiera, así como aquellos que emitan  los organismos cuando estén involucrados con delitos en la materia.

La iniciativa presidencial busca reformar y adicionar diversas disposiciones de los códigos Penal Federal y de Procedimientos Penales; la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, del Código Fiscal de la Federación y de la Ley Federal de Extinción de Dominio, reglamentaria del artículo 22 de la Constitución.

El documento  fue turnado a la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados.

 

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